Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 86/2016.
FECHA: Sucre, 4 de octubre de 2016.
EXPEDIENTE Nº: 542/2011.
PROCESO : Contencioso.
PARTES: Servicio de Impuestos Nacionales (S.I.N.) contra el Banco Nacional de Bolivia (B.N.B.).
VISTOS EN SALA PLENA: El apersonamiento de Enrique José Urquidi Prudencio en representación del Banco Nacional de Bolivia S.A., en virtud al Testimonio de Poder Notarial Nº 200/2016, el memorial mediante el cual se interpone la Acción de Inconstitucionalidad Concreta, los antecedentes procesales y el informe del Magistrado Relator Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
CONSIDERANDO I: De la revisión de antecedentes procesales, se evidencia que en el caso de autos fue efectuado el sorteo de la causa para el pronunciamiento de la sentencia respectiva, el día 4 de octubre del año en curso; fecha que resulta ser coincidente con la interposición de la Acción de Inconstitucionalidad Concreta por la parte demandada, es decir que la mencionada acción, fue interpuesta antes del pronunciamiento de la sentencia respectiva, como determina la norma constitucional; correspondiendo en consecuencia, suspender el plazo para el pronunciamiento de la sentencia respectiva, para dar paso a la tramitación de la mencionada acción.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, suspende el plazo para el pronunciamiento de la sentencia respectiva en el caso de autos, mismo que será reiniciado mediante auto expreso. En consecuencia, se corre traslado con la Acción de Inconstitucional Concreta, a la parte contraria, por el plazo de ley.
No suscriben la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina, el Magistrado Fidel Marcos Tordoya Rivas por encontrarse en comisión oficial, de igual manera no interviene el Magistrado Rómulo Calle al hacer uso de vacación individual.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
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