Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 61/2016.
FECHA: Sucre, 13 de julio de 2016.
EXPEDIENTE Nº: 1112/2014.
PROCESO : Homologación de Sentencia.
PARTES: Walter Zapata Alcocer contra Martha Gaby Veizaga Navia.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Homologación de Sentencia interpuesta por Walter Zapata Alcocer contra Martha Gaby Veizaga Navia, los antecedentes procesales y el Informe de la Secretaria de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia que antecede, y el informe del Magistrado Tramitador Antonio Guido Campero Segovia.
CONSIDERANDO: Que la presente solicitud fue admitida mediante decreto de 19 de diciembre de 2014, cursante de fs. 33, disponiendo la citación a Martha Gaby Veizaga Navia, a efectos que contesta a la solicitud de Homologación de Sentencia dentro del término previsto por ley más el plazo que le corresponda en razón a la distancia, conforme el art. 94 del Código Procesal Civil, siendo dicho decreto notificado al solicitante el 13 de enero de 2015, evidenciándose que hasta la fecha el mismo no cumplió con las obligaciones que impone la Ley para que sea practicada la citación de la parte demandada.
Que se observa el abandono de la presente causa por parte del demandante por más de treinta días desde su última actuación, por lo que en virtud al art. 247.1.1 del Código Procesal Civil, corresponde declarar extinguida la presente instancia.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, en sujeción al art. 38 numeral 16 de la Ley N° 025 (Ley del Órgano Judicial), en concordancia con el art. 247.I.1 del Código Procesal Civil, declara la EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD de la presente solicitud de Homologación de Sentencia interpuesta por Walter Zapata Alcocer contra Martha Gaby Veizaga Navia, disponiendo en consecuencia el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
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