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Resolución Ministerial139/22 Vigente

Resolución Ministerial No.- 139/22

Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social
2 de febrero de 2022
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1
Antigüedad
4 años

RESOLUCIÓN MINISTERIAL No.- 139/22.-

La Paz, 02 de febrero de 2022.

VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que, el Informe MTEPS-DGAA-UF-JASR-0011-INF/22 de 14 de enero de 2022, emitido por el Jefe de la Unidad Financiera, dirigido a la Directora General de Asuntos Administrativos, refiere que conforme lo acordado en la reunión entre el personal del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social (MTEPS) y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP) de fecha 07 de octubre de la gestión 2021, el MEFP solicitó que se efectúe la apertura programática del grupo de servicios personales, que en ese sentido se procedió a la apertura de la misma en 3 estructuras programáticas, en el Grupo de Gastos Servicios Personales: Programa 00 000 01 "GESTIÓN ADMINISTRATIVA - MTEPS", Programa 13 000 01 "PROTECCIÓN Y AMPLIACIÓN DE LOS DERECHOS SOCIOLABORALES", Programa 48 000 01 "GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO", recomendando que se realicen las modificaciones necesarias en el sistema POA R a fin de cumplir con lo requerido por el Órgano Rector; asimismo, adjunta el acta de la reunión efectuada el 07 de octubre de 2021.

Que, por Nota Interna MTEPS-DGAA-UF-PPTO-BWAA-0002-NOT/22 de 21 de enero de 2022, la Unidad Financiera, señala que los ajustes planteados son requeridos a fin de cumplir con los nuevos lineamientos del MEFP que serán implementados a partir de la gestión 2022 para adelante, en el marco de las nuevas políticas económicas de gobierno; que en la reunión con el MEFP se solicitó que se efectúe la apertura del grupo de gasto de Servicios Personales por estructura programática, con el fin de medir los resultados por programas no solo de gastos de funcionamiento si no también que se incluyan los gastos que se incurren en sueldos y partidas colaterales incurridos en un determinado programa.

Que, al respecto, la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, mediante Informe MTEPS-VMTPS-DGTHSO-ASIO-RAVG-0017-INF/22 de 24 de enero de 2022 y la Dirección General del Servicio Civil, mediante Informe MTEPS-VESCyCOOP-DGSC-MMCPH-0005-INF/22 de 25 de enero de 2022, ambas solicitaron la modificación al Plan Operativo Anual de la presente gestión.

Que, la Dirección General de Planificación, emitió el Informe MTEPS-DGP-VAPL-0011-INF/22 de 28 de enero de 2022, con visto bueno del Director General de Planificación, Edson Ali Espinoza, con referencia "MODIFICACIÓN POA 2022 DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Y DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO CIVIL".

Que, la Dirección General de Asuntos Administrativos, emitió el Informe MTEPS-DGAA-UF-PPTO-BWAA-0005-INF/22 de 31 de enero de 2022, con referencia "MODIFICACIÓN POA 2022 DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO, HIGIENE Y SEGURIDAD OCUPACIONAL Y DIRECCIÓN GENERAL DEL SERVICIO CIVIL".

CONSIDERANDO:

Que, los numerales 3 y 4, parágrafo I, artículo 175 de la Constitución Política del Estado, señalan que las Ministras y Ministros de Estado, tienen la atribución de la gestión de la Administración Pública en el ramo correspondiente y dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia; el parágrafo II del mismo artículo establece que las Ministras y los Ministros de Estado, son responsables de los actos de administración adoptados en sus respectivas Carteras.

Que, el artículo 6 de la Ley N° 1178 de 20 de julio de 1990, modificado por el parágrafo II, Disposición Adicional Segunda de la Ley N° 777 de 21 de enero de 2016, establece que el Sistema de Programación de Operaciones traducirá los planes estratégicos de cada entidad, concordantes con los planes generados por el Sistema de Planificación Integral del Estado, en las tareas específicas a ejecutar; en procedimientos a emplear y en medios y recursos a utilizar, todo ello en función del tiempo y del espacio; esta programación será de carácter integral, incluyendo tanto las operaciones de funcionamiento como las de inversión.

Que, el Decreto Supremo N° 29894 de 7 de febrero de 2009, establece la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional, define las atribuciones de la

Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente y de las Ministras o Ministros, así como los principios y valores que deben conducir a los servidores públicos, orientando la gestión pública por principios de eficiencia, eficacia, competencia y resultados. Así también, en el numeral 22, parágrafo I, artículo 14, establece entre las atribuciones de las Ministras o Ministros del Órgano Ejecutivo, la de emitir resoluciones ministeriales, bi-ministeriales y multiministeriales en coordinación con los Ministros que correspondan, en el marco de sus competencias.

Que, el artículo 17 del Decreto Supremo N° 3246 de 05 de julio de 2017, Normas Básicas del Sistema de Programación de Operaciones, señala que el Plan Operativo Anual se articula con el Presupuesto Anual, vinculando una a una las acciones de corto plazo con los programas correspondientes de la estructura programática del presupuesto.

Que, el artículo 15 del Reglamento Específico del Sistema de Programación de Operaciones (RE-SPO) del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 410/18 de 02 de mayo de 2018 y el artículo 18 del Reglamento Específico del Sistema de Presupuesto del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social aprobado mediante Resolución Ministerial N° 081/21 de 01 de febrero de 2021, determinan que tanto la Programación Operativa Anual, como el Presupuesto, deben ser aprobados mediante Resolución Ministerial.

Que, asimismo, el artículo 18 del Reglamento Específico del Sistema de Programación de Operaciones del Ministerio (RE-SPO) de Trabajo, Empleo y Previsión Social, con relación a la modificación del POA, señala que la Dirección General de Planificación, se manifestará sobre la viabilidad de la solicitud y que en caso de continuar el trámite se coordinará con la Unidad Financiera de la Dirección General de Asuntos Administrativos para determinar las implicancias del requerimiento.

Que, mediante Resolución Ministerial N° 844/21 de 10 de septiembre de 2021, se aprobó el Plan Operativo Anual 2022 y Anteproyecto de Presupuesto Institucional 2022 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social.

Que, al respecto, la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, mediante Informe MTEPS-VMTPS-DGTHSO-ASIO-RAVG-0017-INF/22 de 24 de enero de 2022 y la Dirección General del Servicio Civil, mediante Informe MTEPS-VESCyCOOP-DGSC-MMCPH-0005-INF/22 de 25 de enero de 2022, ambas solicitaron la modificación al Plan Operativo Anual de la presente gestión, conforme describen los documentos del Anexo 1 "Matriz de Modificación del POA" de los antecedentes, los cuales cuentan con el visto bueno de la Dirección General de Planificación, que reflejan la inclusión de Actividades y Tareas Específicas, respectivamente.

Que, asimismo, ambos Informes señalan que de acuerdo a reuniones sostenidas con la Dirección General de Asuntos Administrativos y la Dirección General de Planificación, se determinó que para dar cumplimiento a las nuevas directrices del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, si bien el presupuesto de las Actividades en el POA 2022, con referencia a la categoría programática del grupo de servicios personales, será entrelazada a las actividades de la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional y de la Dirección General del Servicio Civil, la emisión de certificaciones presupuestarias y certificaciones POA, así como la administración de presupuesto sobre el grupo de servicios personales, será responsabilidad de la Unidad de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General de Asuntos Administrativos, en el marco de sus competencias.

CONSIDERANDO:

Que, la Dirección General de Planificación, mediante Informe MTEPS-DGP-VAPL-0011-INF/22 de 28 de enero de 2022, justifica la necesidad de modificar el Plan Operativo Anual 2022 respecto a la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional y la Dirección General del Servicio Civil; asimismo, señala que las modificaciones van en función a una directriz emitida por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, así como en cumplimiento y concordancia a la distribución del presupuesto grupo 10000 de Servicios Personales aprobado a objeto de viabilizar la ejecución del POA - Presupuesto favorablemente; asimismo, señala que las modificaciones planteadas, no afectan el cumplimiento de las Acciones de Corto Plazo ni las Operaciones establecidas inicialmente por cada una de éstas; refiere que los ajustes a realizar serán a nivel de Actividades y Tareas

Específicas, respectivamente, conforme describe el Anexo 1 "Matriz de Modificación del POA" de los antecedentes.

Que, la Dirección General de Asuntos Administrativos, mediante Informe MTEPS-DGAA-UF-PPTO-BWAA-0005-INF/22 de 31 de enero de 2022, señala que el presupuesto aprobado para la gestión 2022, para el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social para el grupo "1000 Servicios Personales", se encuentra registrado y aprobado en el Sistema SIGEP, en atención a la solicitud efectuada por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en las siguientes aperturas programáticas: Programa 13 000 01 "PROTECCIÓN Y AMPLIACIÓN DE LOS DERECHOS SOCIOLABORALES" y Programa 48 000 01 "GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO", que por lo tanto no se solicita efectuar una modificación presupuestaria.

Que, mediante Informe Legal MTEPS-DGAJ-UGJ-0036-INF/22 de 02 de febrero de 2022, la Dirección General de Asuntos Jurídicos, señala que en mérito al análisis legal expuesto y de acuerdo con la normativa citada, se concluye que la solicitud de modificación del Plan Operativo Anual (POA) 2022 correspondiente a la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional y la Dirección General del Servicio Civil, se encuentra enmarcada en la normativa vigente y técnicamente justificada conforme al Informe MTEPS-DGP-VAPL-0011-INF/22 de 28 de enero de 2022 y su Anexo 1 "Matriz de Modificación del POA", de la Dirección General de Planificación e Informe MTEPS-DGAA-UF-PPTO-BWAA-0005-INF/22 de 31 de enero de 2022 de la Dirección General de Asuntos Administrativos, que en consecuencia, es procedente la emisión de Resolución Ministerial de modificación al Plan Operativo Anual 2022.

POR TANTO:

La Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en uso específico de sus atribuciones conferidas por ley.

RESUELVE:

PRIMERO.- Aprobar la modificación del Plan Operativo Anual (POA) 2022, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, correspondiente a la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional y a la Dirección General del Servicio Civil, de conformidad al Informe de la Dirección General de Planificación MTEPS-DGP-VAPL-0011-INF/22 de 28 de enero de 2022 y su Anexo 1 "Matriz de Modificación del POA".

SEGUNDO.- Aprobar el Informe MTEPS-DGP-VAPL-0011-INF/22 de 28 de enero de 2022 y su Anexo 1 "Matriz de Modificación del POA", de la Dirección General de Planificación; el Informe MTEPS-DGAA-UF-PPTO-BWAA-0005-INF/22 de 31 de enero de 2022 de la Dirección General de Asuntos Administrativos y el Informe Legal MTEPS-DGAJ-UGJ-0036-INF/22 de 02 de febrero de 2022, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, que en anexos forman parte indisoluble de la presente Resolución Ministerial.

TERCERO.- La Dirección General de Planificación de esta Cartera de Estado, queda encargada del seguimiento y cumplimiento de las modificaciones al Plan Operativo Anual 2022 y realizar los trámites correspondientes.

CUARTO.- La Dirección General de Asuntos Administrativos de esta Cartera de Estado, en el marco de sus competencias, queda encargada de la emisión de las certificaciones presupuestarias mediante la Unidad Financiera y de la emisión de certificaciones POA, así como de la administración de presupuesto sobre el Grupo de Gasto 10000 "Servicios Personales", mediante la Unidad de Recursos Humanos, para fines de cumplimiento de la presente Resolución Ministerial.

Regístrese, comuníquese y archívese.

Fdo. Verónica Patricia Navia Tejada, MINISTRA DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL.

ES CONFORME: Fdo. Gonzalo Omar Zambrana Avila, VICEMINISTRO DE EMPLEO, SERVICIO CIVIL Y COOPERATIVAS.

Fdo. Fabiola Pareja Gutiérrez, DIRECTORA GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS - MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL.

MASF R.M.- 139/22

La Paz, 02 de febrero de 2022.

Miguel Ángel Segundo Frech ENCARGADO DE ARCHIVO CENTRAL UNIDAD ADMINISTRATIVA MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL.

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