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TSJ

RE/0204/2017

Tribunal Supremo de Justicia
29 de noviembre de 2017PlenaMag. Jorge Isaac Von Borries Méndez
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2017

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Texto del fallo

SALA PLENA

RESOLUCIÓN: 204/2017.

FECHA: Sucre, 29 de noviembre de 2017.

EXPEDIENTE Nº: 477/2014.

PROCESO: Contencioso Administrativo.

PARTES: Gerencia Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Rectificación de la Sentencia Nº 479/2017 de 28 de junio, dentro del extinguido proceso contencioso administrativo seguido por la Gerencia de Grandes Contribuyentes Cochabamba del SIN contra la Autoridad General de Impugnación, los antecedentes.

CONSIDERANDO I: Que, Daney David Valdivia Coria, en representación de la Autoridad General de Impugnación, fue notificado el 30 de octubre de 2017 con la Sentencia Nº 479/2017 de 28 de junio, solicitando que se rectifique la parte resolutiva donde se consigna de manera errónea la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 0072/2014, siendo lo correcto Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 0269/2014, así como a la parte demandante, identificada como la Gerencia de Grandes Contribuyentes Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales siendo lo correcto la Gerencia de Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales, pidiendo que dicho error material sea corregido.

CONSIDERANDO II: Que, así resumido el fundamento de la solicitud, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, constituido en su Sala Plena, verificar el contenido de la Sentencia Nº 479/2017 de 28 de junio, a efectos de evidenciar si lo manifestado por la impetrante resulta evidente.

Que, efectivamente en el “POR TANTO” de la Sentencia Nº 479/2017 de 28 de junio mencionada, se dispuso se mantenga firme y subsistente la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 0072/2014, y de igual forma se identificó a la parte demandante como Gerencia de Grandes Contribuyentes Santa Cruz del Servicio de Impuestos Nacionales, evidenciándose que de manera equivocada se consignó el número de la resolución siendo lo correcto el Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 0269/2014 y la parte demandante la Gerencia de Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales.

De lo anterior se concluye que al ser evidente lo afirmado en la petición, corresponde enmendar la Sentencia Nº 479/2017 de 28 de junio.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, CORRIGE el Error Material de la Sentencia Nº 479/2017 de 28 de junio, únicamente en cuanto al número de la Resolución y parte demandante, aclarando en definitiva que es lo correcto el Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 0269/2014 de 24 de febrero y la parte demandante la Gerencia de Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales.

Al Otrosí del memorial de 9 de noviembre de 2017.- Se señala domicilio en secretaria de Sala Plena. Las notificaciones se realizaran en Sala Plena de este Tribunal Supremo de Justicia conforme el art. 84. I del Código Procesal Civil.

No interviene la Magistrada Rita Susana Nava Durán al haber emitido voto disidente en la Sentencia Nº479/2017 de 28 de junio de 2017.

Regístrese, notifíquese y archívese.

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Datos del proceso

Demandante
Gerencia Grandes Contribuyentes Cochabamba del Servicio de Impuestos Nacionales
Demandado
la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Magistrado relator
Jorge Isaac Von Borries Méndez
Tribunal Supremo de Justicia29 de noviembre de 2017RE/0204/2017Fuente oficial