Norma de Buenas Prácticas de Dispensación
NORMA DE BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
MINISTERIO DE SALUD Y DEPORTES
medicamentos seguros eficaces y de calidad
Movilizados por el Derecho a la Salud y la Vida
Transparencia para el Cambio
UNIMED
Unidad de Medicamentos y Tecnología en Salud
Nº 0837
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
23 DE NOVIEMBRE DE 2004
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el derecho a la salud y a la vida es un derecho fundamental, de conformidad al Art. 7º inc. a) de la Constitución Política del Estado concordante con el Art. 2º del Código de Salud que establece que la salud es un bien de interés publico, corresponde al Estado velar por la salud del individuo, la familia y la población en su totalidad, concordante con el Art. 4º del mismo cuerpo legal que expresa que el derecho a la salud es garantizado por el Estado.
Que, el Art. 39 de la Ley del Medicamento No. 1737 de fecha 17 de diciembre de 1996, prevé que la dispensación de medicamentos estará a cargo exclusivo de los establecimientos farmacéuticos privados, institucionales y populares, bajo la responsabilidad y presencia de los regentes farmacéuticos.
Que, la Dirección de Medicamentos del Ministerio de Salud y Deportes, ha elaborado el Manual de Normas de Buenas Prácticas de Dispensación con el fin de garantizar a la población la adquisición de productos farmacéuticos que reúnan todos los requisitos y condiciones establecidos por ley.
Que, los Informes Técnico No. 1204/2004 y Legal No. 0115/04, recomiendan la elaboración de una Resolución Ministerial expresa que apruebe dichas normas.
POR TANTO:
El Señor Ministro de Salud y Deportes, en uso de las atribuciones conferidas por la
Ley N º 2446 y su Decreto Reglamentario Nº 26973;
RESUELVE:
Apruébese el MANUAL DE NORMAS BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN , que en documento anexo, forma parte integrante e indivisible de la presente Resolución.
La Dirección de Medicamentos, queda encargada del cumplimiento de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Fdo. Dr. Fernando Anteza Aranibar
Ministro de Salud y Deportes
Fdo. Dra. Rosario Quiroga Morales
Viceministra de Salud Ministerio de Salud y deportes
Fdo. DAEN Beatriz Pardo Bernal Directora General de Asuntos Jurídicos
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MINISTERIO DE SALUD Y DEPORTES
DIRECCIÓN DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA EN SALUD
NORMA DE BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN
BOLIVIA
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PRESENTACIÓN
Es fundamental entender que la dispensación de medicamentos es un acto farmacéutico profesional mediante el cual se proporciona al paciente el medicamento prescrito en el periodo de tiempo y cantidad adecuados; oportunidad increíblemente valiosa en la que el profesional farmacéutico establece contacto con el paciente a fin de orientarle y educarle en el uso racional del medicamento.
La Ley del Medicamento establece normar la dispensación de medicamentos en los establecimientos farmacéuticos estatales, descentralizados y privados, es así que la presente normativa se plantea como una guía dirigida a profesionales farmacéuticos que de una forma estrictamente voluntaria darán cumplimiento a las Buenas Prácticas de Dispensación en beneficio directo de la salud de la población boliviana.
El uso de esta norma que complementa las leyes y regulaciones estatales, estamos seguros contribuirá a mejorar la práctica del profesional farmacéutico y cuidado al paciente. Por tanto, el Ministerio de Salud y Deportes a través de la Dirección de Medicamentos y Tecnología en Salud presenta esta edición de la Norma de Buenas Prácticas de Dispensación como un aporte más en cumplimiento de la Política Nacional de Medicamentos.
Dr. Alvaro Muñoz Reyes Navarro
Ministro de Salud y Deportes
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TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN 2
BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN 3
I. PRINCIPIOS DE BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN
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1.1. RECEPCIÓN DE LA RECETA
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1.2. INTERPRETACIÓN DE LA RECETA
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1.3. PREPARACIÓN DE LA RECETA DE ACUERDO A SOLICITUD 4
1.4. REVISIÓN FINAL
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1.5. ENTREGA DEL MEDICAMENTOS Y EDUCACIÓN AL PACIENTE
EN EL USO ADECUADO DEL MEDICAMENTO
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II. GUÍAS DE DISPENSACIÓN
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III. DISPENSADORES
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3.1. CARACTERÍSTICAS DEL BUEN DISPENSADOR
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IV. DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS
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4.1. LUGARES DE DISPENSACIÓN
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4.2. MODALIDADES DE DISPENSACIÓN
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4.3. PROCESO DE DISPENSACIÓN
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V. DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS DE VENTA LIBRE Y
MISCELÁNEOS
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5.1. LUGARES DE DISPENSACIÓN
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5.2. PROCESO DE DISPENSACIÓN
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INTRODUCCIÓN.
En el ámbito hospitalario, los servicios farmacéuticos incluyen toda gestión que garantice una farmacoterapia óptima y el cumplimiento de la legislación vigente, además integra las actividades de investigación, preparación, distribución, control, utilización y educación en los medicamentos y otros insumos médicos, ofreciendo información y asesoramiento a quienes los prescriben, indican o usan dichos productos.
Un servicio farmacéutico implica un compromiso con el usuario desarrollando actividades para asegurar un uso adecuado de los medicamentos, una buena salud y calidad de vida en el marco de la Atención Primaria de la Salud; esto involucra la aceptación, por parte de los farmacéuticos, de una responsabilidad compartida con los otros profesionales de la salud y con los pacientes para contribuir al éxito de la farmacoterapia.
Para mejorar la calidad de vida del paciente no basta que el medicamento sea producido con calidad; es necesaria la intervención del profesional farmacéutico a lo largo de toda la trayectoria que el medicamento recorre hasta lograr el objetivo terapéutico para el que fue indicado. Para ello, es imprescindible la existencia de medidas que verifiquen sistemáticamente el cumplimiento de las buenas prácticas en todos los servicios farmacéuticos a fin de preservar la calidad de los medicamentos y propiciar su utilización racional.
El servicio de Farmacia a través de la atención farmacéutica al paciente responde a la orden o prescripción médica y lleva a cabo la dispensación de medicamentos al paciente. El farmacéutico entrega los medicamentos al paciente utilizando sistemas de dispensación que garanticen la seguridad, rapidez y control del medicamento, brinda información a ese paciente para lograr el cumplimiento de la terapia y efectúa el seguimiento farmacoterapéutico necesario de acuerdo a la terapia indicada por el médico.
El servicio al paciente externo o ambulatorio se inicia con la presentación de la receta para la obtención del medicamento. Es en este momento donde el farmacéutico comparte la responsabilidad con el personal médico al interpretar la orden, preparar u orientar la dispensación asegurando que el paciente reciba el medicamento, en la dosis para la indicación correcta y así lograr el cumplimiento de la terapia indicada.
El rol del profesional farmacéutico enfatiza la educación no sólo al paciente en particular sino también a la sociedad o comunidad, al personal médico y al de farmacia, estableciéndose así que la responsabilidad del farmacéutico va más allá de la mera dispensación del medicamento.
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BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN
Se entiende por Dispensación al acto profesional farmacéutico de proporcionar uno o más medicamentos a un usuario, generalmente como respuesta a la presentación de una receta elaborada por un profesional autorizado. En este caso, el farmacéutico debe informar y orientar al usuario sobre el uso adecuado de dicho medicamento.
Las Buenas Prácticas de Dispensación, aseguran que el medicamento correcto es entregado al usuario indicado, en la dosificación y cantidad adecuada, con instrucciones claras y en un envase que garantice la estabilidad y calidad del medicamento.
Si bien en la actualidad, los medicamentos cuentan con envases individuales, en muchos casos se presentan en envases hospitalarios, a partir de los cuales se fracciona el medicamento, por tanto definir procedimientos en el reenvasado es importante para evitar la contaminación del mismo.
Las prácticas inadecuadas de dispensación pueden alterar los beneficios de una cuidadosa selección, adquisición e inclusive alterar una distribución eficaz de medicamentos.
I. PRINCIPIOS DE BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN.
Los principios empleados, en Buenas Prácticas de Dispensación, se dividen en cinco categorías:
1.1. RECEPCIÓN DE LA RECETA.
La recepción de la receta debe ser realizada con amabilidad y cortesía, teniendo en cuenta que el servicio de farmacia, es el último servicio con el que el paciente tendrá contacto.
El dispensador debe leer y entender la orden médica escrita antes de entregar un medicamento y verificar que cumpla con todos los requisitos:
En el encabezado de la receta deben estar registrados los datos del paciente: nombre, edad, sexo, número de cama (si esta hospitalizado), servicio en el que fue atendido.
En el cuerpo de la receta debe estar registrado el nombre genérico del medicamento, la concentración, forma farmacéutica, intervalo de dosificación y la identificación del médico prescriptor.
1.2. INTERPRETACIÓN DE LA RECETA.
Esta función es exclusiva del profesional farmacéutico, debe verificarse el nombre del medicamento, concentración, dosis e intervalo de dosificación.
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El dispensador debe saber claramente qué producto está siendo solicitado. Debe asegurarse que la receta sea legible, si se evidencia un error en la prescripción o falta alguno de los requisitos, ésta no debe ser despachada sin antes solicitar al prescriptor la aclaración pertinente.
No se debe, bajo ningún concepto, adivinar el nombre del medicamento, ni la concentración, dosis o intervalo de dosificación. Una forma de confirmar que el dispensador ha percibido correctamente la solicitud, es la de repetir el nombre del medicamento al usuario o al médico que hizo la solicitud.
No se dará curso a órdenes hechas en forma oral, ya que debe existir un documento de respaldo, a excepción de aquellos medicamentos de venta libre y productos misceláneos.
1.3. PREPARACIÓN DE LA RECETA DE ACUERDO A LA SOLICITUD.
Esta etapa comprende: la ubicación y preparación del medicamento. Es vital disponer de un adecuado sistema de localización e identificación de los medicamentos, a fin de crear un sistema de preparación y dispensación eficiente.
En la preparación de medicamentos se consideran dos aspectos: el acondicionado y la elaboración de la etiqueta.
Para iniciar el acondicionado es necesario contar con el equipo, material y condiciones adecuadas, así como tomar las medidas de higiene generales a fin de mantener la calidad de los medicamentos, este proceso debe ser supervisado continuamente por el farmacéutico.
En el caso de aquellos medicamentos que deben ser fraccionados a partir de envases hospitalarios como comprimidos y cápsulas, la tarea de reenvasado debe ser llevada a cabo en forma muy precisa, ya que entregas menores pueden ocasionar fallas en el tratamiento y entregas mayores pueden causar pérdidas económicas para el establecimiento. Esta operación debe efectuarse para un medicamento a la vez y en un área específica del trabajo, esto evita errores y contaminación del producto.
La rotulación de recipientes y paquetes individuales es esencial para el uso correcto de los medicamentos, es por ello que debe realizarse con sumo cuidado. La elaboración de la etiqueta debe realizarse en forma clara y legible, señalando los datos del paciente, del médico, nombre del medicamento, concentración, dosis, intervalo de administración y duración del tratamiento.
1.4. REVISIÓN FINAL.
Esta función debe ser realizada por el farmacéutico, quién antes de entregar el medicamento al paciente, verificará contra la receta si el medicamento acondicionado corresponde exactamente al medicamento prescrito, en cuanto a su concentración y cantidad, verificando siempre la fecha de vencimiento.
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1.5. ENTREGA DEL MEDICAMENTO Y EDUCACIÓN AL PACIENTE EN EL USO ADECUADO DEL MEDICAMENTO.
El farmacéutico, durante el proceso de dispensación, debe verificar que el usuario conozca el objetivo del tratamiento y la forma correcta de administración del medicamento.
Debe orientar y aconsejar al usuario sobre los riesgos de la automedicación y de la recomendación de medicamentos a otras personas.
Debe proporcionar información sobre la forma de administración de los medicamentos, haciendo énfasis en aquellas formas farmacéuticas que son de administración más compleja por ejemplo: gotas óticas, colirios oftálmicos, óvulos, supositorios, comprimidos sublinguales y otros. El farmacéutico deberá asegurarse que el paciente ha entendido la vía de administración y brindar las recomendaciones especiales para su utilización.
El profesional farmacéutico, podrá ofrecer al usuario medicamentos similares del mismo principio activo, forma farmacéutica y concentración. En caso de modificación del principio activo (D.C.I.), previamente deberá consultar al profesional que prescribió el medicamento.
A excepción de los medicamentos de venta libre (OTC) que no requieren receta médica, no deberá recomendarse ni dispensarse ningún tipo de medicamento, advirtiendo siempre al usuario sobre los peligros de la automedicación.
En establecimientos de salud públicos y de la seguridad social, cuando se detecten medicamentos próximos a vencer (con seis meses de vida útil), se deberá elaborar una lista de los mismos para conocimiento del personal. Si no se logra utilizar dichos medicamentos en un periodo de dos meses, el farmacéutico deberá realizar los trámites necesarios para la devolución al proveedor o disposición de acuerdo al Reglamento de Disposición y Bajas de Medicamentos e Insumos Médicos.
En todos los establecimientos farmacéuticos, es importante implementar el control de fechas de vencimiento para evitar pérdidas por este concepto.
II. GUÍAS DE DISPENSACIÓN.
Para garantizar que la dispensación de medicamentos se lleve a cabo de una manera óptima, existen ciertas condiciones que deben conocerse y mantenerse bajo control, desde el espacio físico en el que se realiza el proceso de dispensación hasta el personal que la ejecuta.
A continuación se mencionan criterios que condicionan que el proceso de dispensación sea el adecuado:
supervisión personal y directa del mismo. La responsabilidad del servicio debe recaer en un farmacéutico profesional.
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(marbetes) del personal de farmacia en función de su calificación técnica: profesionales farmacéuticos y personal auxiliar.
siendo necesario transmitir al usuario que el proceso de dispensación de medicamentos puede requerir de cierto tiempo, lo cual va en su propio beneficio.
con espacio suficiente para informar del uso correcto al usuario. En lo posible ésta área deberá:
estar localizada en lugar de fácil acceso, de preferencia cercana a los
servicios de consulta externa y emergencia, con facilidad de comunicación interna y externa, dotada de materiales y equipos suficientes, con disponibilidad de líneas telefónicas o con acceso a teléfono, contar con textos básicos sobre medicamentos tales como, Formulario
Terapéutico Nacional, cuadro básico de medicamentos de la institución, textos de farmacología, farmacoterapia, Vademécum de especialidades farmacéuticas, protocolos de tratamiento y otros que sean necesarios para proveer la información requerida por el paciente de manera eficaz y completa.
de preparación de los medicamentos debiendo disponerse de áreas adecuadas para este proceso. Cuando se trabaja a partir de envases hospitalarios cuyo contenido debe ser fraccionado para su expendio, se deberá verificar que los envases empleados para la dispensación sean adecuados al medicamento, en cuanto a inocuidad, estabilidad, hermeticidad e higiene se refiere. Debiendo verificarse que el etiquetado incluya toda la información sobre el medicamento y responda a la señalada en el envase original.
podrá utilizar los siguientes indicadores:
Frecuencia con que los usuarios reciben tratamientos inapropiados o inefectivos, como resultado de una inadecuada dispensación Número de medicamentos deteriorados por un inadecuado preenvasado Reclamo de los usuarios por problemas de identificación de medicamentos
auxiliar deberá ser de carácter permanente, a través de programas de educación continua, para lo cual se desarrollaran capacitaciones internas entre el personal del servicio. En el caso del personal farmacéutico los programas de capacitación deben contener por lo menos:
Políticas de Medicamentos y Regulación Farmacéutica y Sanitaria
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Reglamentos y normas para el uso del recetario y la provisión de servicios
farmacéuticos, atención farmacéutica, Funciones del farmacéutico y personal auxiliar, Normas fármaco terapéuticas, Técnica y metodología para educar al paciente sobre medicamentos, Gestión del suministro y vigilancia y control de medicamentos, Organización, estructura y objetivos del servicio de farmacia.
En el caso de personal auxiliar su capacitación debe incluir:
Organización, estructura y objetivos del servicio de farmacia Funciones del farmacéutico y personal auxiliar, Aspectos básicos sobre medicamentos y gestión del suministro, Normas y procedimientos para uso del recetario, Área de empaque, acondicionado y dispensación de medicamentos, Registros y Normas de almacenamiento de medicamentos.
III. DISPENSADORES.
De acuerdo a los Art. 39 y 41 de la Ley N° 1737 Ley del Medicamento, se reconoce como dispensadores de medicamentos a:
Profesionales farmacéuticos, químico farmacéuticos o bioquímico- farmacéuticos, habilitados para el ejercicio de la profesión y matriculados en el Ministerio de Salud y Deportes. Promotores o agentes de salud que estén autorizados por el Ministerio de Salud
y Deportes y que estén capacitados para la dispensación de medicamentos esenciales según el nivel de atención del centro hospitalario y en localidades donde no existan profesionales de la salud.
3.1. CARACTERÍSTICAS DEL BUEN DISPENSADOR.
El buen dispensador debe:
a. Ser amable y atender al usuario o paciente con calidad y calidez
b. Usar la vestimenta adecuada (guardapolvo) con su respectiva identificación
c. Conocer la ubicación de los medicamentos en la farmacia y su clasificación en
el área de almacenamiento
d. Conocer la Lista Nacional de Medicamentos Esenciales (LINAME), el Cuadro
Básico de Medicamentos Esenciales de los Seguros de Salud o de la institución
e. Conocer las normas establecidas para prescripción y dispensación de los
medicamentos de control especial, al igual que su manejo y almacenamiento f. Estar capacitado para interpretar correctamente la receta médica
g. Detectar interacciones medicamentosas y prever la posibilidad de efectos
adversos
h. Estar capacitado para elaborar el perfil farmacoterapéutico del paciente,
realizar un seguimiento del paciente y garantizar el uso seguro y eficaz de los fármacos i. Mantener sus conocimientos actualizados en lo referente a acción farmacológica, indicaciones, dosificación, contraindicaciones, reacciones
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adversas, interacciones de los medicamentos, asimismo debe conocer y tener la capacidad de brindar al paciente información sobre las técnicas de administración de medicamentos y recomendaciones generales j. Conocer y aplicar los elementos éticos de la dispensación de medicamentos
k. Debe ser discreto guardando confidencialidad y evitando verter opiniones
personales o indiscretas sobre la enfermedad del paciente o usuario y la medicación prescrita.
IV. DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS
4.1. LUGARES DE DISPENSACIÓN.
De acuerdo a normas vigentes, se reconoce como lugares para la dispensación a:
Farmacias Institucionales Municipales (FIM) Farmacias Institucionales y Hospitalarias Farmacias Populares Farmacias Privadas
La dispensación de medicamentos fuera de establecimientos autorizados, es considerada como venta ilegal, pasible a sanciones previstas en la legislación vigente.
4.2. MODALIDADES DE DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS.
De acuerdo a normas vigentes, la dispensación de medicamentos se realizará bajo las siguientes modalidades:
a) Dispensación bajo receta valorada, bajo esta modalidad se dispensarán todos
aquellos medicamentos que contengan estupefacientes, prescritos de acuerdo a disposiciones legales en formularios oficiales valorados aprobados por el Ministerio de Salud y Deportes (RECETA VALORADA).
b) Dispensación bajo receta archivada, empleando esta modalidad se
dispensarán todos aquellos medicamentos denominados psicotrópicos, siendo prescritos en el recetario que contemple los datos requeridos, el cual deberá numerarse y archivarse.
c) Dispensación bajo receta médica, se aplica en el caso de aquellos
medicamentos que no pueden ser despachados al público sin previa presentación de la prescripción médica.
d) Dispensación libre o venta libre, (OTC), de esta manera se dispensan los
medicamentos que por sus características no requieren de receta -médica y son expresamente autorizados por el Ministerio de Salud y Deportes.
4.3. PROCESO DE DISPENSACIÓN.
El proceso de dispensación, como tal, comprende los siguientes pasos:
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a) Recepción de la Receta Médica.
El proceso de dispensación se inicia con la presentación de la receta médica como requisito fundamental. El dispensador debe recibir y atender amablemente al usuario.
La receta es el documento que contiene la orden que el equipo médico dirige al farmacéutico donde solicita un medicamento específico para un paciente en particular, en una dosis específica y para usar en un tiempo determinado. Por lo tanto, toda receta para ser dispensada debe cumplir con los requisitos establecidos en las normas de prescripción.
Una receta puede ser terapéuticamente inútil si la orden médica no es clara para el personal de farmacia.
En la dispensación de medicamentos se tomarán en cuenta los siguientes aspectos antes de su entrega al usuario:
La prescripción del facultativo Nombre genérico y código del medicamento (cuando corresponda) Forma farmacéutica, concentración y dosis Presentación Fecha de vencimiento
Hacer la identificación respectiva del tipo de receta y dispensar de acuerdo a la norma elaborada, especialmente para aquellos medicamentos de control especial.
En caso de no contar con el medicamento prescrito se deberá consultar en la medida de las posibilidades con el médico prescriptor. Si el usuario se halla afiliado a un seguro de corto plazo y dependiendo del fármaco requerido, se podrá indicar el día que debe retornar para su entrega.
b) Interpretación de la Receta Médica.
Luego de la recepción de la receta se procede a la lectura e interpretación de la misma. Esta función debe ser exclusiva del profesional farmacéutico, asegurándose que tenga el nombre del o los principios activos del medicamento, dosis, vía de administración, frecuencia, duración del tratamiento, concentración, forma farmacéutica y cantidad de unidades para el tratamiento, seguidos de la fecha, firma y sello con los datos del médico prescriptor. Asimismo debe verificar si el médico ha colocado las indicaciones para la administración, sobre todo en el caso de inyectables.
Si la prescripción estuviese incompleta o existiese duda sobre la misma, el farmacéutico debe comunicarse con el médico prescriptor o dependiendo del cambio requerido, puede enviar un mensaje en el reverso de la receta o una nota adjunta explicando la causa de la devolución de la receta.
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El farmacéutico puede adicionar, en la receta, rótulos auxiliares para añadir cualquier otra información que sea necesaria referente a cómo administrar, preparar y conservar el medicamento.
Se recomienda la asignación de un número a la prescripción para ordenar el proceso de dispensación y el archivo de las recetas.
c) Elaboración del Perfil Farmacoterapéutico.
El perfil farmacoterapéutico es el registro de información relacionada al usuario en cuanto a datos personales, datos de afiliación, diagnostico(s), antecedentes patológicos y alergias referidas, que incluye el registro cronológico de la información relacionada con la prescripción y uso de medicamentos.
El perfil permite al farmacéutico realizar un seguimiento al paciente y garantizar el uso adecuado de los medicamentos.
En caso de no ser posible elaborar un perfil farmacoterapéutico por cada paciente, se recomienda efectuarlo para aquellos pacientes con patologías crónicas o especiales, pacientes ancianos o que estén recibiendo medicamentos que requieren un seguimiento frecuente, por ejemplo: fenitoína, warfarina, digoxina.
Se debe incluir en este perfil, los medicamentos indicados por el médico, los automedicados, hábitos alimenticios, consumo de bebidas, tabaco, café, té, infusiones, registrarse reacciones adversas o de hipersensibilidad a cualquier fármaco, alimentos u otro factor que pueda alterar el efecto del medicamento en el paciente.
Este instrumento permite que el farmacéutico pueda:
Controlar y prevenir interacciones medicamentosas potenciales con otros medicamentos, con alimentos, tabaco, etc., Controlar y prevenir las reacciones adversas y efectos secundarios de medicamentos. Evitar duplicaciones terapéuticas. Controlar la administración de medicamentos para asegurar el cumplimiento de la terapia. Evaluar los efectos de la terapia medicamentosa. Determinar la sobreutilización y subutilización de los medicamentos por parte del paciente. Detectar contraindicaciones potenciales. Determinar discrepancias de la prescripción.
d) Localización del medicamento.
Requiere de la habilidad del dispensador para ubicar los medicamentos de forma precisa y rápida; en esta etapa el farmacéutico debe asegurarse que el nombre, la concentración, la forma farmacéutica y la presentación del medicamento que se dispensará corresponde a lo prescrito, además debe comprobar que el
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medicamento este en condiciones adecuadas, verificar que los envases primario y secundario estén en buenas condiciones, que el nombre, concentración, forma farmacéutica, número de lote y fecha de vencimiento descritos en la caja sean iguales a los de la etiqueta del frasco, ampolla o blister que contiene en su interior.
e) Preparación del medicamento.
Actualmente no es práctica común que se formulen y preparen medicamentos en establecimientos farmacéuticos de forma magistral; pero en aquellos casos en los que aún se hace, la preparación debe ser precisa, teniendo especial cuidado durante la elaboración en el orden de combinación, selección de adyuvantes y la necesidad de técnicas especiales. Todos los materiales necesarios para la elaboración deberán reunirse en un solo lugar, a medida que cada ingrediente sea utilizado deberá ser trasladado a algún otro lugar, proporcionando así al dispensador una verificación mecánica sobre la introducción de cada ingrediente.
El acondicionado de los medicamentos que deben ser fraccionados a partir de envases hospitalarios (formas farmacéuticas sólidas), debe realizarse en un área especial de la farmacia, que reúna condiciones adecuadas de higiene. Se recomienda tener bandejas especiales de material plástico o material que pueda ser lavado fácilmente. Las bandejas deben tener un espacio que sirva de receptáculo para poner el medicamento ya contado y un caño para devolver el excedente a su envase original; se recomienda contar un máximo de cinco unidades a la vez, para lograr una mayor eficiencia y precisión y así evitar errores en el conteo.
Es recomendable el pre-conteo de medicamentos, previo a la dispensación, así se aumenta la eficiencia del servicio, reduciendo el tiempo requerido para despachar la receta, asegurando la identidad, seguridad y control del medicamento, evitando manipulación y contaminación del mismo. Para el pre- conteo, el farmacéutico deberá estimar el número de tratamientos mensuales.
El tipo de envase empleado puede afectar la calidad del medicamento al momento de ser consumido. Si el medicamento es entregado en un envase sucio o lleva una etiqueta mal elaborada puede provocar en el paciente, desconfianza, hecho que puede tener un impacto negativo importante en la imagen que tiene el usuario del sistema de salud y en la credibilidad del medicamento que recibe.
La elaboración de la etiqueta debe realizarse cuidadosamente, deberá contener los datos del paciente, del médico, nombre del medicamento, concentración, dosis, intervalo de administración y duración del tratamiento.
Se debe colocar la palabra tomar o aplicar al inicio de la indicación según la forma de dosificación y uso de la forma farmacéutica, señalando si es de uso interno o externo. En las preparaciones de uso externo se debe remarcar escribiendo “no tomar” y en el caso de las suspensiones escribir “agitar el frasco antes de usar”.
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Si la dosis viene expresada en miligramos, microgramos o gramos debe ponerse obligatoriamente la cantidad a la que corresponda ya sea en número de tabletas, cucharas, etc., escribiéndose en letras los números de la dosificación.
El horario debe consignarse utilizando palabras, definir el tiempo de administración para medicamentos de uso limitado; en caso de tratarse de pacientes que no pueden leer las indicaciones, éstas deben ser formuladas utilizando símbolos visuales.
Cuando no se entregue el medicamento en el envase original, se debe también señalar la información relativa a fecha de vencimiento y lote del producto.
f) Revisión Final.
La responsabilidad que tiene el profesional farmacéutico desde la recepción de la receta hasta la entrega al paciente, requiere de una revisión continua durante cada paso del proceso.
Fundamentalmente una vez que el medicamento ha sido acondicionado y etiquetado, el dispensador debe verificar que el producto que entregará al paciente es exactamente el que ha sido prescrito por el médico. Debe leer nuevamente la etiqueta para asegurarse que los datos que han sido escritos correspondan al contenido del empaque.
g) Entrega al Paciente.
La entrega del medicamento constituye uno de los momentos más importantes para la interacción entre paciente y farmacéutico. En el momento de la entrega del medicamento, el farmacéutico debe brindar la información necesaria de forma verbal y escrita para el paciente respecto a: uso y acción esperada del medicamento, instrucciones especiales para la preparación (cuando asÍ lo requiera), para la administración, precauciones a ser observadas durante su administración, efectos secundarios que pueden presentarse y cómo prevenirlos, interacciones potenciales, indicaciones sobre almacenamiento.
El farmacéutico verificará que el paciente ha comprendido la información brindada haciendo preguntas sobre la misma y recomendará al usuario que siga las instrucciones médicas sobre el uso de los medicamentos, vía de administración, dosis y precauciones importantes con respecto a la ingestión de bebidas alcohólicas.
Debe advertirse al paciente sobre los efectos colaterales del medicamento, haciendo énfasis en los casos en los que debe consultar nuevamente con el médico.
Debe recomendarse al paciente la forma correcta de conservar los medicamentos en su domicilio e informar los riesgos de la pérdida de sus propiedades farmacológicas.
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En el caso de pacientes que no saben o no pueden leer, las instrucciones deben formularse usando símbolos visuales, pueden entregarse folletos educativos escritos con la información necesaria para cada grupo farmacológico, a familiares.
h) Seguimiento de la Terapia.
En aquellos centros hospitalarios en los que se ha establecido un sistema de dispensación estandarizado y organizado y que cuenten con farmacéuticos especializados, se puede brindar servicios de seguimiento a la farmacoterapia.
Estos servicios se brindan a pacientes que acuden con regularidad y que debido a su terapia medicamentosa tengan la necesidad de recibir un servicio de seguimiento más avanzado.
Se puede realizar el seguimiento clínico en aquellos pacientes con enfermedades crónicas que requieren de un seguimiento por parte del farmacéutico y el personal médico. El farmacéutico, integrándose al equipo de salud, podrá desarrollar actividades necesarias para asegurar un seguimiento terapéutico adecuado incluyendo revisión de pruebas de laboratorio, monitorización de reacciones adversas, brindar educación al paciente, etc.
Para esto se requiere que el farmacéutico tenga un alto grado de preparación en farmacoterapéutica y que trabaje en estrecha relación con el equipo de salud, para brindar servicios de calidad con beneficios para el paciente.
V. DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS DE VENTA LIBRE Y MISCELÁNEOS.
Es fundamental hacer énfasis en los medicamentos denominados de venta libre o sin prescripción médica (OTC) y que han sido aprobados por la Comisión Farmacológica Nacional, así como los insumos médicos registrados dentro de la categoría de misceláneos.
Dentro de la categoría de productos misceláneos, están contemplados los insumos médicos como jeringas, gasas, vendas, hilos catgut, algodón, equipo de venoclisis, hojas de bisturí, agujas mariposa, tela adhesiva, etc. En algunos casos, el farmacéutico requerirá la especificación del médico en lo referente al tipo de hilo, número de aguja mariposa, especificación en los colectores de orina, etc, a fin de evitar reclamos posteriores.
El farmacéutico dará curso a la dispensación de medicamentos de venta libre y productos misceláneos sin necesidad de que exista la orden médica escrita.
5.1. LUGARES DE DISPENSACIÓN.
La dispensación de medicamentos de venta libre se llevará a cabo únicamente en establecimientos autorizados para el efecto.
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5.2. PROCESO DE DISPENSACIÓN.
El farmacéutico debe tomar en cuanta los siguientes criterios para la dispensación de medicamentos de venta libre y productos misceláneos:
Tener conocimiento de las normas generales para medicamentos de venta libre. El farmacéutico debe cumplir con la norma de buenas prácticas de dispensación. En caso de usuarios frecuentes, debe alertar al usuario sobre uso automedicado de varios fármacos. Educar al paciente respecto al uso racional del medicamento. Informarle respecto a los riesgos de la automedicación irresponsable.
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ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
NORMA DE BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN
MINISTERIO de SALUD
FARMACIA
Acceso a medicamentos Un derecho constitucional...
PUBLICACIÓN 391
Serie: Documentos Técnico Normativos
La Paz - Bolivia
2016
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
NORMA DE BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN
MINISTERIO de SALUD
FARMACIA
Acceso a medicamentos Un derecho constitucional...
PUBLICACIÓN 391
Serie: Documentos Técnico Normativos
La Paz - Bolivia
2016
FICHA BIBLIOGRÁFICA
GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN
Mayor información http://www.minsalud.gob.bo, http://unimed.minsalud.gob.bo, Unidad de Medicamentos y Tecnología en Salud, Telf.: (591-2-2440122), Calle Capitán Ravelo N° 2199
R.M.: N° 0479
Depósito Legal: ………
Autora: Dra. Patricia Elsa Tames Parra, Responsable de Área Suministro y Uso Racional de Unidad de Medicamentos y Tecnología en Salud UNIMED - MS
Apoyo Técnico: Dra. Victoria De Urioste Blanco
COMITÉ TÉCNICO DE REVISIÓN DE PUBLICACIONES – DGPS COMITÉ DE IDENTIDAD INSTITUCIONAL Y PUBLICACIONES:
La Paz: Suministros y Uso Racional – Unidad de Medicamentos y Tecnología en Salud – Dirección General de Servicios de Salud – Comité de Identidad Institucional y Publicaciones – Viceministerio de Salud y Promoción – Ministerio de Salud – 2016
© Ministerio de Salud 2016 Esta publicación es propiedad del Ministerio de Salud del Estado Plurinacional de Bolivia, se autoriza su reproducción total o parcial, a condición de citar la fuente y la propiedad. Impreso en Bolivia
MINISTERIO DE SALUD AUTORIDADES NACIONALES
Dra. Ariana Campero Nava
MINISTRA DE SALUD
Dra. Carla Andrea Parada Barba
VICEMINISTRA DE SALUD
Y PROMOCIÓN
Sr. Germán Mamani Huallpa VICEMINISTRO DE MEDICINA TRADICIONAL E INTERCULTURALIDAD
Dr. Omar Flores Velasco DIRECTOR GENERAL DE
SERVICIOS DE SALUD
Dr. Fernando Prado Rodríguez JEFE DE UNIDAD DE MEDICAMENTOS
Y TECNOLOGÍA EN SALUD
PRESENTACIÓN
Dentro del proceso de utilización de medicamentos, la práctica de la dispensación, consiste en proporcionar al paciente los medicamentos prescritos por el médico de manera oportuna y en la cantidad adecuada, brindándole la información y orientación objetiva y actualizada sobre su uso con el fin de lograr el cumplimiento de su terapia, el uso racional del medicamento, elevar la calidad de atención en salud y lograr el bienestar del usuario.
En mandato a lo establecido en la Constitución Política del Estado de proteger, garantizar y sostener el derecho a la salud y a lo establecido en la Política de Medicamentos de regular la dispensación, la Unidad de Medicamentos y Tecnología en Salud presenta la Norma de Buenas Prácticas de Dispensación para promover el uso racional de los medicamentos, como guía dirigida a los profesionales farmacéuticos que de manera estricta, integral y obligatoria aplicarán en concordancia con las normas legales en los establecimientos farmacéuticos estatales descentralizados, públicos, de la seguridad social y privados en todo el territorio nacional, contribuyendo, protegiendo y garantizando el derecho a la salud , para mejorar la calidad de vida y bienestar colectivo de la población boliviana para el VIVIR BIEN.
Dra. Ariana Campero Nava
Ministra de Salud
Estado Plurinacional de Bolivia Ministerio de Salud
Resolución Ministerial
10 JUN 2016
Nº 0479
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 37 de la Constitución Política del Estado señala que el Estado tiene la obligación indeclinable de garantizar y sostener el derecho a la salud, que se constituye en una función suprema y primera responsabilidad financiera. Se priorizará la promoción de la salud y la prevención de las enfermedades.
Que, el Artículo 3 del Código de Salud, aprobado mediante Decreto Ley Nº 15629, de 18 de julio de 1978, determina que corresponde al Poder Ejecutivo actual Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública actual Ministerio de Salud, que este Código denominará Autoridad de Salud, la definición de la política nacional de salud, la normación, planificación, control y coordinación de todas las actividades en todo el territorio nacional, en instituciones públicas y privadas sin excepción alguna.
Que, el Artículo 12 del Código de Salud, dispone que la Autoridad de Salud está facultada para dictar las disposiciones a las que se sujetarán los organismos públicos y privados en la elaboración y difusión de sus programas en todos los aspectos de la educación para la salud.
Que, el Artículo 37 de la Ley Nº 1737, de la Ley de 17 de diciembre de 1996, Ley del Medicamento, (de la prescripción y la dispensación) en el Capítulo XII dispone que los medicamentos sólo podrán ser prescritos (recetados) por profesionales médicos y odontólogos, habilitados para el ejercicio de la profesión y debidamente matriculados en la Secretaría Nacional de Salud, exceptuando los casos descritos en el Artículo 41 de la presente Ley.
Que, el Artículo 39 de la mencionada Ley refiere que la dispensación de medicamentos estará a cargo exclusivo de los establecimientos farmacéuticos (Farmacias Privadas, Institucionales y Populares) bajo la responsabilidad y presencia de los Regentes farmacéuticos. El Despacho fuera de ellos será considerado como venta ilegal del Medicamento y dará lugar al decomiso de los productos y a la sanción correspondiente, exceptuando los casos descritos en el Artículo 41 de la presente Ley.
Que, el Artículo 40 de la Ley Nº 1737, Ley de 17 de diciembre de 1996, Ley del Medicamento, establece que el profesional farmacéutico que dispensa un medicamento, podrá ofrecer al usuario medicamentos similares del mismo principio activo de menor precio y garantizados. En caso de modificación del principio activo (D.C.I.) se deberá Consultar al profesional que prescribió el medicamento.
Que, el Artículo 41 de la norma precitada determina que el Ministerio de Desarrollo Humano a través de la Secretaría Nacional de Salud, en cumplimiento a sus programas de salud y por niveles de atención, queda facultado para autorizar la dispensación de medicamentos esenciales a los promotores o agentes de salud debidamente preparados para su manejo en localidades donde no existan profesionales de la salud con título universitario.
Que, el Artículo 89 del Reglamento a la Ley del Medicamento Decreto Supremo Nº 25235 determina que el profesional farmacéutico deberá dispensar los medicamentos de acuerdo a prescripción del facultativo.
Que, el Numeral 22 del Parágrafo I del Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 29894, de 07 de febrero del 2009, de Organización del Órgano Ejecutivo, determina como atribución de las Ministras y los Ministros del Órgano Ejecutivo, en el marco de las competencias asignadas al nivel central en la Constitución Política del Estado, de emitir las Resoluciones Ministeriales.
Que, el Parágrafo IV del Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 1868, de 22 de enero de 2014, dispone que en todo el texto del Decreto Supremo Nº 29894, se sustituye la denominación de “Ministra(o) de Salud y Deportes” por “Ministra(o) de Salud”.
Que, mediante la Nota Interna con CITE: MS/VMvSP/DGSS/UNIMED/N/1266/2015, de fecha 30 de noviembre de 2015, la Responsable de Área Suministro y Uso Racional UNIMED, por las vías correspondientes, solicita a la Viceministra de Salud y Promoción, la anuencia para la Resolución Ministerial que apruebe y autorice la impresión y publicación de la “GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS DE PRESCRIPCIÓN” y “NORMA DE BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN”.
Que, mediante Informe Técnico con CITE: MS/VMvSP/DGSS/UNIMED/IT/114/2016, de fecha 12 de abril de 2016, señala en la parte de justificación y viabilidad que: la Guía de Buenas Prácticas de Prescripción es un instrumento que garantizará la calidad en la atención en salud en los establecimiento de salud de todos los niveles de atención públicos y privados a través de la aplicación de procedimientos establecidos en la guía durante el proceso de utilización de los medicamentos.
Estado Plurinacional de Bolivia Ministerio de Salud
Que, el Informe Legal MS/DGAJ/UAJ/623/2016, de fecha 19 de abril de 2015, refiere que es procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe y autorice la impresión y publicación de la “GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS DE PRESCRIPCIÓN” y “NORMA DE BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN”.
POR TANTO:
LA MINISTRA DE SALUD, en uso de las atribuciones que le confiere el Decreto Supremo Nº 29894, de 07 de febrero de 2009,
R E S U E L V E:
ARTÍCULO PRIMERO.- Aprobar la “GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS DE PRESCRIPCIÓN” y “NORMA DE BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN” y autorizar la impresión y publicación a nivel Nacional, conforme al texto adjunto que forma parte integrante e indivisible de la presente Resolución; debiéndose inscribir la publicación institucional en los registros de Depósito Legal e ISBN.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Dirección General de Servicios de Salud y la Unidad de Medicamentos y Tecnología en Salud (UNIMED), quedan a cargo de la ejecución y cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Abog. Teresa L. Rosso Gutiérrez DIRECTORA GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS MINISTERIO DE SALUD
Germán Mamani Huallpa VICEMINISTRO DE MEDICINA TRADICIONAL E INTERCULTURALIDAD MINISTERIO DE SALUD
Dra. Ariana Campero Nava MINISTRA DE SALUD ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
INTRODUCCIÓN
Se ha comprobado que muchos pacientes usuarios de medicamentos cumplen con el tratamiento para solucionar su problema de salud, pero también existen otros que no lo cumplen, lo que en consecuencia genera complicaciones en el estado de salud de los pacientes, así como efectos sobre la salud pública, no logrando alcanzar los objetivos terapéuticos o que se produzcan efectos no deseados.
El servicio farmacéutico en el ámbito hospitalario y comunitario, implica un compromiso con el usuario de medicamentos, en el que se desempeñan actividades para asegurar su uso adecuado y para mejorar la calidad de vida de la población, con la intervención del farmacéutico quien comparte la responsabilidad con los otros profesionales de la salud para lograr el éxito de la farmacoterapia, tratando de evitar los efectos secundarios desfavorables y propiciar el uso racional a través del cumplimiento de la legislación vigente que integra procedimientos de investigación, preparación, dispensación, seguimiento fármacoterapéutico, utilización, información, educación, asesoramiento al personal de salud y usuarios de medicamentos, para la promoción de la salud y prevención de enfermedades.
Para mejorar la calidad de vida del paciente, no basta que el medicamento sea producido con calidad, es necesaria la intervención del profesional farmacéutico a lo largo de toda la trayectoria que el medicamento recorre hasta lograr el objetivo terapéutico para el que fue indicado y es él quien conoce del manejo eficiente de los medicamentos, para elevar la calidad de la atención en salud.
El servicio de Farmacia a través de la atención farmacéutica al paciente responde a la orden o prescripción médica y lleva a cabo la dispensación de medicamentos al paciente. El farmacéutico garantiza la calidad, seguridad y efectividad de los medicamentos para su entrega al paciente, asegurando que sea el que mejor se adapte a sus necesidades, brinda información a
través de una comunicación cálida con el paciente sobre el uso adecuado: la dosis o cantidad de medicamento a administrar, vía de administración, frecuencia del uso, momento del uso, duración del tratamiento indicado, precauciones durante el uso, efectos secundarios para lograr el cumplimiento de la terapia, adherencia al tratamiento y efectúa el seguimiento farmacoterapéutico necesario de acuerdo a la terapia indicada por el médico.
El farmacéutico desempeñará la práctica de la dispensación, con la seguridad que le otorga el respaldo científico, en el marco de los deberes éticos profesionales con el paciente/usuario y respeto entre los profesionales de la salud.
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CONTENIDO
BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN.........................................................13
1. OBJETIVO GENERAL....................................................................................13
2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS ........................................................................13
3. ÁMBITO DE APLICACIÓN..............................................................................14
4. BASE LEGAL..................................................................................................14
5. GENERALIDADES DE LA DISPENSACIÓN..................................................14
5.1. DEFINICIÓN DE DISPENSACIÓN..........................................................14
5.2. CARACTERÍSTICAS DEL BUEN DISPENSADOR ................................16
6. CONDICIONES PARA LAS BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN.....17
7. PROCESO DE LA DISPENSACIÓN...............................................................23
7.1. RECEPCIÓN AL PACIENTE....................................................................24
7.2. RECEPCIÓN Y VALIDACIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN..........................24
7.3. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN.....................25
7.4. SELECCIÓN Y PREPARACIÓN DE LOS MEDICAMENTOS
PARA SU ENTREGA...............................................................................26
7.5. ACONDICIONAMIENTO..........................................................................27
7.6. REGISTROS............................................................................................31
7.7. ELABORACIÓN DEL PERFIL FARMACOTERAPEÚTICO.....................31
7.8. REVISIÓN FINAL.....................................................................................34
7.9. ENTREGA DEL MEDICAMENTO Y EDUCACIÓN AL PACIENTE
EN EL USO ADECUADO DEL MEDICAMENTO.....................................34
8. LUGARES DE DISPENSACIÓN.....................................................................38
9. MODALIDADES DE DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS.......................38
BUENAS PRÁCTICAS DE DISPENSACIÓN
Las Buenas Prácticas de Dispensación, es el conjunto de procedimientos establecidos que aseguran el uso adecuado de los medicamentos. Una práctica correcta de dispensación garantiza que el medicamento correcto sea entregado al usuario indicado, en la dosificación y cantidad que indica la prescripción, con información clara sobre su uso y conservación, en un envase que garantice la estabilidad y permita mantener la calidad del medicamento.
La dispensación comúnmente se asume como un proceso simple y rutinario que no puede realizarse mal. La práctica inadecuada de dispensación puede alterar los beneficios de una cuidadosa selección, adquisición e inclusive alterar una distribución eficaz de medicamentos además de resultar en fracaso terapéutico.
Establecer procedimientos sistemáticos en la Norma de Buenas Prácticas de Dispensación de Medicamentos, para su aplicación en los establecimientos farmacéuticos para mejorar la calidad de atención en el servicio farmacéutico, mejorar el acceso a la atención sanitaria y promover el Uso Racional del Medicamento en beneficio de los pacientes a los que se atienden.
• Contribuir al cumplimiento de la prescripción médica y promover la prescripción racional.
• Orientar a los pacientes usuarios de medicamentos para el uso adecuado de los mismos.
• Contribuir al seguimiento farmacoterapéutico de pacientes según criterios específicos.
• Identificar y contribuir a la solución de los problemas relacionados con el uso de medicamentos.
• Promover la comunicación entre los profesionales de salud.
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Los farmacéuticos son profesionales sanitarios específicamente capacitados e instruidos que disponen de la autorización correspondiente, para que gestionen la dispensación de medicamentos a los usuarios y realicen las tareas adecuadas para garantizar la seguridad y uso eficaz de los medicamentos. Asimismo conocen que simplemente facilitar el medicamento a los usuarios, no es suficiente para alcanzar los objetivos terapéuticos.
Es compromiso de la profesión farmacéutica a nivel mundial promover la excelencia en el ejercicio profesional en beneficio de las personas a las que prestan servicio.
También se dirige sobre todo a estudiantes universitarios de grado de Farmacia que están a punto de iniciar los cursos clínicos e internado para lograr paso a paso la práctica de dispensación, enseñando las habilidades que serán necesarias durante toda la actividad profesional.
La misión de la profesión farmacéutica es contribuir a la mejora de la salud y ayudar a los pacientes con problemas de salud para que hagan el mejor uso de los medicamentos.
5.1. DEFINICIÓN DE DISPENSACIÓN
La dispensación de medicamentos es el acto del profesional farmacéutico legalmente habilitado, matriculado en el Ministerio de Salud, de proporcionar uno o más medicamentos a un paciente
generalmente como respuesta a la presentación de una receta elaborada por un profesional autorizado.
En este acto el profesional Farmacéutico entra en contacto con el usuario, valida la prescripción, interpreta la prescripción, selecciona el medicamento prescrito, lo acondiciona, registra la dispensación, documenta la dispensación e informa y orienta al paciente o usuario de medicamentos sobre el uso adecuado, reacciones adversas, interacciones medicamentosas y condiciones de conservación, proporciona los mismos de manera oportuna y responsable para alcanzar los objetivos terapéuticos y bienestar del usuario.
La práctica de la dispensación está destinada a permanecer como responsabilidad principal de los servicios farmacéuticos en cualquier establecimiento de salud legalmente autorizado en el territorio nacional, debido a que el farmacéutico se desempeña en dos escenarios contrastantes pero indispensables al conocer los aspectos prácticos del cuidado de la salud y la administración de medicamentos que abarcan el conocimiento de:
• Los principios de garantía de calidad, seguridad y eficacia de medicamentos que se comercializan en el país.
• La complejidad de la cadena de distribución y logística eficiente de las existencias de medicamentos.
• Las estructuras de precios de medicamentos en los mercados en los que se comercializan.
• La disponibilidad en el mercado nacional.
• Habilidades de brindar información y asesoría a pacientes.
• Obligaciones y responsabilidades en la prescripción y dispensación de los medicamentos, y al hacerlo arreglan cualquier conflicto de intereses.
Una Buena Práctica de Dispensación es promover en todo momento el uso racional del medicamento y promover el acceso a medicamentos mediante una adecuada gestión de suministro de los mismos.
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Serie: Dcumentos Técnico Normativos
El profesional farmacéutico debe garantizar la correcta elaboración en forma sistemática de las fórmulas magistrales y oficinales, formuladas por médico.
Asimismo participa en la identificación de errores de medicación, uso y abuso de medicamentos y evidencias relacionadas con productos falsificados o adulterados y productos con problemas de calidad o efectividad.
5.2. CARACTERÍSTICAS DEL BUEN DISPENSADOR
a) Ser amable y atender al usuario o paciente con calidad,
calidez, y carisma, preferentemente en el idioma del usuario.
b) Vestir adecuadamente (guardapolvo) con su respectivo
marbete de identificación.
c) Conocer la organización del servicio farmacéutico,
ubicación de los medicamentos en la farmacia y su clasificación en el área de almacenamiento
d) Conocer la Lista Nacional de Medicamentos Esenciales
(LINAME), Lista de Medicamentos esenciales Institucional, Cuadro Básico de Medicamentos Esenciales de los Seguros de Salud, Manual de prestaciones, legislación farmacéutica y otros documentos técnicos para realizar las atenciones.
e) Mantenerse actualizado para asesorar e informar al
usuario sobre el uso adecuado de los medicamentos.
f) Tener la capacidad para interpretar correctamente la prescripción médica.
g) Tener la capacidad de elaborar el perfil farmacoterapéutico
del paciente.
h) Conocer y aplicar los elementos éticos de la dispensación
de medicamentos.
i) Debe ser discreto guardando confidencialidad y evitando expresar opiniones personales o indiscretas sobre la
enfermedad del paciente o usuario y la medicación prescrita.
j) Predispuesto al diálogo horizontal con personas culturalmente distintas.
DISPENSACIÓN
El ambiente de trabajo adecuado limpio, seguro y organizado es imprescindible para que la práctica de dispensación de medicamentos se lleve a cabo de una manera óptima.
Los factores que condicionan la práctica correcta de dispensación que deben conocerse y mantenerse bajo control son:
Personal profesional
El personal que participa en la dispensación de medicamentos, es el profesional farmacéutico.
ü De acuerdo a los artículos 39 y 41 de la Ley
del Medicamento N° 1737 se reconoce como dispensadores de medicamentos a: Profesionales Farmacéuticos, Químico Farmacéuticos habilitados para el ejercicio de la profesión y matriculados en el Ministerio de Salud.
ü Promotores o agentes de salud que estén autorizados
por el Ministerio de Salud y que estén capacitados para la dispensación de medicamentos esenciales según el nivel de atención del centro hospitalario en localidades donde no existan profesionales de la salud.
El profesional farmacéutico del establecimiento farmacéutico deberá:
y de medicamentos genéricos.
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Serie: Dcumentos Técnico Normativos
esenciales para satisfacer las necesidades de enfermedades prevalentes de la población aplicando criterios de uso racional.
medicamentos disponibles en el establecimiento farmacéutico.
garantizar la calidad de los medicamentos disponibles verificando su registro sanitario y fecha de vencimiento.
y uso correcto de los medicamentos.
prescrito.
debido a que sus acciones en el servicio farmacéutico, serán de directa responsabilidad del farmacéutico.
los usuarios y mantenerse actualizado científicamente.
desarrollo profesional.
Almacenamiento.
sanitarias.
La dispensación de medicamentos y otros productos farmacéuticos es de responsabilidad exclusiva del profesional farmacéutico.
Ambiente físico
El servicio farmacéutico institucional se localiza con preferencia cerca a los servicios de consulta externa y emergencia, debe estar dotada de líneas telefónicas o con acceso a teléfono para la comunicación interna y externa
Dentro del establecimiento farmacéutico, se debe disponer de un área accesible a los pacientes, exclusiva para realizar el acto de la dispensación, con espacio protegido suficiente para realizar adecuadamente las tareas de la de acondicionamiento y entrega de medicamentos así como de información para su uso correcto.
Dentro de éste área, se define un espacio limitado solamente a personal autorizado, privado o semiprivado para atención individual de cada paciente para la intervención y atención confidencial si así se requiere.
El ambiente físico del área de dispensación y el área accesible a los pacientes del servicio farmacéutico se mantienen higiénicamente limpias, libre de suciedad y polvo.
Estanterías y superficies
En el espacio disponible para el acto de dispensación, la estantería, se organiza de manera de crear un área de trabajo seguro y eficiente. Que brinde las condiciones y suficiente espacio para el desplazamiento y flujo del personal durante el proceso de dispensación. La distancia que un dispensador recorre durante éste proceso se reduce al mínimo, con el objetivo de contribuir con la eficiencia en el servicio.
El mantener limpio un ambiente requiere una rutina periódica de limpieza de estantes y limpieza diaria de suelos, de superficies de trabajo y la eliminación diaria de residuos (basura).
Las superficies, estanterías y demás mobiliario en el servicio farmacéutico también deben estar libres de alimentos y bebidas. Los derrames deben limpiarse inmediatamente, especialmente si el líquido derramado es pegajoso, dulce o atractivo para insectos y moscas
Medicamentos, equipo y material de acondicionamiento
Todos los medicamentos e insumos en general, se acomodan y organizan adecuadamente en los estantes del servicio farmacéutico con la identificación clara y visible y debidamente conservados para mantener su calidad.
Las condiciones de almacenamiento establecidas en cada medicamento en cuanto se refiere a temperatura, luz y humedad deben cumplirse estrictamente a fin de mantener la estabilidad de los medicamentos como establecen las Buenas Prácticas de Almacenamiento.
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Los refrigeradores se utilizarán exclusivamente para medicamentos que requieran bajas temperaturas. Se deberá controlar regularmente de la temperatura del refrigerador como un procedimiento establecido, junto con acciones detalladas que deben adoptarse para reparar rápidamente la refrigeración si la temperatura cae fuera de los límites aceptables (por lo general +2 -8°C). Se supervisarán, descongelarán y limpiarán en horario habitual según cronograma establecido por el farmacéutico.
Los equipos y los materiales para el acondicionamiento de los medicamentos deben estar al alcance del dispensador, deben mantenerse en buen estado, bajo las condiciones de higiene y limpieza para evitar contaminación cruzada.
En el servicio farmacéutico el profesional farmacéutico, debe establecer un sistema de rotación de existencias que minimice el vencimiento de medicamentos.
Personal auxiliar
Para la atención eficiente en el servicio farmacéutico, se recomienda la cooperación de personal auxiliar que es seleccionado, capacitado y supervisado por el profesional farmacéutico en las actividades que se le asigne.
Se recomienda que se capacite sobre atención al cliente, buenas relaciones humanas, manipulación correcta de medicamentos. El personal auxiliar está impedido de realizar actos correspondientes a la dispensación o de ofrecer a los usuarios alternativas al medicamento prescrito, bajo responsabilidad del profesional farmacéutico.
Documentación
La documentación del proceso de dispensación de las prestaciones farmacéuticas posibilita la obtención de datos estadísticos que contribuyen a alcanzar mejoras en la atención sanitaria en general y en el uso de los medicamentos en particular. En este sentido los establecimientos farmacéuticos donde se dispensa medicamentos tendrán que disponer con los siguientes libros oficiales, los cuales
son foliados, debidamente actualizados y a disposición de los inspectores.
a) Libro de control de estupefacientes y psicotrópicos
donde se registra la dispensación de medicamentos controlados, como establece la Norma de administración de Psicotrópicos y Estupefacientes, archivo de recetas archivadas y archivo de recetas valoradas.
b) Manual de prestaciones, Lista de medicamentos
Esenciales, Lista de Medicamentos Esenciales Institucional, Formulario Terapéutico Nacional, Cuadro Básico de Medicamentos Esenciales de los Seguros de Salud (según correspondan), textos de Farmacología, Vademécum, Protocolos de tratamiento y otros que sean necesarios para proveer la información objetiva y segura al paciente.
c) Libro de ocurrencias donde se anotará y registrará
observaciones relativas al funcionamiento del establecimiento farmacéutico que se estimen convenientes, como rotación de personal, ausencias, cambios de horarios, etc.
d) Libro de recetas, cuando en el establecimiento
farmacéutico se preparen fórmulas magistrales y oficinales, las que serán copiadas en orden correlativo y cronológico.
Comunicación
La comunicación constituye la base de las relaciones interpersonales, ya que con ellas se intercambian mensajes e ideas. Se asienta en la capacidad de las personas para manejar la expresión verbal y no verbal (corporal, gestual, etc.). La relación farmacéutico paciente se basa en una comunicación global sobre medicamentos y salud que permita alcanzar los objetivos de la dispensación. Resulta de gran importancia el modo en que el farmacéutico transmite la información ya que debe procurar comprobar que lo informado fue comprendido. Corresponde que dicha atención se brinde en una atmósfera de privacidad, manteniéndose la confidencialidad de la información del paciente. Los productos y servicios brindados se otorgan de acuerdo con estándares y procedimientos éticos y científicos aceptados según las leyes vigentes.
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El éxito del tratamiento depende de la exactitud y eficacia de la comunicación del dispensador con el paciente. El farmacéutico, debe propiciar acercamiento, coordinación, respeto y aceptación entre culturas, comunicación fluida, preferentemente en el idioma del usuario, para lograr el vivir bien.
Vestimenta e identificación
Para ejercer su actividad, el farmacéutico vestirá guardapolvo blanco o similar y mantener correctos hábitos higiénicos en su vestimenta. El personal auxiliar deberá usar guardapolvo de diferente color al del profesional farmacéutico y mantener correctos hábitos higiénicos en su vestimenta. Deberá además, el personal del servicio farmacéutico en general exhibir en su vestimenta la identidad (marbetes) en función de su calificación técnica que lo acredita como profesional farmacéutico, personal auxiliar, etc.
Capacitación
La capacitación tanto de profesionales farmacéuticos como del personal auxiliar son de carácter permanente, a través de programas de educación continua, para lo cual se desarrollaran capacitaciones internas entre el personal del servicio. En el caso del personal farmacéutico el contenido de los programas de capacitación son sobre los siguientes temas:
• Política de Medicamentos • Regulación Farmacéutica y Sanitaria • Reglamentos y normas para el uso del recetario y la provisión de servicios farmacéuticos, atención farmacéutica • Funciones del farmacéutico y personal auxiliar • Normas fármaco terapéuticas • Técnica y metodología para educar al paciente sobre medicamentos • Gestión del suministro y vigilancia y control de medicamentos • Organización, estructura y objetivos del servicio de farmacia • Sistemas Informáticos (si se utilizan en las farmacias)
En el caso de personal auxiliar su capacitación debe incluir:
• Organización, estructura y objetivos del servicio de farmacia • Funciones del farmacéutico y personal auxiliar, • Aspectos básicos sobre medicamentos y gestión del suministro, • Normas y procedimientos para uso del recetario, • Área de empaque, acondicionado y dispensación de medicamentos, • Registros y Normas de almacenamiento de medicamentos.
El término proceso de dispensación, abarca todas las actividades involucradas, desde la recepción de la receta hasta la entrega de los medicamentos recetados al paciente.
En el proceso de dispensación de medicamentos son nueve las etapas que integran actividades que garantizan una atención con calidad y calidez:
entrega
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Serie: Dcumentos Técnico Normativos
7.1. RECEPCIÓN DEL PACIENTE
Saludar al paciente y presentarse demostrándole amabilidad y calidez desde el inicio de la atención.
7.2. RECEPCIÓN Y VALIDACIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN
La recepción de la receta debe ser realizada con amabilidad y cortesía, teniendo en cuenta que el servicio de farmacia, es el último servicio que el paciente visitará y será el farmacéutico el último profesional con el que tendrá contacto.
El farmacéutico (a) debe leer y entender la orden médica escrita antes de entregar un medicamento, identifica qué tipo de receta es y verifica que cumpla con todos los requisitos establecidos en la legislación vigente. Al momento de su recepción el profesional farmacéutico verifica si la prescripción del facultativo está inscrita con letra legible y clara, además confirma la información siguiente:
a) Datos administrativos: Establecidos por cada institución (pública, privada, seguridad social, etc.). Procedencia interna (cirugía, pediatría, ginecología, oncología, etc.). Servicio departamental de salud, municipio, red, establecimiento, tipo de atención (seguro de salud, programa, venta). Si corresponde en caso de que el establecimiento maneje el recetario recibo SNUS 02.
b) Datos del paciente: Nombres y apellidos, edad,
sexo, domicilio, otro registro si se lo asignaron en el establecimiento de salud, fecha de atención, diagnostico presuntivo o definitivo, código de prestación.
c) Datos del medicamento: Código de la Lista Nacional
de Medicamentos Esenciales (LINAME), nombre genérico (DCI), concentración, forma farmacéutica, cantidad en numeral y literal, indicaciones de uso (dosis, frecuencia, duración del tratamiento).
d) Datos del médico que prescribe la receta: Nombre,
sello, firma, teléfono.
e) Periodo de validez de la prescripción: Fecha de
expedición de la receta, fecha de expiración de la receta.
En función a la validación realizada, el profesional farmacéutico podrá decidir la dispensación o no del o los medicamentos y/o la pertinencia de una interconsulta con el prescriptor.
En caso de no atender lo solicitado en la receta, se debe comunicar al paciente el motivo de la no atención precautelando no cuestionar la actuación de otros profesionales sanitarios.
Vencido el plazo de validez de la receta fijado por el médico que prescribe la receta, no podrá dispensarse contra su presentación ningún medicamento que se expenda con receta médica.
Para la atención de recetas con prescripción de psicotrópicos y estupefacientes, la dispensación se ajustará a las condiciones particulares establecidas en el Manual para la administración de psicotrópicos y estupefacientes.
7.3. ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LA PRESCRIPCIÓN
Esta etapa incluye la lectura y comprensión de lo inscrito en la prescripción. Esta función es exclusiva del profesional farmacéutico, quien interpreta correctamente las abreviaturas utilizadas por los prescriptores, confirmar el código, nombre del medicamento, concentración, dosis e intervalo de dosificación y forma farmacéutica, cantidad, indicaciones farmacológicas o no farmacológicas en función al estado y situación particular de cada paciente.
El dispensador debe interpretar claramente qué medicamento está siendo solicitado para el diagnóstico establecido en la receta, qué medico lo prescribió, a que paciente se le prescribió, donde y cuando se le prescribió. Se asegura que la receta sea legible para su interpretación, si se evidencia un error en la prescripción o falta alguno de los requisitos, ésta no debe ser despachada sin antes solicitar al prescriptor la aclaración pertinente y resolver las dudas de la prescripción, para lo que también deben establecerse procedimientos para no perjudicar el desempeño de la atención en farmacia, se pueden utilizar sistemas de comunicación con la planta médica como notas adjuntas, mensajes al reverso de la receta, etc.
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Norma de Buenas Prácticas de Dispensación
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El farmacéutico puede adicionar, en la receta, rótulos auxiliares para añadir cualquier otra información que sea necesaria referente a cómo administrar, preparar y conservar el medicamento. Con el fin de lograr la adherencia del paciente a su tratamiento y cumplimiento de la terapia. Por ejemplo luego de la interpretación de alguna abreviación en la prescripción.
Se recomienda asignar un número a la prescripción, para ordenar y archivar las recetas.
No se recomienda la atención de órdenes hechas en forma oral, ya que debe existir un documento de respaldo, a excepción de aquellos medicamentos de venta libre y dispositivos médicos. En el sistema público, la receta médica (SNUS 02) se establece como un documento técnico, administrativo y legal en la normativa del Sistema Nacional y Único de Suministro SNUS D.S. 26873.
Las órdenes verbales para la administración de medicamentos, se pueden aceptar sólo en situaciones excepcionales y de emergencia, pero deberán oficializarse con la prescripción dentro de un periodo de tiempo acordado.
El profesional farmacéutico puede identificar interacciones comunes de los medicamentos, está facultado para ofrecer al usuario alternativas de medicamentos química y farmacológicamente equivalentes a los prescritos en la receta, en igual forma farmacéutica y dosis. Debiendo además de abstenerse de inducir al usuario a adquirir alguna de dichas alternativas.
7.4. SELECCIÓN Y PREPARACIÓN DEL MEDICAMENTO PRESCRITO
Una vez comprendida e interpretada la prescripción, el farmacéutico debe proceder a identificar el medicamento del mobiliario en el que se encuentra localizado y luego seleccionarlo para cuidadosamente verificar buenas condiciones organolépticas en las formas farmacéuticas, y buenas condiciones de envases primarios y secundarios, verificar la información inscrita en rótulos para asegurarse que el medicamento seleccionado corresponde al medicamento prescrito y cumple garantías de calidad.
Es importante en el servicio farmacéutico, disponer de un adecuado sistema de localización e identificación de los medicamentos, a fin de establecer un sistema de selección eficiente, rápido y preciso, para ello se requiere la destreza del profesional farmacéutico para ubicar los medicamentos de forma ordenada.
7.5. ACONDICIONADO
El profesional farmacéutico luego de asegurarse de haber seleccionado el medicamento prescrito, debe realizar un proceso de acondicionamiento para lo que es necesario contar con el equipo, material y condiciones adecuadas, así como tomar las medidas de higiene generales a fin de mantener la calidad e integralidad de los medicamentos.
Luego podrá disponer colocarlos en contenedores: bolsas, sobres, envases, paquetes, etc., de manera que asegure una buena conservación y traslado, respetando la cadena de frio cuando corresponda.
Los medicamentos expuestos continuamente al aire eventualmente se deterioran, por lo que es importante que los contenedores se abran y cierren de una en una vez.
En el caso de aquellos medicamentos que deben ser fraccionados a partir de envases hospitalarios como comprimidos y cápsulas, se inicia el procedimiento de re envasado, el que debe ser llevado a cabo en forma muy precisa, en un espacio exclusivo establecido dentro del servicio farmacéutico, con el material adecuado (cuenta comprimidos, envases), medidas de higiene estrictas (guantes e implementos adecuados) para evitar contaminaciones, la cantidad de medicamento envasado debe ser exacto a fin de lograr el objetivo terapéutico y una buena gestión de existencias físicas.
Proporcionar al paciente el medicamento en menor o mayor cantidad puede ocasionar fracaso terapéutico y envasar mayor cantidad de medicamento de lo prescrito puede causar pérdidas económicas para el establecimiento.
La preparación de medicamentos de forma magistral, es poco común en los Establecimientos Farmacéuticos. Sin embargo en aquellos donde se practica su elaboración, estos serán realizados por el farmacéutico, regente de farmacia y en caso de no ser
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efectuado por el mismo, deben estarán bajo su estricta supervisión y responsabilidad conforme establecen las Buenas Prácticas de Preparación de Medicamentos Magistrales, Oficiales y Oficinales.
El medicamento magistral, es diseñado o formulado por el prescriptor, de manera personalizada según requerimientos farmacológicos para el paciente. La fórmula es elaborada según las normas técnico – científicas establecidas y con el detalle de principios activos y excipientes que el prescriptor formuló. Estos preparados especiales van destinados a grupos reducidos de pacientes que no cuentan con alternativas comerciales para su tratamiento.
Otro aspecto que se considera luego del re envasado, es la elaboración del rotulo para identificar los envases de las formas farmacéuticas que en ocasiones se presentan a granel.
La rotulación de envases es individual, debe realizarse en forma clara y legible, señalando:
a) Nombre del establecimiento de salud
b) Dirección del establecimiento de salud
c) Nombre del medicamento
d) Concentración
e) Dosis
f) Forma de administración (vía e intervalo de administración)
g) Duración del tratamiento
h) Número de lote
i) Fecha de expiración
El rótulo del medicamento magistral envasado deberá señalar:
a) Nombre del establecimiento farmacéutico
b) Dirección del establecimiento farmacéutico en el cuál se
lo preparó
c) Nombre de la persona que elaboró el preparado
d) Fecha de elaboración del preparado
e) Fórmula completa
f) Dosis
g) Forma de administración (vía e intervalo de administración)
h) El nº de orden que le corresponde en el registro de recetas
de la farmacia.
Se debe colocar la palabra “tomar” o “aplicar” al inicio de la indicación según la forma de dosificación y uso de la forma farmacéutica, señalando si es de uso interno o externo. En las preparaciones de uso externo se debe remarcar escribiendo “no tomar” y en el caso de las suspensiones escribir “agitar el frasco antes de usar”. Figura 1.
Es importante evitar las abreviaturas y expresiones desconocidas no deben ser utilizadas.
Si la dosis viene expresada en miligramos, microgramos o gramos debe ponerse obligatoriamente la cantidad a la que corresponda ya sea en número de tabletas, cucharas, etc., escribiéndose en letras los números de la dosificación.
El horario debe establecerse utilizando palabras, se define el tiempo de administración para medicamentos de uso limitado; en caso de tratarse de pacientes que no pueden leer las indicaciones, éstas deben ser formuladas utilizando símbolos visuales.
Cuando no se entregue el medicamento en el envase original, se señalará también en el contenedor la información relativa a fecha de vencimiento y lote del producto.
Cuando hay escasez de recipientes adecuados, el etiquetado de los medicamentos es frecuentemente insuficiente o incluso inexistente. Como resultado los medicamentos dispensados a menudo se usan incorrectamente y por lo tanto no proporcionan al paciente un correcto tratamiento.
La rotulación es importante y útil incluso cuando el paciente es analfabeto; ya que algún miembro de la familia puede ser capaz de leer las instrucciones del rótulo. Asimismo útil e importante cuando
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un paciente ingresado en un hospital inconsciente o incapaz de comunicarse plenamente, los rótulos proporcionan información vital sobre el medicamento y la dosis para el clínico tratante. Figura 2.
Los rótulos pueden insertarse en los contenedores o engraparlas en sobres, bolsas para tabletas, cápsulas, etc., pueden ser pre – impresas, autoadhesivas para simplificar los procedimientos de la dispensación. Deben estar elaboradas en el idioma local, si los contenedores son de papel la información puede estamparse directamente sobre ellos.
Si se demuestra que las etiquetas escritas no son eficaces, deberá considerarse la utilización adicional de dibujos o gráficos que deberán combinarse con instrucción escrita.
Figura 1.- Etiqueta escrita
Jimena Céspedes Amoxicilina 500mg
Vto: Lote: 20 cápsulas Tomar 1 cápsula cada 8 horas 7:00 a.m. – 15:00 p.m. – 23:00 p.m.
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Dra. Patricia Tames 01/04/2016
Figura 2.- Etiqueta gráfica
Medicamento: Amoxicilina 1000 mg
Medicamento: Amoxicilina 1000 mg | | | Cantidad 14 | | | 1 | | 1 | Dosis: Tomar 1 comprimido en la mañana y otro en la noche durante 7 días | | | Nombre: Ángel Saucedo | | | 01/04/2016 Dispensa: Dra. Ximena Ortiz | | |
Cantidad 14
7.6. REGISTROS
Registrar la entrega de medicamentos a los pacientes en un establecimiento farmacéutico es importante para una eficiente administración. Estos registros son útiles para la verificación de las existencias físicas y son imprescindibles para resolver problemas relacionados con los medicamentos entregados a los pacientes.
Los registros deben realizarse de acuerdo a la normativa vigente establecida en la política de medicamentos. El registro de la dispensación en sistemas informáticos permite conservar toda ésta información, la que podrá ser recuperada para la elaboración de informes correspondientes, que sin duda alguna son útiles en la elaboración de estudios y cruce de información.
Paralelamente al registro sistematizado el registro de la dispensación de medicamentos controlados se la realiza de acuerdo al Manual para la Administración de Psicotrópicos y Estupefacientes de la Serie Regulación Farmacéutica.
El registro de preparados magistrales, se debe realizar en el cuaderno de recetas del establecimiento farmacéutico, en el cuál se copia la formulación del preparado en orden correlativo y cronológico.
Se debe mantener un archivo de los registros.
7.7. ELABORACIÓN DEL PERFIL FARMACOTERAPEÚTICO
El perfil farmacoterapéutico del paciente es un registro de información relativa a la terapia medicamentosa del paciente, es realizada de forma sistemática y contribuye a mejorar el cuidado de la salud.
La elaboración del perfil farmacoterapéutico tiene los siguientes fines:
medicamento por parte del paciente
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Serie: Dcumentos Técnico Normativos
comunicación con otros profesionales de la salud (registro de alergias medicamentosas, idiosincrasias en las respuestas, medicamentos no eficaces, prevención y control de interacciones, relacionando con las notificaciones de sospecha de reacciones adversas a medicamentos)
Se debe disponer de la siguiente información esencial en el perfil farmacoterapeutico del paciente:
de medicamentos previos, reacciones de idiosincrasia o/y otros efectos adversos a medicamentos
infusiones)
El perfil farmacoterapeutico, sirve como soporte base para realizar el seguimiento farmacoterapeutico que es considerado como el más importante de los servicios clínicos que un farmacéutico puede prestar en el equipo asistencial, en la ayuda al paciente y al médico para la solución de problemas.
Este instrumento además permite identificar:
En aquellos centros hospitalarios en los que se ha establecido un sistema de dispensación estandarizado y organizado y que cuenten con farmacéuticos especializados, se puede brindar servicios de seguimiento a la farmacoterapia.
Estos servicios se brindan a pacientes que acuden con regularidad y que debido a su farmacotarapia tengan la necesidad de recibir un servicio de seguimiento más avanzado.
Se puede realizar el seguimiento farmacoterapeutico en aquellos pacientes con enfermedades crónicas que requieren de un seguimiento por parte del farmacéutico y el personal médico.
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Serie: Dcumentos Técnico Normativos
El farmacéutico, integrándose al equipo de salud, podrá desarrollar actividades necesarias para asegurar un seguimiento terapéutico adecuado incluyendo revisión de pruebas de laboratorio, monitorización de reacciones adversas, brindar educación al paciente, etc.
Para esto se requiere que el farmacéutico tenga un alto grado de preparación en farmacoterapéutica y que trabaje en estrecha relación con el equipo de salud, para brindar servicios de calidad con beneficios para el paciente.
7.8. REVISIÓN FINAL
Esta función debe ser realizada por el profesional farmacéutico, quién antes de entregar el medicamento al paciente, verificará contra la receta si el medicamento acondicionado corresponde exactamente al medicamento prescrito, en cuanto a su concentración, forma farmacéutica y cantidad, verificando siempre la fecha de vencimiento para garantizar la entrega.
Un buen dispensador revisa el medicamento mediante la lectura cruzada de la etiqueta y la prescripción.
7.9. ENTREGA DEL MEDICAMENTO Y EDUCACIÓN AL
PACIENTE EN EL USO ADECUADO DEL MEDICAMENTO
Luego de una revisión final, el profesional farmacéutico puede garantizar la entrega del medicamento prescrito al usuario.
En ésta etapa el dispensador, deberá encargarse de que el usuario conozca el objetivo terapéutico para el cual el médico ha prescrito el medicamento desarrollando así, procesos de promoción de la salud, prevención, tratamiento y rehabilitación de la enfermedad, tal como establece el modelo de atención de salud familiar comunitaria intercultural SAFCI. Para ello complementará la atención realizada en el establecimiento de salud y brindará información clara sobre la forma correcta de administrarse el medicamento y los cuidados que debe tener en cuenta durante éste procedimiento.
En el caso de pacientes con discapacidades, las instrucciones deben formularse usando símbolos visuales, pueden entregarse folletos educativos escritos con la información necesaria a familiares.
Los aspectos que se consideran cuando se instruye, informa y advierte al paciente son:
Efectos del Medicamento: ¿Qué efecto se espera del medicamento? ¿Qué síntomas desaparecen y cuándo?
Importancia de tomar el medicamento: ¿Qué podría suceder si no se lo administra?
Efectos Adversos: ¿Qué efectos indeseables podrían ocurrir?, ¿Cómo reconocerlos?, ¿Cuánto tiempo durarán?, ¿Cuál será su intensidad o Gravedad?, ¿Qué hacer si ocurren?
Interacciones: ¿Qué alimentos, bebidas o actividades deberían evitarse mientras se utiliza un medicamento?, ¿Con que otros medicamentos interactúa?
Instrucciones: ¿Cuándo y cómo administrarse el medicamento?, ¿Cómo almacenar el medicamento en casa?, ¿Por cuánto tiempo debe administrarse el medicamento?, ¿Qué hacer en caso de presentar problemas?, ¿Qué hacer en caso de olvidar una o más dosis?, verificar la fecha de expiración y el estado de conservación del medicamento adquirido.
Advertencias: ¿Qué precauciones se debe tener durante el tratamiento?, dosis máxima recomendada, necesidad de continuar el tratamiento (antibióticos), o de no interrumpirlo bruscamente (beta bloqueadores, anticonvulsivos).
Las advertencias sobre los posibles efectos secundarios comunes pero inofensivos (náuseas, leves diarreas, cambio en el color de la orina) deben brindarse con precaución para evitar que el paciente detenga el tratamiento por miedo.
Deben mencionarse los efectos secundarios, solo con el consentimiento del prescriptor quien asume el riesgo cuando elabora la prescripción.
Próxima Consulta: ¿Cuándo regresar (o no)?, ¿Cuándo debe venir antes de lo previsto?, Información que el médico pueda necesitar para la próxima cita.
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Serie: Dcumentos Técnico Normativos
Otras indicaciones:
- Dieta: ¿Qué tipo de alimentos debe recibir?, ¿Cómo prepararlos?, ¿Cuantas raciones debe recibir?, Volumen de líquido que debe ingerir, etc.
- Ejercicio Físico: Necesidad de realizarlo, cual, como.
- Hábitos: Si hay hábitos que debe corregir.
Verificación de entendimiento: Solicitar al paciente repetir la instrucción emitida y preguntarle si tiene alguna duda. Luego el farmacéutico deberá asegurarse que el usuario ha comprendido la información brindada. Debe recomendarse al paciente la forma correcta de conservar los medicamentos en su domicilio para evitar la pérdida de sus propiedades farmacológicas.
El profesional farmacéutico debe Informar al usuario sobre los riesgos de la automedicación y recomendar el asesoramiento de un profesional de la salud, haciendo énfasis en los casos en los que debe consultar con el médico.
El profesional farmacéutico puede aconsejar sobre el uso de medicamentos por el grado de conocimientos y formación técnica adquiridos. Asimismo puede ofrecer alternativas de medicamento similares, del mismo principio activo, forma farmacéutica y concentración.
Se permite en la dispensación la sustitución por medicamentos multifuente en el sector tanto público como privado (excluidos los productos biológicos).
Se entiende por medicamento genérico o producto farmacéutico multifuente al equivalente farmacéutico o alternativa farmacéutica que puede o no ser equivalente terapéutico. Los medicamentos multifuente que son equivalentes terapéuticos son considerados como intercambiables.
En caso de encontrar otra alternativa diferente al principio activo (DCI), debe comentársela al profesional que prescribió para intercambiar criterios antes de dispensarlo.
A fin de brindar una adecuada información a los usuarios, se deberá tener acceso a información científica independiente y actualizada
sobre los medicamentos, a información referida a primeros auxilios, y emergencias toxicológicas, y a información oficial sobre las alternativas farmacéuticas de medicamentos.
Los pacientes deben ser tratados con respeto y es imprescindible mantener la confidencialidad e intimidad cuando se dispense medicamentos especiales para patologías especiales (Ej.: oncológicos, antiretrovirales, anti infecciosos).
A excepción de los medicamentos de venta libre (OTC) que no requieren receta médica, no deberá recomendarse ni dispensarse ningún tipo de medicamento, advirtiendo siempre al usuario sobre los peligros de la automedicación.
Por ningún motivo deben entregarse a los pacientes medicamentos próximos a expirarse. El farmacéutico deberá realizar los trámites correspondientes para la devolución al proveedor o disposición de acuerdo al Reglamento de Disposición y Baja de Medicamentos e Insumos Médicos.
En todos los establecimientos farmacéuticos, es importante implementar el control de fechas de vencimiento para evitar pérdidas por este concepto.
Cuadro 1. PROCESO DE LA DISPENSACIÓN
N° | PROCEDIMIENTO | ACTIVIDADES | RESPONSABLES 1 | Recepción del paciente | Saludar al paciente | Farmacéutico y paciente 2 | Recepción y Validación de la prescripción | Verificar datos (paciente, medicamento, médico) | Farmacéutico y paciente 3 | Análisis e interpretación de la prescripción | Leer Interpretar Comprender | Farmacéutico 4 | Selección y preparación del medicamento prescrito | Identificar Localizar | Farmacéutico 5 | Acondicionado | Fraccionar Contener Rotular | Farmacéutico
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6 | Registros | Guardar la información y registros | Farmacéutico 7 | Elaboración del perfil farmacoterapéutico | Elaborar la terapia medicamentosa | Farmacéutico y equipo de salud 8 | Revisión final | Garantizar la entrega | Farmacéutico 9 | Entrega e información al paciente del uso adecuado del medicamento | Informar Instruir Indicar Verificar la comprensión | Farmacéutico y paciente
De acuerdo a normas vigentes, se reconoce como lugares para la dispensación a:
• Farmacias Institucionales Municipales (FIM) • Farmacias Institucionales Municipales de Referencia (FIM – R) • Farmacias Institucionales y Hospitalarias • Farmacias Populares • Farmacias Privadas • Farmacias Magistrales • Boticas Comunales
La dispensación de medicamentos fuera de establecimientos autorizados, es considerada como venta ilegal, pasible a sanciones previstas en la legislación vigente.
La dispensación de medicamentos de venta libre se llevará a cabo únicamente en establecimientos autorizados para el efecto.
De acuerdo a normas vigentes, la dispensación de medicamentos se realizará bajo las siguientes modalidades:
a) Dispensación bajo receta valorada. Bajo esta modalidad se dispensarán todos aquellos medicamentos que contengan estupefacientes, prescritos de acuerdo a disposiciones legales en formularios oficiales valorados aprobados por el Ministerio de Salud (RECETA VALORADA), los que deben archivarse, como establece
el Manual para la Administración de Psicotrópicos y Estupefacientes.
b) Dispensación bajo receta archivada. Bajo esta
modalidad se dispensarán todos aquellos medicamentos denominados psicotrópicos, siendo prescritos en el recetario que contemple los datos establecidos en el Manual para la Administración de Psicotrópicos y Estupefacientes, la cual deberá numerarse y archivarse.
c) Dispensación bajo receta médica. Bajo esta modalidad
se dispensarán aquellos medicamentos que deben ser despachados al público previa presentación de la prescripción médica.
Es fundamental hacer énfasis en los medicamentos denominados de libre venta (OTC) que por sus características no requieren una prescripción médica o receta médica para su venta, así como los insumos médicos registrados dentro de la categoría de misceláneos.
La denominación de libre venta (OTC) a un medicamento la otorga la Unidad de Medicamentos y Tecnología en Salud del Ministerio de Salud a través de la Comisión Farmacológica Nacional.
Dentro de la categoría de productos misceláneos, están contemplados los insumos médicos como jeringas, gasas, vendas, hilos catgut, algodón, equipo de venoclisis, hojas de bisturí, agujas mariposa, tela adhesiva, etc. En algunos casos, el farmacéutico requerirá la especificación técnica del médico en lo referente al insumo, a fin de evitar reclamos posteriores.
El farmacéutico dará curso a la dispensación de medicamentos de venta libre y productos misceláneos sin necesidad de que exista la orden médica escrita.
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La salud... un derecho para vivir bien