VolverRESOLUCIÓN MINISTERIAL 170-2025
Ministro de Hidrocarburos y Energías
ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
MINISTERIO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 170-2025
La Paz, 17 OCT 2025
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, los Numeral 3 y 4 del Parágrafo I del Artículo 175 de la Constitución Política del Estado determinan entre las atribuciones de las Ministras y los Ministros del Estado, la gestión de la Administración Pública en el ramo correspondiente y el de dictar normas administrativas en el ámbito de su competencia.
Que, el Artículo 10 del Decreto Supremo Nº 0181 “Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios” de 28 de junio de 2009 referente a las funciones y responsabilidades de las entidades públicas dispone: “Las entidades públicas tienen las siguientes funciones y responsabilidades: a) Cumplir y hacer cumplir las presentes NB-SABS y su reglamentación; b) Implantar el SABS…”.
Que, el Artículo 142 del Decreto Supremo Nº 181, establece: “Tiene por objetivo lograr la racionalidad en la distribución, uso y conservación de los activos fijos muebles de las entidades públicas”.
Que, el Artículo 143 del citado Decreto Supremo indica: “Las disposiciones contenidas en este Capítulo, se aplicarán a todos los activos fijos muebles de propiedad de la entidad y los que estén a su cargo o custodia”.
Que, el Artículo 141 de la citada norma legal señala: “La administración de activos fijos muebles, es la función administrativa que comprende actividades y procedimientos relativos al ingreso, asignación, mantenimiento, salvaguarda, registro y control de bienes de uso de las entidades públicas”.
Que, el Artículo 158 de la señalada disposición legal establece: “La administración de activos fijos inmuebles es la función administrativa que comprende actividades y procedimientos inherentes al uso, conservación, salvaguarda, registro y control de edificaciones, instalaciones y terrenos”.
Que, el Artículo 159 del Decreto Supremo Nº 181, establece: “La administración de activos fijos inmuebles tiene por objetivo lograr la racionalidad en el uso y conservación de las edificaciones, instalaciones y terrenos de las entidades públicas, preservando su integridad, seguridad y derecho propietario”.
Que, el Artículo 160 del citado Decreto Supremo señala: “Las disposiciones de este Capítulo se aplicarán a todos los bienes inmuebles de propiedad de la entidad pública y los que estén a su cargo o custodia”.
Que, el inciso w) del Parágrafo I del Artículo 14 del Decreto Supremo Nº 4857 de 06 de enero de 2023, de Organización del Órgano Ejecutivo dispone entre las atribuciones y obligaciones de las Ministras y los Ministros del Órgano Ejecutivo, emitir Resoluciones Ministeriales en el marco de sus competencias.
Que, el inciso b) del Parágrafo I del Artículo 112 de la citada norma legal señala: “La Dirección General de Asuntos Administrativos tiene las siguientes funciones: (…) b) Desarrollar, implementar y supervisar la aplicación de los sistemas financieros y no financieros establecidos en las normas de administración y Control Gubernamentales”.
Que, el inciso b) del Artículo 20 del Reglamento Específico del Sistema de Organización Administrativa (RE-SOA), aprobado por Resolución Ministerial Nº 109-2023 de 21 de agosto de 2023, determina: “El Diseño Organizacional deberá formalizarse en el Manual de Organización y Funciones y en el Manual de Procesos y Procedimientos, los cuales deberán
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La Paz, Bolivia - www.mhe.gob.boser aprobados mediante Resolución Ministerial (...) b) El Manual de Procesos y Procedimientos debe describir la denominación y objetivo del proceso, las normas de operación, la descripción del proceso y sus procedimientos, los diagramas de flujo, los formularios.
Que, el Artículo 29 del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (RE-SABS) del Ministerio de Hidrocarburos y Energías aprobado con Resolución Ministerial N° 110-2023 de 21 de agosto de 2023, dispone: "La Administración de Activos Fijos Muebles e Inmuebles está a cargo del Área de Activos Fijos cuyo responsable es el Encargado de Activos Fijos. Las funciones que cumple el responsable de Activos Fijos Muebles e Inmuebles son: a) Organizar la administración de los activos fijos Muebles e Inmuebles basada en las operaciones de distribución, salvaguarda, mantenimiento y control".
Que, el numeral 4 del Manual de Procesos y Procedimientos aprobado mediante Resolución Ministerial N° 160-2023 de 23 de noviembre de 2023, define el procedimiento como la secuencia de tareas específicas para realizar una operación o parte de ella.
Que, el Informe MHE-DGAA-UFIN-INF/2025-0102 de 13 de mayo de 2025, emitido por la Unidad Financiera dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, en su parte pertinente señala: "En el marco del Artículo 4-. REVISIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL MANUAL del Manual de Procedimientos para la Administración de Activos Fijos vigente, corresponda la actualización del mismo por: i) Los cambios que se dieron en la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo con la promulgación del Decreto Supremo N°4857 de 06 de enero de 2023, permitieron la aprobación de la modificación a la Planilla Presupuestaria y la Estructura Organizacional aprobada mediante la Resolución Ministerial N°018-2023 de 10 de febrero de 2023. ii) La experiencia de aplicación del Manual en relación a las actividades cotidianas, así como la implementación del Sistema de Administración de Activos Fijos interno, demuestran que se requiere efectuar incorporaciones y/o modificaciones normativas, según corresponda. iii) La emisión del Manual de Procesos y Procedimientos que establece el formato para realizar la descripción específica de cada proceso. Para el efecto, se adjunta una tabla denominada Matriz de Cambios, en la cual se expone y justifica cada uno de los ajustes efectuados", asimismo concluye: "Conforme a los criterios contenidos en el presente informe, se concluye la necesidad de concretar las diligencias para la aprobación del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE ACTIVOS FIJOS DEL MINISTERIO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍAS, adjunto al presente".
Que, el Informe MHE-DGAA.URHA-INF/2025-0366 de 17 de septiembre de 2025, emitido por el Encargado de Recursos Humanos y Normas dependiente de la Dirección General de Asuntos Administrativos, concluye: "El presente informe tiene el propósito de fundamentar y recomendar la aprobación del "Manual de Procedimientos para la Administración de Activos Fijos" del Ministerio de Hidrocarburos y Energías, con la finalidad de normar y estandarizar los procesos relacionados con el registro, control, administración y mantenimiento de los bienes de activo fijo institucional, en el marco de la normativa vigente. Por lo tanto y luego de revisar el Manual de Procedimientos para la Administración de Activos Fijos elaborado por el Área de Activos Fijos del Ministerio de Hidrocarburos y Energías, se concluye que: 1. El Ministerio de Hidrocarburos y Energías, en cumplimiento al DS N°318 y normativa conexa, debe garantizar el adecuado manejo y control de estos bienes. 2. El Manual de Procedimientos para la Administración de Activos Fijos responde a la necesidad de contar con un instrumento normativo técnico operativo que regule los procesos de administración de bienes, en concordancia con el RE-SABS y las Normas Básicas de Contabilidad Integrada. 3. La aprobación del contenido del nuevo Manual de Procedimientos para la Administración de Activos Fijos coadyuvará en la transparencia, eficiencia y responsabilidad en la gestión de activos fijos institucionales tanto el control interno y externo de la gestión institucional".
Que, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Hidrocarburos y Energías mediante Informe MHE-DGAA-UJGU-INF/2025-0399 de 10 de octubre de 2025,
"2025 BICENTENARIO DE BOLIVIA"concluye: "De conformidad a lo expuesto precedentemente, se tiene que el requerimiento efectuado por la Dirección General de Asuntos Administrativos del Ministerio de Hidrocarburos y Energías a través de los Informes MHE-DGAA-UFIN-INF/2025-0102 de 13 de mayo de 2025 y MHE-DGAA-URHA-INF/2025-0366 de 17 de septiembre de 2025, para la aprobación del "Manual de Procedimientos para la Administración de Activos Fijos del Ministerio de Hidrocarburos y Energías", se enmarca en lo establecido por la normativa legal vigente, en consecuencia, corresponde la emisión de la respectiva Resolución Ministerial".
POR TANTO:
El Ministro de Hidrocarburos y Energías en uso de sus atribuciones conferidas por la normativa jurídica vigente.
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Aprobar el "Manual de Procedimientos para la Administración de Activos Fijos", que en Anexo adjunto forma parte integrante e indivisible de la presente Resolución Ministerial.
ARTÍCULO 2.- La Dirección General de Asuntos Administrativos queda encargada de publicar la presente Resolución Ministerial en la página web oficial de esta Cartera de Estado y de dar cumplimiento y ejecución del mismo.
ARTÍCULO 3.- Se deja sin efecto la Resolución Ministerial Nº 024-2022 de 10 de marzo de 2022.
Regístrese, comuníquese y archívese.