28 DE MARZO DE 1972 .- Prorrógase los alcances del Decreto Supremo N° 10105 de 21 de enero último, en sus Artículos 1°, 2° y 3°, hasta el 30 de abril del año en curso.
DECRETO SUPREMO N° 10169
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo N° 10105 de 21 de enero de 1972, se ha dispuesto conceder facilidades para que las mercaderías importadas pendientes de nacionalización, con almacenamiento acumulado, puedan ser despachadas hasta el 31 de marzo del año en curso, con el pago de sólo un mes de la tasa de servicios prestados incluído en el Impuesto Adicional más un recargo de $b. 100.- en concepto de multa por cada póliza presentada; facultándose transitoriamente a las Administraciones Distritales de las Aduanas de la República, pronunciar resoluciones de levantamiento de rezago a petición expresa de los interesados, previa inclusión de la póliza de importación correspondiente, sin el pago de los recargos del 5% y 3% previstos en el Art. 185 de la Ley Orgánica de Administración Aduanera y Art. 3° del D.S. N° 0443 de 2 de febrero de 1946, y habiéndose sujetado este régimen de excepción al pago inmediato de los gravámenes aduaneros respectivos;
Que, el plazo otorgado mediante el precitado Decreto, ha sido insuficiente como para permitir a la industria y comercio tramitar sus pólizas de importación para legalizar las mercaderías que aún permanecen en los depósitos aduaneros, especialmente aquellas que fueron extraídas a “depósito particular”, en observación de la Circular Aduanera N° 162/70, por lo que corresponde prorrogar los efectos del referido Decreto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Prorrógase los alcances del Decreto Supremo N° 10105 de 21 de enero último, en sus Artículos 1°, 2° y 3°, hasta el 30 de abril del año en curso.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de marzo de mil novecientos setenta y dos años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez. Aguirre, Julio Prado Salmón, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortiz, Hugo González Rioja, Alfredo Arce Carpio.