18 DE FEBRERO DE 1972 .- Dispone la venta del inmueble de propiedad de CONAVI situado ,en la calle Constitución Nº 164 de La Paz, en favor de la Federación de Constructores, en la forma que señala.
DECRETO SUPREMO Nº 10126
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Federación de Constructores de la ciudad de La Paz. no cuenta con una sede social apropiada para realizar sus reuniones, no obstante de ser una de las Federaciones que cuenta con un número considerable de afiliados.
Que, para tales fines ha sido ofrecido en venta por CONAVI el inmueble, ubicado en la calle Constitución Nº 164 de esta ciudad, que reune las condiciones requeridas al efecto propuesto.
Que, se ha convenido sobre el precio y la cosa en condiciones favorable a los intereses del Estado, no siendo en este caso aplicable la expropiación del referido inmueble.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se dispone la venta del inmueble sito en la calle Constitución Nº 164 de esta ciudad de propiedad de CONAVI, inscrito en la Oficina de Derechos Reales de este Departamento bajo la partida Nº 392 de fojas 392 del libro Primero "A" de 1966, en favor de la Federación de Constructores de La Paz, por la suma de $b. 205.700.- libremente convenidos y que será cancelada en el plazo de 20 años, en la forma y condiciones que se estipule en la minuta de transferencia, debiendo cancelarse con los fondos provenientes del 0,30% Pro- Sedes Sociales, y Campos Deportivos.
ARTÍCULO 2.- El inmueble de referencia será destinado exclusivamente para sede social de la Federación de Constructores de La Paz.
ARTÍCULO 3.- Se encomienda a los Ministros de Estado en los Despachos de Trabajo y Asuntos Sindicales, de Urbanismo y Vivienda, Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, para la firma de la escritura respectiva en representación del Gobierno, con todas las cláusulas de seguridad y garantía.
Los señores Ministros de Estado en las Carteras de Trabajo y Asuntos Sindicales y de Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos setenta y dos años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles, Edmundo Nogales Ortíz, Hugo González Rioja, Alfredo Arce Carpio.