14 DE ABRIL DE 1972 .- Aprueba la compensación de cuentas entre el Tesoro General de la Nación y Y.P.F.B. al 31-XII-69 en la forma que indica
DECRETO SUPREMO Nº 10206
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 08242 de fecha 24 de enero de 1968, todas las Empresas Públicas descentralizadas, entre ellas Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, deben proceder a la compensación de adeudos correspondientes a impuestos, servicios prestados y otros, con el Tesoro General de la Nación;
Que, para el objeto antes indicado, el Ministerio de Finanzas formó una comisión especial integrada por personas del indicado portafolio y la entidad fiscal del petróleo, la misma que procedió a estudiar y analizar las cuentas objeto de compensación al 31 de diciembre de 1969;
Que, la mencionada comisión “Salces Iriarte”, estableció la deuda del Tesoro de la Nación a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos en la cantidad de Pesos Bolivianos 30.577.942.40, y que por su parte ésta adeuda al Tesoro General de la Nación la suma de $b. 23.166.833.85, sin tomar en cuenta los siguientes conceptos, los que deberán ser incluídos para la correspondiente compensación:
Impto, a la Renta Total retenido a empleados de YPFB., por la gestión de 1969.
Notas de cargo giradas por la Direc. de Aduanas p. Serv. Prestados gestiones 1962/69.
Menos: Importe consignado en la conciliación de cuentas presentado p. la comisión “Salces-Iriarte” Saldo Neto pendiente: | 673.342.56 1.709.243.49 3.841.161.30 6.223.747.35 2.681.106.65 3.542.640.70 428.014.82 789.057.50 551.764.90 237.292.60
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C O N S I D E R A N D O:
Que, es necesario regularizar las cuentas entre Y.P.F.B., y el Tesoro General de la Nación al 31 de diciembre de 1969, mediante la presente disposición legal.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba la compensación de cuentas efectuadas entre el Tesoro General de la Nación y Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos al 31 de diciembre de 1969 conforme a la siguiente liquidación:
Adeudos del Tesoro General de la Nación a Y.P.F.B. al 31/12/69, según informe “Salces Iriarte” ……………………………………… MENOS: Saldo a favor del Tesoro General de la Nación al 31/12/69 s/. informe “Salces Iriarte”.............................................................. Notas de Cargo de la Dirección de la Renta Nos. 249, 250 y 257 (Saldo)………………. Impuesto a la Renta Total retenido a empleados de Y.P.F.B., por el año 1969……. Saldo pendiente de las Notas de Cargo giradas por la Aduana………………………. Saldo en favor de Y.P.F.B. | | 23.166.833.85 3.542.640.70 428.014.82 237.292.60 | 30.577.942.40 27.374.781.97
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$b. 3.203.160.43
ARTÍCULO 2.- En la presente conciliación de cuentas no se incluye las regalías del 19% que corresponde a los meses de noviembre y diciembre de 1969, establecidos por los DD. SS. Nos. 08959 y 08986 de 25 de octubre y 7 de noviembre de 1969.
ARTÍCULO 3.- Con la compensación aprobada por el presente Decreto, no quedan cargos pendientes de las Direcciones de la Renta y Aduana contra Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, al 31 de diciembre de 1969.
ARTÍCULO 4.- Las Notas de Cargo de las Direcciones de la Renta y Aduana objeto de la presente compensación, son exencionadas de multa é intereses.
ARTÍCULO 5.- Las Notas de Cargo giradas por la Dirección de Aduanas que fueron desestimadas por la Comisión Mixta de Finanzas y Yacimientos que ascienden a la suma de $b. 3.840.301.90, se declaran inprocedentes debiendo efectuarse el correspondiente archivo de obrados.
ARTÍCULO 6.- El saldo de $b. 3.203.160.43, será cargado a las regalías del 19% establecido por el Decreto Supremo N° 08959.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Energía o Hidrocarburos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de abril de mil novecientos setenta y dos años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, Roberto Capriles Gutiérrez, Héctor Ormachea Peñaranda, José Gil Reyes, Alfredo Arce Carpio.