24 DE MAYO DE 1972 .- Aprueba el Presupuesto Adicional de la Comisión Nacional de Reforma Universitaria, en la forma que indica.
DECRETO SUPREMO Nº 10279
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que, el Presupuesto de la Comisión Nacional de Reforma Universitaria, fue aprobado mediante D.S. Nº 09947 de 8 de octubre de 1971, habiendo fenecido en su ejecución el 31 de marzo del año en curso;
Que, en atención a que las labores de la merituada Comisión se prolongarán hasta el mes de junio del presente año, corresponde disponer la aprobación del presupuesto adicional respectivo, con cargo a las participaciones que tienen las Universidades del país en la renta neta disponible del Tesoro Nacional, proveniente de los tributos recaudadanos por las oficinas de la Renta Interna y de Aduanas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Comisión Nacional de Reforma Universitaria, para su vigencia durante los meses de abril, mayo y junio de la Gestión Fiscal de 1972, de conformidad con el siguiente detalle:
INGRESOS
(En pesos Bolivianos)
FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS.-
Código | Fuente | Presupuesto 1972
---|---|---
Abril a Junio
I | NACIONALES | 638.800.-
4 | TRANSFERENCIAS | 638.800.-
Del Gobierno Nacional Central | 638.800.-
Participación de las Universidades en los ingresos de la Renta Neta Nacional
generada por las Direcciones de Renta Interna y Renta Aduanera:
UNIVERSIDADES | PORCENTAJE | IMPORTE
---|---|---
La Paz | 29.2 | 186.500.-
Sucre | 14.2 | 90.700.-
Cochabamba | 19.4 | 123.900.-
Oruro | 12.5 | 79.800.-
Potosí | 12.8 | 81.800.-
Santa Cruz | 5.1 | 32.600.-
Tarija | 4.6 | 29.400.-
Beni | 2.2 | 14.100.-
T o t a l : | 638.800.-
EGRESOS
(En pesos Bolivianos)
CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO.
Código | Descripción | Presupuesto 1972
---|---|---
110 | SERVICIOS PERSONALES | 406.800.-
110 | EMPLEADOS PERMANENTES | 406.800.-
117 200 | Sueldos SERVICIOS NO PERSONALES | 406.800.- 174.000.-
210 | COMUNICACIONES Y SERVICIOS PUBLICOS | 9.000.-
211 220 | Correos, Cables, Telégrafos PUBLICIDAD E IMPRENTA | 9.000.- 20.000.-
221 222 230 | Publicidad Imprenta TRANSPORTES Y GASTOS DE VIAJE | 10.000.- 10.000.- 35.000.-
231 232 270 | Gastos por Pasajes Viáticos SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES | 20.000.- 15.000.- 70.000.-
273 290 | Estudios, Investigaciones y Proyectos OTROS SERVICIOS NO PERSONALES | 70.000.- 40.000.-
291 300 | Asignaciones Globales MATERIALES Y SUMINISTROS | 40.000.- 58.000.-
310 | SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICACIONES | 48.000.-
311 312 313 320 | Papelería Publicaciones Suministros Varios de Oficina SUMINISTROS GENERALES | 20.000.- 3.000.- 25.000.- 10.000.-
324 | Alimentos | 10.000.-
T o t a l : | 638.800.-
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Educación y Cultura, y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de mayo de mil novecientos setenta y dos años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo Gonzáles Rioja, Alfredo Arce Carpio.