Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 154/2016.
FECHA: Sucre, 22 de noviembre de 2016.
EXPEDIENTE Nº: 383/2014.
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: José Jaime Larrazábal Larrazábal contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por; la José Jaime Larrazábal contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria impugnando la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 0293/2013 de 5 de marzo de 2013; los antecedentes procesales y el informe de la Secretaria de Sala Plena , Y EL INFORME DEL Magistrado Tramitador Dr. Antonio Guido Campero Segovia.
CONSIDERANDO: Que por decreto de 4 de mayo de 2015 a fs. 163, se dispone la emisión de nueva provisión citatoria, a efectos de notificar a la Gerencia Distrital La Paz del SIN, en su calidad de tercero interesado, encomendando su cumplimiento a la parte demandante, en consecuencia con dicha providencia fue notificado el 6 de mayo de 2015 a fs. 165 de obrados, José Jaime Larrazábal; sin que hasta la fecha el sujeto procesal haya dado cumplimiento a lo dispuesto y coadyuvado con la diligencia solicitada.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida en la Disposición Transitoria Décima Del Código Procesal Civil declara la EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD de la demanda interpuesta por José Jaime Larrazábal contra Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar simples copias fotostáticas en su lugar.
No suscribe el Magistrado Pastor S. Mamani Villca por encontrarse en comisión de viaje oficial, asimismo no interviene el Magistrado Rómulo Calle Mamani por hacer uso de vacación individual.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
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