Resolución Ministerial No.- 1690/23
COPIA LEGALIZADA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL No.- 1690/23.
La Paz, 01 de diciembre de 2023.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, mediante Nota CITE: CSTL-FTAGB N° 194/2023 recepcionada el 21 de noviembre de 2023, los miembros del Comité Ejecutivo Nacional de la CONFEDERACIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES DE LUZ-FUERZA, TELECOMUNICACIONES, AGUAS Y GAS DE BOLIVIA, solicitaron a la Ministra de Trabajo, Empleo y Previsión Social, emita Resolución Ministerial y se declare tolerancia excepcional el 04 de diciembre de la presente gestión, por el “Día del Trabajador Eléctrico”, tanto para el sector público como para el privado, adjuntando al efecto copia legalizada de la Resolución Ministerial N° 1166/21 de 02 de diciembre de 2021, la cual resuelve: “Autorizar a las Empresas del Sector Eléctrico, otorgar tolerancia el día sábado 04 de diciembre de 2021 con el goce del ciento por ciento (100%) de haberes, a favor de las trabajadoras y trabajadores eléctricos, en conmemoración al “Día del Trabajador Eléctrico” con la finalidad de que asistan a los actos programados por su organización sindical. La referida tolerancia no podrá suspender ni afectar el servicio correspondiente, debiendo acordarse entre partes las condiciones respectivas para garantizar la continuidad del mismo.” (sic).
Que, la Constitución Política del Estado establece en su Artículo 51, Parágrafo I, que todas las trabajadoras y trabajadores, tienen el derecho a organizarse en sindicatos de acuerdo con la ley. De igual forma el Parágrafo IV, establece que el Estado respetará la independencia ideológica y organizativa de los sindicatos, los cuales gozan de personalidad jurídica por el solo hecho de organizarse y ser reconocidos por sus entidades matrices.
Que, mediante Resolución Ministerial N° 832/2014 de 03 de diciembre de 2014, se dispuso autorizar a las empresas del sector eléctrico otorgar tolerancia para el día 04 de diciembre de 2014 a favor de las trabajadoras y los trabajadores del sector eléctrico, con motivo de conmemorar el “Día del Trabajador Eléctrico”; similar disposición fueron emitidas a través de las Resoluciones Ministeriales N° 970/15 de 03 de diciembre de 2015; N° 1217/2017 de 01 de diciembre de 2017 y N° 1166/21 de 02 de diciembre de 2021.
Que, mediante Informe MTEPS-VMTPS-DGTHSO-YAMM-0264-INF/23 de 30 de noviembre de 2023, la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional, concluyó que: “...Corresponde la atención de la solicitud presentada por la Confederación Sindical de Trabajadores de Luz-Fuerza Telecomunicaciones, Aguas y Gas de Bolivia, en el entendido de que esta determinación ha sido asumida en reiteradas oportunidades y no se tiene antecedentes de que dichos actos administrativos hubieran sido impugnados...” (sic).
Que, por Informe MTEPS-DGAJ-UAJ-YQQ-1936-INF/23 de 30 de noviembre de 2023, la Dirección General de Asuntos Jurídicos de conformidad al Informe MTEPS-VMTPS-DGTHSO-YAMM-0264-INF/23 de 30 de noviembre de 2023, emitido por la Dirección General de Trabajo, Higiene y Seguridad Ocupacional; y considerando la existencia de pronunciamientos administrativos anteriores emitidos por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, concluyó autorizar, tolerancia laboral a favor de las trabajadoras y los trabajadores eléctricos, para el día lunes 04 de diciembre de 2023 por ser esa la fecha de conmemoración al “Día del Trabajador Eléctrico”, a objeto de que asistan a los actos programados por su organización sindical, sea mediante Resolución Ministerial, debiendo acordarse entre partes las condiciones para garantizar la continuidad del servicio y sin que implique perjuicio para la prestación del mismo.
POR TANTO: