Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 141/2016.
FECHA: Sucre, 14 de noviembre de 2016.
EXPEDIENTE Nº: 54/2014.
PROCESO : Contencioso Administrativo.
PARTES: Administración Aduana Interior Cochabamba de la Aduana Nacional de Bolivia contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa de fs. 10 a 20, interpuesta por la Administración de Aduana Cochabamba contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, los antecedentes procesales, el informe de la secretaria de Sala Plena de este Tribunal, y: el informe de Magistrado Tramitador Dr. Rómulo Calle Mamani.
CONSIDERANDO: Que de la revisión de los antecedentes procesales y el informe evacuado por secretaria de Sala Plena se evidencia, que planteada la demanda contencioso administrativo por la Administración Aduanera, se cumplió con los demás actuados procesales (contestación a la demanda, replica y duplica) quedando pendiente la notificación al tercero interesado, que por providencia de fecha 25 de julio de 2014, estando librado la orden instruida y recogida además por el demandante el 24 de abril de 2014, se exhorto a la entidad demandante que previo al decreto de autos para sentencia de cumplimiento a la mencionada notificación, lo cual hasta la fecha no lo hizo, y al existir manifiesto abandono de la acción e inactividad procesal, amerita la aplicación de la previsión contenida en la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, DECLARA LA EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD del proceso y dispone el archivo de obrados.
No interviene el Magistrado Pastor S. Mamani Villca por encontrarse en comisión de viaje oficial.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
MAGISTRADO
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