Resolución Ministerial N° 1051/19
COPIA LEGALIZADA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL No.- 1051/19.-
La Paz, 30 de octubre de 2019.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Constitución Política del Estado, establece que “El Estado reconoce y sostiene la religión católica, apostólica y romana. Garantiza el ejercicio público de todo otro culto. Las relaciones con la Iglesia Católica se regirán mediante concordatos y acuerdos entre el Estado Boliviano y la Santa Sede”.
Que, el artículo 4 de la Constitución Política del Estado, determina que “El Estado respeta y garantiza libertad de religión y de creencias espirituales, de acuerdo con sus cosmovisiones. El Estado es independiente de la religión”.
Que, la Ley N° 530 Ley del Patrimonio Cultural Boliviano de 23 de mayo de 2014, en su artículo 2 dispone: “La presente Ley tiene como finalidad poner en valor las identidades culturales del Estado Plurinacional de Bolivia, sus diversas expresiones y legados, promoviendo la diversidad cultural, el dinamismo intercultural y la corresponsabilidad de todos los actores y sectores sociales, como componentes esenciales del desarrollo humano y socioeconómico del pueblo Boliviano”.
Que, la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, en fecha 30 de octubre de 2019, emite el Informe MTEPS-VMTP: -DGTHSO-AL PSA-0298-INF/19, señalando que: “... habiéndose evidenciado histórica y tradicionalmente que la celebración del DIA DE LOS DIFUNTOS, inicia el 1ro de noviembre al medio día y concluye al medio día del 02 de noviembre, se recomienda que a través de Resolución Ministerial se disponga otorgar de manera excepcional, TOLERANCIA EN LA JORNADA LABORAL del día viernes 01 de noviembre de 2019, para la administración pública, debiendo el sector privado adecuarse a la determinación por acuerdo de partes” (sic).
Que por Informe MTEPS/DGAJ-AJ N° 1176/2019, de 30 de octubre de 2019, emitida por la Dirección General de Asuntos Jurídicos, concluye que de acuerdo a lo dispuesto en los Decretos Supremos N° 22352 del 27 de octubre de 1989 y 2750 del 01 de marzo de 2016, que establecen el 02 de noviembre de cada año “Día de los Difuntos”, se constituye en FERIADO NACIONAL con suspensión de actividades públicas y privadas, sin embargo de lo detallado precedentemente por costumbre, tradición e historia, el día de los difuntos en Bolivia, inicia el 01 de noviembre al medio día, donde empieza el ritual religioso para recibir las almas de nuestros seres queridos cuya celebración concluye recién al medio día del día siguiente (2 de noviembre), por ello, en atención a las conclusiones de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, se recomienda autorizar de manera excepcional, tolerancia laboral por el día viernes 01 de noviembre de 2019, para la administración pública a nivel nacional, debiendo el sector privado adecuar la determinación por acuerdo de partes; mediante Resolución Ministerial.
POR TANTO:
El Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social en el marco de las atribuciones legalmente conferidas.
RESUELVE:
PRIMERO.- Disponer de manera excepcional, TOLERANCIA EN LA JORNADA LABORAL del día viernes 1ro. de noviembre de 2019, para la administración pública a nivel nacional; con la finalidad de revalorizar las tradiciones culturales por el “Día de los Difuntos”. En el caso del sector privado deberán adecuar esta determinación por acuerdo de partes.
SEGUNDO.- La tolerancia dispuesta no deberá ser considerada, bajo ninguna circunstancia, como permiso a cuenta de vacación o de otra índole, así mismo no podrán realizarse descuentos, siendo obligación de la parte empleadora o empleador el de cancelar el 100% del salario a sus trabajadoras y trabajadores.
Regístrese, comuníquese y archívese.
Fdo. Milton Gómez Mamani, MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL.
ES CONFORME: Fdo. Iván Ricardo Bascopé Sanjinés, VICEMINISTRO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL.
COPIA FIEL DEL ORIGINAL
La Paz, 30 de octubre de 2019
ARCHIVO CENTRAL
MASP R.M. 1051/19