Volver a jurisprudencia
TSJ

RE/0293/2014

Tribunal Supremo de Justicia
10 de noviembre de 2014Plena
Proceso
Contencioso Administrativo.
Sala
Plena
Año
2014

Este texto fue extraído automáticamente y puede contener errores. Verifica el PDF original antes de citar.

Texto del fallo

SALA PLENA

RESOLUCION: 293/2014

FECHA: Sucre, 10 de noviembre de 2014

EXPEDIENTE Nº: 356/2014

PROCESO: Contencioso Administrativo.

PARTES: David Pereira Ríos contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.

VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa planteada por David Pereira Ríos, cursante de fojas 2 a 6, impugnando la Resolución del Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0029/2014 de 13 de enero de 2014, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria; y el informe del Magistrado Tramitador Fidel Marcos Tordoya Rivas.

CONSIDERANDO: Que el artículo 780 del Código de Procedimiento Civil, dispone que la demanda contencioso administrativa deberá ser interpuesta en el plazo fatal de noventa días contados desde la fecha de la notificación con la resolución impugnada.

Que de la revisión de la documentación adjuntada al proceso, se evidencia que el demandante fue notificado con la resolución impugnada de Recurso Jerárquico, en fecha 21 de enero de 2014, por consiguiente, el plazo de noventa días para presentar la demanda vencía el 21 de abril de 2014; sin embargo, la demanda fue presentada recién el día Jueves 24 de abril del año en curso según consta en el cargo de presentación sentado a fs. 6 vta., es decir, a los 3 días, de haber vencido el plazo fatal e improrrogable; por esta razón, corresponde el rechazo in límine de la demanda contencioso administrativa, por su presentación extemporánea.

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, RECHAZA POR EXTEMPORANEA la demanda al haberse presentado fuera del plazo previsto por ley; y dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar en su lugar copias legalizadas.

No interviene el Magistrado Pastor Segundo Mamani Villca por encontrarse en comisión de viaje oficial.

Regístrese, notifíquese y cúmplase .

Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez

PRESIDENTE

Fdo. Rómulo Calle Mamani

DECANO

Mostrando 16 de 31 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi

Estás viendo la primera mitad del fallo. Activa Pixi para acceder al texto íntegro y al PDF original.

  • Jurisprudencia completa del TCP y TSJ
  • Citas listas para usar en tus escritos
  • Asistente legal sin límites diarios

Datos del proceso

Demandante
David Pereira Ríos
Demandado
la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
Proceso
Contencioso Administrativo.
Tribunal Supremo de Justicia10 de noviembre de 2014RE/0293/2014Fuente oficial