Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 129/2014
FECHA: Sucre, 4 de agosto de 2014
EXPEDIENTE Nº: 1202/2013
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Bubulina Fast Food S.R.L. contra el Presidente del Estado y Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por Bubulina Fast Food S.R.L. representada por Nicolae Grosu contra el Presidente del Estado y Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y el informe del Magistrado tramitador Pastor Segundo Mamani Villca.
CONSIDERANDO: Que presentada la demanda contencioso administrativa se dispuso mediante decreto de fecha 18 de diciembre de 2013 (fs. 58) que el impetrante modifique su demanda, debiendo dirigir únicamente contra la autoridad que emitió la Resolución Ministerial Jerárquica MEFP/VPT/URJMJ Nº 085 de 11 de septiembre de 2013; asimismo que acompañe registro de comercio actualizado de FUNDEMPRESA, concediéndole el plazo de diez días bajo apercibimiento de tener como no presentada la demanda, siendo notificado en fecha 21 de febrero de 2014.
Que a la fecha, el demandante no ha cumplido lo ordenado y habiendo vencido el plazo otorgado, corresponde aplicar la sanción prevista en el artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, declara por NO PRESENTADA la demanda interpuesta por Bubulina Fast Food S.R.L. representada por Nicolae Grosu contra el Presidente del Estado y Ministerio de Economía y Finanzas Públicas cursante a fojas 52 a 56 y dispone el archivo de obrados.
No interviene la Magistrada Norka Natalia Mercado Guzmán por encontrarse en comisión de viaje oficial.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
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