15 DE DICIEMBRE DE 1971 .- Dispone el Censo de Población y Habitación de la ciudad de Oruro, bajo responsabilidad del Instituto Nacional de Estadística.
DECRETO SUPREMO N° 010046
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es indispensable levantar un Censo de Población y Vivienda en la ciudad de Oruro, para orientar y definir los planes de desarrollo en que está empeñado el Supremo Gobierno;
Que, el Instituto Nacional de Estadística, dependiente del Ministerio de Planificación, en cumplimiento de sus específicas atribuciones, ha faccionado un Plan de Trabajo integral de levantamientos censales, con la finalidad de preparar el Censo Nacional, siendo por lo tanto, necesario establecer su organización y alcance.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Bajo la directa responsabilidad del Instituto Nacional de Estadística, dependiente del Ministerio de Planificación, dispónese la realización del Censo de Población y Habiación de la ciudad de Oruro.
ARTÍCULO 2.- Concluído la etapa de elaboración cartográfica y una vez aprobado el plan Censal, el Instituto Nacional de Estadística, fijará la fecha en que se efectuará el Censo de Población y Habitación de la ciudad de Oruro.
ARTÍCULO 3.- La autoridad Comunal de la ciudad de Oruro, dictará las normas correspondientes para la realización y buen éxito de la operación censal.
Los señores Ministros de Planificación y Gobierno, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y un años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Andrés Selich Shop, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Raúl Lema Peláez, Hugo Gonzalez Rioja, Ciro Humboldt Barrero, Ambrosio García Rivera, Carlos Serate Reich, Héctor Ormachea Peñaranda, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.