Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 170/2014
FECHA: Sucre, 14 de agosto de 2014
EXPEDIENTE Nº: 522/2012
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Sociedad de importaciones Buitrago y Exportaciones Limitada IMBEX S.R.L. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de aclaración, complementación y enmienda de la Sentencia Nº 07/2014 de 27 de marzo de 2014 presentado el 25 de junio de 2014 por Daney David Valdivia Coria, en representación de la Autoridad General de Impugnación Tributaria, en el proceso contencioso administrativo que siguió la Sociedad de Importaciones Buitrago y Exportaciones Limitada “IMBEX SRL” y el informe del Magistrado relator Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
CONSIDERANDO: Que la solicitud de aclaración, complementación y enmienda no precisa la expresión oscura que merezca aclaración, ni la omisión que corresponda ser suplida, o el error material o de hecho que deba ser corregido, por el contrario, expone cuestionamientos respecto a la decisión de fondo asumida por este Tribunal, motivo por el cual la petición formulada se encuentra al margen de la previsión del artículo 196 núm. 2) del Código de Procedimiento Civil. Empero, de la lectura íntegra de la Sentencia cuya aclaración, complementación y enmienda se pretende, se advierte que el fallo es absolutamente claro en sus fundamentos, no ameritando aclaración, ni complementación alguna.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, dispone NO HA LUGAR a la solicitud de aclaración, complementación y enmienda de la Sentencia Nº 07/2014 de 27 de marzo de 2014, formulada por Daney David Valdivia Coria en representación de la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
No intervienen las Magistradas Norka Natalia Mercado Guzmán y Maritza Suntura Juaniquina por encontrarse celebrando audiencia en la Sala Penal.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
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