23 DE MAYO DE 1972 .- Declara de necesidad y utilidad publica la expropiación del inmueble de los señores Rene L. Contreras y Roberto Fernández en Oruro para ampliación campos deportivos Asociación Basket Ball.
DECRETO SUPREMO Nº 10273
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, es deber del Gobierno Nacionalista alentar en el pueblo la cultura física, dotando a las entidades deportivas de los medios necesarios para el cumplimiento de los fines que persiguen;
Que, la Asociación Departamental de Basket Ball de la ciudad de Oruro, ha solicitado la expropiación a los inmuebles contiguos a su principal campo deportivo ubicado y entre las calles La Paz, Oblitas y Belzu de propiedad de los señores René Luis Contreras y Roberto Fernández en una extensión de 393,63 m2, y 148.98 m2. respectivamente;
C O N S I D E R A N D O:
Que, de acuerdo con el artículo 22 de la Constitución Política del Estado procede la expropiación de bienes inmuebles de propiedad particular para fines de interés colectivo;
Que, las autoridades de Baloncesto se comprometen cancelar el justo precio por el valor de la indemnización, a cuyo fin ya tienen los recursos económicos necesarios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Declárase de necesidad y utilidad pública, la expropiación de los inmuebles de propiedad de René Luis Contreras y Roberto Fernández en una extensión de 393,63 m2. y 148.48 m2. respectivamente, ubicados entre las calles La Paz, Oblitas y Belzu de la ciudad de Oruro, con destino a la ampliación de los campos deportivos de la Asociación de Basket Ball.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Prefectura del Departamento de Oruro tramitará la expropiación de los referidos inmuebles con sujeción a los requisitos establecidos por el Decreto Supremo de 4 de abril de 1879, elevado a rango de ley en 30 de diciembre de 1884.
ARTÍCULO TERCERO.- El pago del valor del inmueble a expropiarse, se efectuará con los fondos propios que tiene recaudados para este fin la Asociación Departamental de Basket Ball de Oruro.
El señor Ministro del Interior, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de mayo de mil novecientos setenta y dos años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo Gonzáles Rioja, Alfredo Arce Carpio.