23 DE AGOSTO DE 1972 .- Confiere la "MEDALLA DEL CODIFICADOR" Y mensión honrosa los ciudadanos que indica.
DECRETO SUPREMO Nº 10425
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, mediante Decreto del Honorable Senado Nacional de 20 de septiembre de 1832 el Gobierno del Mariscal Andrés de Santa Cruz instituyó la “Medalla del Codificador” con la Leyenda “La Patria premia un buen servicio”, destinada a condecorar a ciudadanos eminentes que hubiesen realizado labor de eleboración de Códigos;
C O N S I DE R A N D O :
Que, el Supremo Gobierno de la Nación, en fecha 15 de enero de 1964, otorgó la indicada condecoración a los ciudadanos Drs. Manuel Durán Padilla, Hugo César Cadima, Manuel José Juztiniano, Raúl Calvimontes N. del P., Pacífico Ledezma, Humberto Ardúz, Modesto Burgoa Vera, Hugo Sandoval Saavedra, Pastor Ortíz Mattos, Carlos Terrazas Tórres, Enrique Oblitas Poblete, Julio López L., José Flores Moncayo y Alcides Alvarado, por su trabajo de elaboración de los anteproyectos de los Códigos Penal, Civil, de Comercio, Familia, Procedimiento Civil, Penal y Ley de Organización Judicial, que se les encomendó por el Decreto Ley N° 06038, de 23 de marzo de 1962;
C O N S I DE R A N D O :
Que, por Decreto Ley Nº 10110 de 28 de enero de 1972, se designó la Comisión Coordinadora de los anteproyectos de Código Penal, de Comercio, Familia, Procedimiento Penal y Ley de Organización Judicial, a fin de que éllos sean promulgados como leyes de la República, compuesta por los ciudadanos Drs. Wálter Morales Aguilar como Presidente, en su calidad de Subsecretario de Justicia, José Dardo Gamarra, Enrique Oblitas Poblete, Guillermo Rivero Elío, René Baldivieso y Modesto Burgoa Vera, los mísmos que, a la conclusión de su obra y bajo la presidencia del Dr. Angel Baldivieso Echazú, en actual ejercicio de la Subsecretaría de Justicia, entregaron al Gobierno los indicados proyectos de cuerpos legales, luego de esforzado trabajo y cuidadoso estudio, que en la fecha han sido promulgados;
Que, esta labor de coordinación, por su gran trascendencia nacional, efectuada con el mayor esfuerzo y dedicación, hace acreedora también a sus autores de la indicada condecoración;
C O N S I DE R A N D O :
Que, tan importante tarea ha sido cumplida en el período ministerial del señor Cnl. Don. Mario Adett Zamora, que contribuyó con patriotismo para que la renovación de los códigos sea una realidad.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO1.- Confiérese la Medalla del Codificador a los ciudadanos Cnl. Don Mario Adett Zamora, Ministro del Interior, Dr. Angel Baldivieso Echazú, Subsecretario de Justicia y Drs. Wálter Morales Aguilar, René Baldivieso, Guillermo Rivero Elío y José Dardo Gamarra, que les será impuesta en ecto especial a realizarse en la fecha, en el Palacio de Gobierno.
ARTÍCULO 2.- Otórgase mención honrosa a los ciudadanos Drs. Modesto Burgoa Vera y Enrique Oblitas Poblete, que anteriormente recibieron la indicada condecoración, por su patriótica labor en la conclusión de esta magna obra.
El señor Ministro Secretario de la Presidencia de la República, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de agosto de mil novecientos setenta y dos años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Alfredo Arce Carpio.