Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCIÓN: 172/2016.
FECHA: Sucre, 22 de noviembre de 2016.
EXPEDIENTE Nº: 22/2016.
PROCESO: Homologación de Sentencia.
PARTES: Dolly Patricia Aima Soto contra William Herrera Peñaranda.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda de Homologación de Sentencia solicitada por Dolly Patricia Aima Soto contra William Herrera Peñaranda, y el informe de la Magistrada Tramitadora Dra. Norka N. Mercado Guzmán.
CONSIDERANDO: Que la revisión de obrados informa que la demanda fue presentada el 22 de abril de 2016 y que la última actuación del proceso fue cumplida el 9 de mayo del año que transcurre, cuando se admitió la demanda ordenándose la citación del demandado mediante provisión citatoria.
Dicha providencia fue notificada a la representante legal de la demandante el 11 de mayo de 2016, sin que se hubiera cumplido la citación ordenada e instado la prosecución del proceso, existiendo manifiesta inactividad que amerita la aplicación de la previsión contenida en la Disposición Transitoria Décima del Código Procesal Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, DECLARA LA EXTINCIÓN POR INACTIVIDAD del proceso y dispone el archivo de obrados.
Se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar simples copias fotostáticas en su lugar.
No intervienen el Magistrado Pastor S. Mamani Villca por encontrarse en comisión de viaje oficial, ni el Magistrado Rómulo Calle Mamani por hacer uso de vacación judicial individual conforme a la Ley Nº 586 de 30 de octubre de 2014.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
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