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Decreto Supremo10465 Vigente

Decreto Supremo N° 10465

Presidencia
12 de septiembre de 1972Vigente desde 12 de septiembre de 1972

12 DE SEPTIEMBRE DE 1971 .- Aprueba el presupuesto adicional para el Ministerio de Educación y Cultura par la gestión 1972.

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Antigüedad
53 años

DECRETO SUPREMO N° 10465

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante D.S. N° 10248 de 9 de mayo del año en curso fue aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público, en el que, no se consignó presupuesto para la Dirección Distrital de Educación Urbana de La Paz, debido a que no fue dado a conocer el requerimiento respectivo por los encargados de la programación de ingresos del Ministerio de Educación y Cultura;

Que, por lo anteriormente anotado, las sumas aprobadas para la Dirección Distrital de Educación Urbana, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura, son insuficientes para atender a las necesidades de la mencionada Dirección, y la Cuenta 3-J-14, tiene como recaudación la suma de $b. 51.900.- por concepto de la matrícula escolar de los establecimientos Fiscales;

Que, es necesario aprobar el Presupuesto Adicional de la presente gestión de 1972, para la Dirección Distrital de Educación Urbana dependiente del Ministerio de Educación y Cultura por la suma de $b. 51.900.- para el cumplimiento de sus obligaciones.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo ÚNICO

Apruébase el Presupuesto Adicional para el Ministerio de Educación y Cultura para la gestión de 1972, correspondiente a la Dirección Distrital de Educación Urbana de La Paz, de acuerdo al siguiente detalle:

I N G R E S O S (En Pesos Bolivianos)
FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:
CódigoFuentePresupuesto 1972
INACIONALES51.900.-
5.-OTROS51.900.-
5.1.5Jefatura del Distrito Escolar51.900.-
T o t a l :51.900.-
E G R E S O S (En Pesos Bolivianos)
CLASIFICACIÓN POR OBJETO DEL GASTO :
CódigoDescripciónPresupuesto 1972
200SERVICIOS NO PERSONALES44.6000.-
220PUBLICIDAD E IMPRENTA6.500.-
222.5.1.5Imprenta6.500.-
230TRANSPORTE Y GASTOS DE VIAJE20.000.-
231.5.1.5Gastos por Pasajes8.000.-
232.5.1.5Viáticos12.000.-
260MANTENIMIENTO Y REPARACIONES10.700.-
261.5.1.5Edificios10.000.-
262.5.1.5Equipo700.-
290OTROS SERVICIOS NO PERSONALES7.400.-
291.5.1.5Asignaciones Globales7.400.-
300MATERIALES Y SUMINISTROS7.300.-
310SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICACIONES7.300.-
313.5.1.5Suministros Varios de Oficina7.300.-
T o t a l :51.900.-

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación y Cultura y de Finanzas, quedan encargados del cumplimiento y ejecución del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y dos años.

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Arturo Cronenbold Parada, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivián.

Versión 1 de 1Vigente desde 12 de septiembre de 1972