26 DE NOVIEMBRE DE 1971 .- Amplia plazo de servicios de almacenaje de carga que presta "AADAA" al comercio, mientras se aprueban tarifas.
DECRETO SUPREMO N° 10020
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 09078, de 2 de febrero de 1970, se amplió hasta el 30 de junio de 1970 el plazo para el cobro de los servicios de almacenaje a que se refieren los artículos 2° y 3° del Decreto Supremo Nº 08968, de 27 de octubre de 1969, en favor de la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros (AADAA), por los servicios que presta al comercio importador y exportador, hasta que sea aprobado por el Supremo Gobierno el proyecto de tarifas y servicios de manipuleo y almacenamiento de carga;
Que, mientras se estudie y apruebe dicho proyecto deben adoptarse las medidas necesarias para evitar perjuicios económicos a la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros (AADAA).
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Mientras se apruebe por el Supremo Gobierno el Proyecto de Tarifas, para los servicios de manipuleo y almacenamiento de carga que presta al comercio é industria la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros (AADAA), se amplía el plazo de vigencia de los porcentajes señalados en los artículos 2° y 3° del Decreto Supremo N° 08968, de 27 de octubre de 1969, cuyo cobro se extiende además a los distritos de Oruro, Cochabamba y Santa Cruz y donde la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros tenga establecidas sus operaciones de manipuleo y almacenamiento de carga, desde el momento en que se presten estos servicios.
ARTÍCULO 2.- Apruébase los cobros efectuados por la AADAA en los porcentajes señalados anteriormente desde el 1°. de julio de 1970 hasta la fecha del presente Decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de la La Paz, a los veintiseis dias del mes de noviembre de mil novecientos setenta y un años
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Raúl Lema Peláez, Sergio Leigue Suarez, Carlos Valverde Barbery, Hugo Gonzalez Rioja, Ciro Humboldt Barreo, Jose Gil Reyes, Ambrosio García Rivera, Carlos Serrate Reich, Héctor Ormachea Peñaranda, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.