12 DE ENERO DE 1973 .- Establece el precio sobre quintal de maiz duro, puesto centro acopio productor.
DECRETO SUPREMO N° 10674
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo del Supremo Gobierno promover la producción agrícola y ganadera en todos sus rubros y niveles tanto para satisfacer las necesidades del consumo interno como diversificar nuestras exportaciones encaminadas a tonificar nuestra economía;
Que, para tal propósito es menester crear los incentivos adecuados que hagan factible el proceso productivo en condiciones económicas satisfactorias;
Que, la producción del maíz duro destinado a la alimentación del ganado se ha visto afectada en su producción por otros renglones de mayor rentabilidad y la falta de precios remunerativos creando situaciones aflictivas tanto a los productores de maíz, como a los criadores de ganado, vacuno, porcino, avícola, etc.;
Que, es función del Supremo Gobierno regular un normal abastecimiento de este cereal en el mercado interno con miras a su desarrollo futuro.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se establece el precio de $b. 35.- por quintal de 46 Kg. de maíz duro, puesto centro de acopio a nivel de productor.
ARTÍCULO 2.- Para fines de regular la producción de acuerdo a los requerimientos de las necesidades de los ganaderos, (lecheros, avicultores, etc.), el Ministerio de Agricultura y Ganadería tomará las previsiones del caso para fijar las áreas de producción y señalar reducción o ampliaciones antes del período de siembra.
ARTÍCULO 3.- El Supremo Gobierno garantiza a los productores el precio mínimo establecido en el artículo 1o. durante 1973, en tanto puedan efectuarse los estudios pertinentes para estabilizar la producción maicera del país.
ARTÍCULO 4.- El Ministerio de Agricultura y Ganadería, preparará un plan completo de acopio y distribución de maíz en el plazo de 30 días.
Los señores Ministros de Agricultura y Ganadería e Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de enero de mil novecientos setenta y tres años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humbold Barrero, José Gil Reyes, Guido Humérez Cabrera, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivián.