14 DE ABRIL DE 1972 .- Autoriza al Servicio Nacional de Caminos transferir a la Cooperativa de Ahorro y Crédito, para Vivienda "SeNAC", el lote de terreno en la Pampa de San Clemente de Potosí.
DECRETO SUPREMO Nº 10214
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Servicio Nacional de Caminos, posée en propiedad un lote de terreno de 10.000 metros cuadrados en la Pampa de San Clemente de la ciudad de Potosí;
Que, la Cooperativa de Ahorro y Crédito para la Vivienda “SENAC POTOSI LTDA.”, integrada por el personal de trabajadores del Servicio Nacional de Caminos de aquel Distrito, ha solicitado la transferencia de dicho lote de terreno, con destino a la construcción de viviendas para sus asociados;
Que, el Servicio Nacional de Caminos, no le da ningún uso al referido lote de terreno por contar con otro edificio propio y adecuado para el funcionamiento de dicha entidad vial en aquel Distrito;
Que, es deber del Supremo Gobierno velar por la solución integral del problema habitacional de este Sector de trabajadores del Estado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Servicio Nacional de Caminos a efectuar la transferencia en calidad de venta, en favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito para la Vivienda “SENAC POTOSI LTDA.”, del lote de terreno de diez mil metros cuadrados (10.000 mts2.) que posée dicha entidad en la Pampa de San Clemente de la ciudad de Potosí y que corresponde a las manzanas M4-M5 y MI5, de acuerdo al plano de urbanización elaborado por la Junta de Obras Públicas de aquella ciudad, por un precio global de $b. 24.000.- (Veinticuatro mil 00/100 Pesos Bolivianos); precio que figura en las respectivas escrituras e inventarios del Servicio Nacional de Caminos (Distrito de Potosí).
ARTÍCULO 2.- Dichos terrenos, serán destinados exclusivamente a la construcción de viviendas de los socios de la Cooperativa de Ahorro y Crédito para la Vivienda “SENAC POTOSI LTDA.”, no pudiendo dársele otro uso distinto.
ARTÍCULO 3.- Se faculta a los señores Directores del Servicio Nacional de Caminos, Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, en representación del Estado, suscribir con los personeros legales de “SEMAC POTOSI LTDA.”, la escritura de transferencia correspondiente.
E1 señor Ministro de Transportes y Comunicaciones, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de abril de mil novecientos setenta y dos años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Ciro Humboldt Barrero, Mario Méndez Elías, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Alfredo Arce Carpio.