Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 79/2017.
FECHA: Sucre, 1 de febrero de 2017.
EXPEDIENTE Nº: 704/2013.
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Ángel Iriarte Lima contra el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda.
MAGISTRADO: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
VISTOS EN SALA PLENA: El proceso Contencioso Administrativo interpuesta por Ángel Iriarte Lima contra el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, los antecedentes del proceso y el informe de 13 de junio de 2016.
CONSIDERANDO: Que, la demanda fue observada mediante providencia de 25 de septiembre de 2013, disponiendo que la parte demandante previo a la admisión de la demanda, cumpla con el pago de valores judiciales y con la finalidad de garantizar el derecho a la defensa en la causa del tercero interesado Sofia Paz Montecinos, señale su domicilio real, dándole un plazo de diez días, computables a partir de su legal notificación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda. Sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento con las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, existiendo manifiesta inactividad, que amerita la aplicación de la previsión contenida en la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, DECLARA LA EXTINCION POR INACTIVIDAD del proceso y dispone el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
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