Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 228/2014
FECHA: Sucre, 07 de octubre de 2014
EXPEDIENTE Nº: 218/2014
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Asociación accidental AR.BOL contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por la Asociación Accidental AR.BOL, representada por Rodrigo Alfonso Palazuelos Gutiérrez contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, en la que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 2177/2013 de 9 de diciembre de 2013; y el informe del Magistrado Tramitador Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
CONSIDERANDO: Que la demanda fue observada por decreto de 17 de marzo de 2014 (fs. 57) ordenando al impetrante que con carácter previo presente registro de comercio. Con dicha providencia fue notificado en Secretaria de Sala Plena el 31 de marzo de 2014 (fs. 58); sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, incurriendo en abandono de la causa por más de seis meses desde la última actuación, por lo que corresponde dar estricta aplicación a la norma prevista en el artículo 309 parágrafos I y II del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad del artículo 4 núm. 1) del Código de Procedimiento Civil declara la PERENCION DE INSTANCIA de la demanda interpuesta por Asociación Accidental AR.BOL, representada por Rodrigo Alfonso Palazuelos Gutiérrez contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, y se dispone el archivo de obrados.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
Mostrando 16 de 31 parrafos.