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TSJ

RE/0058/2017

Tribunal Supremo de Justicia
18 de enero de 2017PlenaMag. Norka Natalia Mercado Guzmán
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2017

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Texto del fallo

SALA PLENA

RESOLUCIÓN: 58/2017.

FECHA: Sucre, 18 de enero de 2017.

EXPEDIENTE Nº: 585/2013.

PROCESO : Contencioso Administrativo.

PARTES: TNT INTERTRADE EXPRESS S.R.L. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

MAGISTRADA RELATORA: Norka Natalia Mercado Guzmán.

VISTOS EN SALA PLENA: Que sorteado el presente proceso contencioso administrativo signado con el número 585/2013, en el que TNT INTERTRADE EXPRESS S.R.L. impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0043/2013 de 15 de mayo de 2013, pronunciada por la Autoridad General de Impugnación Tributaria, se evidenció que no consta la notificación a la Administración Aduanera como tercero interesado conforme se dispuso en la providencia de admisión de fs. 47; asimismo se advierte que el memorial de apersonamiento que cursa de fs. 100 a 104 mereció el decreto de fs. 105, mediante el cual se tuvo por apersonado a Boris Walter Ramos en su condición de Gerente de Grandes Contribuyentes Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales, en calidad de tercero interesado, memorial que corresponde a otro proceso contencioso administrativo que sigue PETROSUR SRL contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico 0516/2014 de 31 de marzo de 2014. En consecuencia faltando la realización de una diligencia esencial como es la notificación al tercero interesado, así como error en la providencia de fs. 105 respecto al memorial de fs. 100 a 104, corresponde en vía de saneamiento procesal corregir dichos defectos.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, DISPONE:

1. Dejar sin efecto el sorteo de la presente causa, así como el decreto de autos de fs. 110.

2. Dejar sin efecto la providencia de fs. 105 de 5 de diciembre de 2014, debiendo procederse al desglose del memorial de fs. 100 a 104, el mismo que deberá ser acumulado al proceso que le corresponda.

3. Conminar a la empresa demandante TNT INTERTRADE EXPRESS S.R.L., presentar la provisión citatoria en la que conste la citación con la demanda a la Gerencia Regional Cochabamba de la Aduana Nacional de Bolivia en su condición de tercero interesado, bajo apercibimiento expreso de declarar la inactividad procesal.

Regístrese, notifíquese y archívese.

Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca

PRESIDENTE

Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez

DECANO

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Datos del proceso

Demandante
TNT INTERTRADE EXPRESS S.R.L.
Demandado
la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Magistrado relator
Norka Natalia Mercado Guzmán
Tribunal Supremo de Justicia18 de enero de 2017RE/0058/2017Fuente oficial