Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 326/2014
FECHA: Sucre, 25 de noviembre de 2014
EXPEDIENTE Nº: 300/2014
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Administración de Aduana Interior Santa Cruz contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por la Administración de Aduana Interior Santa Cruz, representada por Jesús Salvador Vargas Cruz, impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 2281/2013 de 30 de diciembre, emitida por la Autoridad General de Impugnación Tributaria; y el informe de la Magistrada Tramitadora Norka Natalia Mercado Guzmán.
CONSIDERANDO: Que presentada la demanda contencioso administrativa, fue admitida por decreto de 14 de abril de 2014 (fs. 33), encomendando a la parte demandante coadyuvar el diligenciamiento de la provisión citatoria bajo apercibimiento de ley.
Con dicha providencia fue notificado el impetrante el 15 de abril de 2014 (fs. 34); sin embargo, hasta la fecha el actor no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, incurriendo en abandono de la causa por más de seis meses desde la última actuación, por lo que corresponde dar estricta aplicación a la norma prevista en el artículo 309 parágrafos I y II del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad del artículo 4 núm. 1 del Código de Procedimiento Civil declara la PERENCION DE INSTANCIA en la demanda interpuesta por la Administración de Aduana Interior Santa Cruz, contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria; y dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar en su lugar copias legalizadas.
No suscribe la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina por emitir voto disidente.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
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