Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 63/2016.
FECHA: Sucre, 13 de julio de 2016.
EXPEDIENTE Nº: 243/2010.
PROCESO : Homologación de Sentencia.
PARTES: Carlos Vaca Bustamante contra Rossana Arias Tarabillo.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda de Homologación de Sentencia interpuesta por Carlos Vaca Bustamante contra Rossana Arias Tarabillo la; solicitando la Homologación de Sentencia de Divorcio dictada en el extranjero; los antecedentes procesales y el informe del Magistrado tramitador Dr. Antonio Guido Campero Segovia.
CONSIDERANDO: Que la demanda fue admitida por decreto de 05 de junio de 2013 a fs. 41, ordenando el traslado a Rossana Arias Tarabillo, para que se apersone y conteste la demanda dentro del plazo previsto por el art. 558.I del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el art. 90.II de la Ley Nº 439 de 19 de noviembre de 2013, en consecuencia con dicha providencia fue notificado el 15 de junio de 2015 a Jesús Edgar Cuellar Viruez en representación de Carlos Vaca Bustamante, cursante a fs. 42; sin embargo, hasta la fecha no se contesta la demanda, para la correspondiente continuidad del proceso.
Que al incurrir en abandono por más treinta (30) días desde la última actuación de las obligaciones que le impone la Ley a la parte demandante en la presente causa, es decir, desde la notificación con la admisión de la demanda, corresponde dar estricta aplicación a la norma prevista por el art. 247.I.1. del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad del art. 247.I.1. del Código Procesal Civil declara la EXTINCION POR INACTIVIDAD de la demanda interpuesta por Carlos Vaca Bustamante contra Rossana Arias Tarabillo.
Se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar simples copias fotostáticas en su lugar.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
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