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TSJ

RE/0094/2015

Tribunal Supremo de Justicia
10 de abril de 2015PlenaMag. Rita Susana Nava Duran
Proceso
Contencioso Administrativa
Sala
Plena
Año
2015

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Texto del fallo

SALA PLENA

RESOLUCION: 94/2015

FECHA: Sucre, 10 de abril de 2015

EXPEDIENTE N°: 470/2014

PROCESO: Contencioso Administrativa

PARTES: Empresa Metalurgica Vinto contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

VISTOS EN SALA PLENA: Los procesos contencioso administrativos caratulado con los N° 470/2014 y Nº 457/2014, se impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0270/2014 de 24 de febrero de 2014; los antecedentes del proceso y el informe de la Magistrada Tramitadora Rita Susana Nava Duran.

CONSIDERANDO I: Que en el expediente Nº 470/2014, en el otrosí segundo del memorial de contestación, la Autoridad General de Impugnación Tributaria manifiesta que los antecedentes administrativos de la Resolución Jerárquica impugnada fueron remitidos con la contestación a la demanda contencioso administrativa signada como Expediente N° 457/2014.

Que por el informe de la Secretaria de Sala Plena Sandra Mendivil Bejarano de fecha 5 de marzo de 2015, se evidencia que en ambos expedientes Nº 470/2014 y 457/2014 se impugna la misma Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0270/2014 de 24 de febrero de 2014.

Que el expediente N° 457/2014 a cargo del Magistrado Tramitador Fidel Marcos Tordoya Rivas, se ha decretado Autos para Sentencia, mientras que el expediente N° 470/2014 que tiene como Magistrada Tramitadora Rita Susana Nava Duran, el estado del proceso es el hacer uso del derecho a réplica.

CONSIDERANDO II: Que la doctrina generalmente aceptada, coincide en que es procedente la acumulación de procesos, a efecto de su resolución mediante sentencia única, cuando las acciones no son contradictorias entre sí, correspondan a la jurisdicción de un mismo juez, puedan sustanciarse por los mismos trámites y que los procesos se encuentren en la misma instancia, como ocurre en el caso de autos, en que las acciones deducidas son conexas entre sí, de forma tal que la sentencia que ha de pronunciarse en una de ellas puede producir efectos de cosa juzgada en la otra, además de que las pretensiones provienen de la misma causa e impugnan la misma resolución administrativa.

Que en el presente caso, la impugnación coincidente en los expedientes N° 470/2014 y 457/2014, es referida a los medios fehacientes de pago, por lo que es procedente la acumulación de procesos.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, dispone la ACUMULACIÓN de las causas signadas con los números 470/2014 (Empresa Metalúrgica Vinto contra Autoridad General de Impugnación Tributaria) y 457/2014 (Gerencia Distrital Oruro del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria), debiendo por Secretaria de Sala Plena proceder a la acumulación de las causas señaladas al concluirse la tramitación de la causa número 470/2014 sin modificar las foliaturas en cada una de ellas, para ser sorteadas de manera conjunta a efecto de la emisión de la sentencia única.

Adjúntese copia de la presente resolución en ambas causas.

No interviene el Magistrado Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano por uso de vacación judicial individual conforme a la Ley Nº 586/2014 de fecha 30 de octubre de 2014.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez

PRESIDENTE

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Datos del proceso

Demandante
Empresa Metalurgica Vinto
Demandado
la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Proceso
Contencioso Administrativa
Magistrado relator
Rita Susana Nava Duran
Tribunal Supremo de Justicia10 de abril de 2015RE/0094/2015Fuente oficial