Texto del fallo
SALA PLENA
RESOLUCION: 335/2014
FECHA: Sucre, 25 de noviembre de 2014
EXPEDIENTE Nº: 1279/2013
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Juan Carlos Urenda Díaz contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria.
VISTOS EN SALA PLENA: La demanda contencioso administrativa interpuesta por Juan Carlos Urenda Díaz contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico Nº AGIT-RJ 1781/2013 de 24 de septiembre; y el informe de la Magistrada Tramitadora Rita Susana Nava Duran.
CONSIDERANDO: Que la demanda fue admitida por decreto de 26 de marzo de 2014 (fs. 76), encomendando al demandante coadyuvar con el cumplimiento de las provisiones citatorias para citar al demandado y notificar al tercero interesado, bajo prevención de declarar perención de instancia en caso de incumplimiento.
Con dicha providencia fue notificado el impetrante según diligencia de 4 de abril de 2014 (fs. 77), sin embargo hasta la fecha no dio cumplimiento a las obligaciones destinadas a la continuidad del proceso, incurriendo en abandono de la causa por más de seis meses desde la última actuación, por lo que corresponde dar estricta aplicación a la norma prevista en el art. 309. I y II del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad del art. 4 núm. 1 del Código de Procedimiento Civil declara la PERENCION DE INSTANCIA en la demanda interpuesta por Juan Carlos Urenda Díaz contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria; y se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original adjuntada, debiendo quedar copias legalizadas en su lugar.
Regístrese, notifíquese y archívese.
Fdo. Jorge Isaac von Borries Méndez
PRESIDENTE
Fdo. Rómulo Calle Mamani
DECANO
Fdo. Antonio Guido Campero Segovia
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