Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 325/2014
FECHA: Sucre, 25 de noviembre de 2014
EXPEDIENTE Nº: 987/2014
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Empresa Unipersonal HP MEDICAL contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por Cecilia Hurtado Peredo a nombre de la Empresa Unipersonal HP MEDICAL contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0969/2014 de 7 de julio; y el informe del Magistrado Tramitador Rómulo Calle Mamani.
CONSIDERANDO: Que presentada la demanda contencioso administrativa, la misma fue observada por decreto de 14 de octubre de 2014 (fs. 38) ordenando a la impetrante que con carácter previo presente certificado de registro en FUNDEMPRESA actualizado, de conformidad al art. 6 inc. e) del DL 16833 y art. 9 inc. a) del DS 26215, concediéndole el plazo de diez días para su cumplimiento, bajo apercibimiento de tenerse como no presentada la demanda. Con dicha providencia de observación fue notificada el 21 de octubre de 2014; sin embargo, hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, dejando vencer el plazo otorgado, correspondiendo en consecuencia aplicar la sanción prevista en el artículo 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene como NO PRESENTADA LA DEMANDA interpuesta por la representante de la Empresa Unipersonal HP MEDICAL contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, y dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar en su lugar sim ples copias fotostáticas.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
MAGISTRADO
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