Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 210/2014
FECHA: Sucre, 23 de septiembre de 2014
EXPEDIENTE Nº: 806/2014
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Argón Lux S.R.L. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por Argón Lux S.R.L., representada por Jaime Medina Pérez contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria en la que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ-0800/2014 de 3 de junio de 2014; los antecedentes del proceso y el informe del Magistrado Tramitador Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
CONSIDERANDO: Que presentada la demanda contencioso administrativa que cursa a fojas 30 a 32, fue observada por decreto de 26 de agosto 2014 (fs. 34) ordenando al impetrante que previamente a la admisión de la demanda, señale el domicilio del tercero interesado, concediéndole el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de tenerse como no presentada la demanda.
Con dicha providencia fue notificado el 1 de septiembre de 2014 (fs. 35); sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, y habiendo vencido el plazo otorgado, corresponde aplicar la sanción prevista en el artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene como NO PRESENTADA LA DEMANDA interpuesta por Argón Lux S.R.L., representada por Jaime Medina Pérez contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria; y dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentac ión original acompañada, debiendo quedar en su lugar simples copias fotostáticas.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
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