Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 196/2015
FECHA: Sucre, 4 de agosto de 2015.
EXPEDIENTE Nº: 505/2014
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Industrias Venado S.A. contra Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por el Industrias Venado S.A, representada por Zulma Susan Cárdenas Tarquino contra Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en la que impugna la Resolución Ministerial Nº 155/2014 de 25 de febrero de 2014 y el informe de la Secretaria de Sala Plena.
CONSIDERANDO: Que la demanda fue admitida por decreto de 25 de junio de 2014 (fs. 36), deponiendo se libre provisión citatoria para la citación de la autoridad demandad mediante Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Con dicha providencia fue notificado el impetrante el 2 de julio de 2014, según diligencia de fs. 37 ; sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, incurriendo en abandono de la causa por más de seis meses desde la última actuación, por lo que corresponde dar estricta aplicación a la norma prevista en el art. 309.I y II del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad del art. 4 num. I del Código de Procedimiento Civil declara la PERENCION DE INSTANCIA por abandono de la acción.
Se dispone el archivo de obrados, así como el desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar simples copias fotostáticas en su lugar.
No suscribe el Magistrado Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano por encontrarse en comisión de viaje oficial.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
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