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TSJ

RE/0196/2017

Tribunal Supremo de Justicia
29 de noviembre de 2017PlenaMag. Jorge Isaac Von Borries Méndez
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2017

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Texto del fallo

SALA PLENA

RESOLUCIÓN: 196/2017.

FECHA: Sucre, 29 de noviembre de 2017.

EXPEDIENTE Nº: 909/2013.

PROCESO: Contencioso Administrativo.

PARTES: Gerencia Distrital Potosí del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

VISTOS EN SALA PLENA: La Sentencia 85/2017 de 13 de marzo y el memorial de presentado por Daney David Valdivia Coria en representación de la Autoridad General de Impugnación Tributaria de fecha 30 de octubre de 2017.

CONSIDERANDO I: Que por memorial presentado por Daney David Valdivia Coria en fecha 30 de octubre de 2017, indica que notificado con la referida sentencia, ésta en su parte dispositiva de esta decisión jurisdiccional, identifica equivocadamente a la Resolución del Recurso Jerárquico como AGIT – RJ 1177/2017 y 11077/2013, como acto demandado, siendo lo correcto AGIR – RJ 1077/2017, solicita se rectifique dicho error material.

CONSIDERANDO II: Planteada la solicitud, se manifiesta lo siguiente:

De la revisión de la Sentencia Nº 85/2017 de 13 de marzo de 2015, dentro del proceso contencioso administrativo señalado, se constata la consignación Resolución Impugnada AGIT – RJ 1177/2017 y 11077/2013, en consecuencia en aplicación del artículo 196 numeral 2 del Código de Procedimiento Civil corresponde la enmienda.

En el caso de autos, revisada la sentencia y en mérito a lo expuesto, se colige que ésta es clara en su texto y el hecho de que se haya producido un lapsus cálami en el número de la Resolución del Recurso Jerárquico, no afecta al fondo de la resolución pronunciada.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, ENMIENDA lo solicitado por lo que se rectifica la Sentencia Nº 85/2017 en lo que hace a la individualización de la Resolución del Recurso Jerárquico debiendo ser AGIR-RJ 1077/2017 de 13 de julio de 2013, por lo demás se mantiene firme la sentencia, está enmienda constituye parte de la Sentencia N° 85/2017 de 13 de marzo.

No interviene la Magistrada Rita Susana Nava Durán al haber emitido voto disidente en la Sentencia 87/2017 de 13 de marzo.

No interviene el Magistrado Fidel Marcos Tordoya Rivas por encontrase haciendo uso de la vacación individual conforme a la Ley Nº 586 de 30 de octubre de 2014.

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Datos del proceso

Demandante
Gerencia Distrital Potosí del Servicio de Impuestos Nacionales
Demandado
la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Magistrado relator
Jorge Isaac Von Borries Méndez
Tribunal Supremo de Justicia29 de noviembre de 2017RE/0196/2017Fuente oficial