Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 155/2016.
FECHA: Sucre, 22 de noviembre de 2016.
EXPEDIENTE Nº: 1039/2014.
PROCESO : Contencioso Administrativo.
PARTES: REDES Y SERVICIOS INTEGRADOS (REDSI S.A.) contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por; Redes y Servicios Integrados (REDSI S.A.) contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria impugnando la Resolución Jerárquica AGIT-RJ 1148/2014 de 12 de agosto de 2014; los antecedentes procesales y el informe de la Secretaria de Sala Plena, y el informe del Magistrado Tramitador Dr. Antonio Guido Campero Segovia.
CONSIDERANDO: Que la demanda fue admitida por decreto de 21 de noviembre de 2014 a fs. 94, disponiendo la obligación de la empresa demandante de hacer citar a la autoridad demanda y notificar al tercero interesado, en consecuencia con dicha providencia la empresa fue notificada el 25 de noviembre de 2014 cursante a fs. 95. Asimismo de la revisión de los actuados procesales se puede evidenciar que la Abogada Carmen Auza en representación de la Empresa REDSI S.A., recoge las comisiones judiciales el 4 de marzo de 2015 a fs. 95 vuelta; hasta la fecha la parte demandante no dio cumplimiento a las diligencias dispuestas.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida en la Disposición Transitoria Décima Del Código Procesal Civil declara la EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD de la demanda interpuesta por Redes y Servicios Integrados (REDSI S.A.) contra Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar simples copias fotostáticas en su lugar.
No suscribe el Magistrado Pastor S. Mamani Villca por encontrarse en comisión de viaje oficial, asimismo no interviene el Magistrado Rómulo Calle Mamani por hacer uso de vacación individual.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
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