Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 287/2015
FECHA: Sucre, 10 de diciembre de 2015
EXPEDIENTE Nº: 692/2014
PROCESO: Contencioso Administrativo
PARTES: Oscar Hugo Manzaneda Conde contra Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso Administrativa interpuesta por Oscar Hugo Manzaneda Conde contra Autoridad General de Impugnación Tributaria, en la que impugna la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0602/2014 de 21 de abril de 2014 los antecedentes del proceso y el informe del Magistrado Tramitador Fidel Marcos Tordoya Rivas.
CONSIDERANDO: Que la demanda fue admitida por decreto de 13 de agosto de 2014 (fs. 41), disponiendo se libre provisión citatoria para la citación de la autoridad demandada mediante la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
Con dicha providencia fue notificado el impetrante el 19 de agosto de 2014, según diligencia de fs. 42; sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, incurriendo en abandono de la causa por más de seis meses desde la última actuación, por lo que corresponde dar estricta aplicación a la norma prevista en el art. 309. I y II del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad del art. 4 num. I del Código de Procedimiento Civil, declara la PERENCION DE INSTANCIA por abandono de la acción.
Se dispone el archivo de obrados, así como el desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar en su lugar fotocopias debidamente legalizadas.
Regístrese, Notifíquese y Archívese.
Fdo. Pastor Segundo Mamani Villca
PRESIDENTE
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
DECANO
Fdo. Rómulo Calle Mamani
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