Texto del fallo
SALA PLENA
SENTENCIA: 026/2005 FECHA: 2 de marzo de 2005
EXP. N°: 1/2005
PROCESO: Contencioso Administrativo.
PARTES: Gerencia Grandes Contribuyentes Regional La Paz representada por Ramón Segundo Servia Oviedo c/ Superintendencia Tributaria General.
VISTOS EN SALA PLENA: El recurso de reposición presentado por Pablo Rivera Buitrago a nombre y representación de la Gerencia de Grandes Contribuyentes de La Paz (GRACO La Paz) del Servicio de Impuestos Nacionales, los antecedentes, el informe del Ministro Tramitador Jaime Ampuero García y,
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo previsto por el artículo 216 del Código de Procedimiento Civil, el citado recurso debe ser presentado en el plazo de tres días siguientes a la notificación con la providencia o auto.
De la revisión de obrados se tiene que el Auto Supremo N° 04/2005 de 19 de enero de 2005 fue notificado al demandante el 25 de enero de 2005 mientras que el recurso de reposición fue entregado en Secretaría de Cámara de Sala Plena el 1 de febrero, es decir fuera del señalado plazo de tres días, por lo que corresponde ser rechazado in límine.
POR TANTO: La Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Nación RECHAZA el recurso de reposición planteado por la Gerencia de Grandes Contribuyentes La Paz del Servicio de Impuestos Nacionales, por extemporáneo.
No intervienen los Ministros Carlos Rocha Orosco y Alberto Ruiz Pérez por encontrarse ausentes con licencia.
Regístrese.
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