23 DE JUNIO DE 1972 .- Autoriza al Ministerio de Finanzas, llamar a propuestas conforme a Ley para la adquisición de un edificio para la Dirección General de Aduanas.
DECRETO SUPREMO Nº 10316
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, por Decreto Supremo Nº 09437 de 4 de noviembre de 1970, se destinó a la Escuela Normal Superior “Simón Bolívar” el edificio ocupado por la Dirección General de Aduanas, comprendido entre la Plaza Antofagasta y las Avenidas Perú y Montes de la ciudad de La Paz;
Que, a consecuencia de dicha disposición, la Dirección General de Aduanas se vió en la necesidad de trasladarse a oficinas alquiladas en el centro de la ciudad, las mismas que no reúnen las condiciones requeridas para el normal funcionamiento de sus reparticiones y atención al público contribuyente;
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Presupuesto asignado a la Dirección General de Aduanas contempla el Código 251, “Alquiler de edificios y terrenos”, del cual se eroga anualmente la suma de CUATROCIENTOS MIL PESOS BOLIVIANOS ($b.- 400.000.-) por concepto de pago de alquileres de las oficinas que ocupa en los edificios “Tobía”, “The Strongest”, “Centro Aduanero” y otros;
Que, dichos fondos pueden ser utilizados para amortizar un crédito destinado a la adquisición de un edificio propio y adecuado para la Dirección General de Aduanas, con el beneficio de eliminar de sus presupuesto una erogación indefinida por concepto de pago de alquileres.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al Ministerio de Finanzas a llamar a propuestas conforme a Ley para la adquisición de un edificio propio para la Dirección General de aduanas, en la ciudad de La Paz.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase al Banco del Estado a otorgar un crédito al Ministerio de Finanzas hasta la suma de TRES MILLONES DE PESOS BOLIVIANOS ($b. 3.000.000.), con destino a la adquisición del inmueble señalado y gastos emergentes, a una tasa del seis por ciento (6%) anual y un plazo de diez años.
ARTÍCULO TERCERO.- El crédito será cubierto por el Ministerio de Finanzas, mediante amortizaciones con los fondos asignados anualmente al Presupuesto de la Dirección General de Aduanas para el pago de alquileres.
El señor Ministro de Estado en el despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de junio de mil novecientos setenta y dos años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario Adett Zamora, Edwin Rodríguez Aguirre, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Alfredo Arce Carpio.