Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 132/2015
FECHA: Sucre, 7 de julio de 2015.
EXPEDIENTE Nº: 705/2013
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Almacenera Boliviana S.A. (ALBO S.A.) contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por la Almacenera Boliviana ALBO S.A., representada por Fernando Ríos España contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria en la que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0751/2013 de 11 de junio; los antecedentes procesales y el informe de la Magistrada tramitadora Rita Susana Nava Duran.
CONSIDERANDO: Que la demanda fue admitida por decreto de 4 de noviembre de 2013 (fs. 149) ordenando al impetrante coadyuvar en el diligenciamiento de la provisión citatoria, bajo apercibimiento de declararse la perención de instancia.
Con dicha providencia fue notificado el impetrante el 21 de noviembre de 2013 según consta en la diligencia de fs. 150; sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, tal cual se evidencia del informe de Secretaría de Sala Plena que antecede, incurriendo en abandono de la causa por más de seis meses desde la última actuación; por lo que corresponde dar estricta aplicación a la norma prevista en el art. 309. I y II del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad del art. 4 num. 1 del Código de Procedimiento Civil declara la PERENCION DE INSTANCIA en la demanda interpuesta por la Almacenera Boliviana ALBO S.A. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar simples copias fotostáticas en su lugar.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
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