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Decreto Supremo10637 Vigente

Decreto Supremo N° 10637

Presidencia
15 de diciembre de 1972Vigente desde 15 de diciembre de 1972

15 DE DICIEMBRE DE 1971 .- Se aprueba el presupuesto adicional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Aeronáutica Civil, como anticipo a la gestión 1973.

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Antigüedad
53 años

DECRETO SUPREMO Nº 10637

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Empresa Nacional de Ferrocarriles, por la situación crítica que atraviesa, ha solicitado un soporte financiero adicional que permita solventar un mejor desenvolvimiento de la operación ferroviaria;

Que, el Supremo Gobierno en atención a que dicha Empresa debe cumplir obligaciones perentorias relativas al pago de los beneficios sociales de fin de año, tanto a los trabajadores activos, como a los beneficiarios de la Caja Social de Feroviarios, juzga conveniente aprobar un presupuesto adicional, tendiente a solucionar esta situación;

Que, por las razones anotadas, se hace necesario aprobar un Presupuesto Adicional para el Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, a fin de reforzar económicamente su presupuesto para el normal desenvolvimiento por un total de $b. 10.088.100.- con recursos del Tesoro Nacional;

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo ÚNICO

Apruébase el Presupuesto Adicional del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, correspondiente a la gestión vigente como anticipo para la gestión presupuestaria de 1973, por la vía de excepción con destino a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, de acuerdo al siguiente detalle:

I N G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

CódigoFuentePresupuesto Adicional 1972
I 1.-NACIONALES Tesoro Nacional TOTAL:10.088.100.- 10.088.100.- 10.088.100.- = = = = = = =

E G R E S O S

(En Pesos Bolivianos)

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

CódigoDescripciónPresupuesto Adicional 1972
800 830APORTACIONES APORTE LOCAL POR CONVENIO DE PRESTAMO Empresa Nacional de Ferrocarriles TOTAL:10.088.100.- 10.088.100.- 10.088.100.- 10.088.100.- = = = = = = =

Los señores Ministros de Estado en las Carteras de Finanzas, Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y dos años.

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Guido Humerez Cabrera, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.

Versión 1 de 1Vigente desde 15 de diciembre de 1972