15 DE DICIEMBRE DE 1971 .- Se aprueba e1 presupuesto adiciona1 del Ministerio de Finanzas, para la gestión de 1972.
DECRETO SUPREMO Nº 10638
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO;
Que, mediante los Decretos Supremos Nos. 16380 de 28 de julio y Nº 10621 de 5 de diciembre, ambos del presente año, se ha dispuesto que el Tesoro General de la Nación pague las cuotas correspondientes al primer y segundo semestre de 1972, del préstamo Nº 104/TF-BO otorgado por el BID al Servicio Local de Acueductos y Alcantarillado (SELA) del departamento de Oruro, reembolsable a partir de enero de 1973 de las regalías mineras asignadas a la Corporación de Desarrollo de aquel Departamento;
Que, no existiendo partidas destinadas para cubrir dichas amortizaciones por parte del Tesoro General de la. Nación, se hace necesario aprobar un presupuesto adicional, y reglamentar los aportes al BID con fondos del Tesoro Nacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto adicional del Ministerio de Finanzas para la gestión fiscal de 1972, con cargo a reembolso, para las amortizaciones del préstamo Nº 104/TF-BO de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:
Código | Fuente | Presupuesto Adicional 1972
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I 1.- | Nacionales Tesoro Nacional | 2.320.475.37 ___________
EGRESOS
(En Pesos Bolivianos)
Código | Descripción | Presupuesto Adicional 1972
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400 450 452 | ACTIVOS FIJOS FINANCIEROS Inversiones financieras Préstamos | 2.320.475.37 2.320.475.37 2.320.475.37
ARTÍCULO 2.- Dichos pagos se efectuarán en la presente gestión financiera de la siguiente manera:
$b. 1.446.752.13 ($us. 72.193.22) de acuerdo al Art. 4º del D.S. Nº 10621 en pago directo al BID.
$b. 873.723.24 ($b. 72.810.27) reembolso al fondo de agencia del Tesoro Nacional.
El Tesoro General de la Nación, abrirá registros especiales para el control de la recuperación de estos fondos conforme al artículo 4° mencionado.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y dos años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Guido Humerez Cabrera, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.