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TSJ

RE/0247/2014

Tribunal Supremo de Justicia
22 de octubre de 2014Plena
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2014

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Texto del fallo

SALA PLENA

RESOLUCION:                        247/2014

FECHA:                                Sucre, 22 de octubre de 2014

EXPEDIENTE Nº:                        1124/2013

PROCESO:        Contencioso Administrativo.

PARTES:        Empresa Constructora y Servicios URQUIZO S.R.L. contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por la Empresa Constructora y Servicios URQUIZO S.R.L., representada por Máx Quispe Torrez contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1505/2013 de 19 de agosto de 2013 y el informe de la Magistrada Tramitadora Norka Natalia Mercado Guzmán.

CONSIDERANDO: Que presentada la demanda contencioso administrativa que cursa a fojas 28 a 31, fue observada por decreto de 10 de diciembre de 2013 (fs. 33) ordenando al impetrante que con carácter previo a la admisión de la demanda, en cumplimiento del artículo 33 del Código de Comercio acredite la matricula actualizada del Registro de Comercio, concediéndole el plazo de diez días bajo apercibimiento de tenerse como no presentada la demanda en caso de incumplimiento.

Con dicha providencia fue notificado el impetrante según diligencia de 20 de febrero de 2014 (fs. 35); sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, dejando vencer el plazo otorgado; correspondiendo en consecuencia aplicar la sanción prevista en el artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, declara por NO PRESENTADA LA DEMANDA interpuesta por la Empresa Constructora y Servicios URQUIZO S.R.L., representada por Máx Quispe Torrez contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria; y dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar en su lugar copias legalizadas.

No interviene el Magistrado Rómulo Calle Mamani  por encontrarse en comisión de viaje oficial.

Regístrese, notifíquese y cúmplase.

Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez

PRESIDENTE

Fdo. Antonio Guido Campero Segovia

MAGISTRADO

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Datos del proceso

Demandante
Empresa Constructora y Servicios URQUIZO S.R.L.
Demandado
la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Tribunal Supremo de Justicia22 de octubre de 2014RE/0247/2014Fuente oficial