Decreto Supremo N° 10704
01 DE FEBRERO DE 1973 .- Crea el Reglamento de Educación Boliviana, de conformidad a sus capítulos y artículos que señala.
DECRETO SUPREMO N° 10704
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con la Constitución Política, la Educación es la más alta función del Estado, y se la imparte sobre la base de la escuela unificada y democrática. El nivel primario tiene carácter obligatorio;
Que, la educación fiscal y privada en sus niveles primario, medio y superior está regida por el Estado mediante el Ministerio del ramo; quién debe promover la educación vocacional y la formación profesional, orientándola en función del desarrollo económico social y la soberanía del país;
Que, de acuerdo con el Art. 37 de la Ley de Organización Administrativa del Poder Ejecutivo, el Ministerio de Educación y Cultura, tiene a su cargo la formulación, dirección y ejecución de la política educativa del país;
CONSIDERANDO:
Que, los Fines de la Educación contenidos en el artículo 2° del Código de Educación, requieren una reformulación que posibilite la elaboración de un Cuerpo de Objetivos, así como de Planes y Programas, que constituyan una respuesta adecuada a las demandas y requerimientos de la Nación;
Que, el Código de la Educación y el Decreto Supremo N° 08601, definen la estructura del Sistema Educativo en cuatro grandes áreas: Educación Regular, Educación de Adultos, Educación Especial y Educación Extraescolar y de Extensión Cultural;
Que, de acuerdo con el Decreto Supremo citado, el Nivel de Educación Primaria tiene tres ciclos: Pre-Primario, Básico é intermedio; el Nivel de Educación Media comprende dos ciclos: Común y Diferenciado; y, el Nivel de Educación Superior tiene modalidades y ciclos especializados;
CONSIDERANDO:
Que, el análisis cuidadoso del sistema y de la realidad educativa nacionales, ratifican la necesidad de introducir cambios fundamentales en planes y programas de estudio, así como la revisión de la política educativa, la misma que a través de un nuevo enfoque extienda los beneficios de la escuela básica a todos los niños en edad escolar y mejore la calidad de la educación pública.
Que, la real transformación de la escuela boliviana está no solo en la modificación de planes y programas, sino fundamentalmente en la auténtica pedagogía nacional que consulte la realidad del país y la formación del hombre boliviano en función de los requerimientos de la Comunidad y del Estado;
Que, el sistema pedagógico nacional debe evolucionar al mismo ritmo socio-económico y político-cultural, en el que se desenvuelve nuestra comunidad, haciendo del boliviano un ser personalmente capacitado y socialmente eficiente;
Que, mientras se ponga en marcha la Reforma Integral de Educación que se halla en la fase de diagnóstico de la realidad educativa, se hace necesario realizar un ordenamiento que concluya con la anarquía en materia de planes y programas de estudio, asegure la unidad del sistema y mejore la calidad de los productos del proceso enseñanza-aprendizaje;
CONSIDERANDO:
Que, un Cuerpo de Objetivos preciso y concreto, además de contribuir al cambio de actitud en los educadores, propicia la actualización del currículum y el mejoramiento de las técnicas pedagógicas y sólo en base de tales Objetivos será posible determinar la estructura y funcionalidad del sistema y la elaboración de nuevos planes y programas.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
EDUCACION BOLIVIANA
El cuerpo de Objetivos del sistema educativo boliviano comprende:
Son fines de la educación nacional:
Son sus grandes objetivos:
REGULAR
Son objetivos de nivel primario:
Son objetivos del Ciclo Pre-Primario:
Son objetivos del Ciclo Básico:
Son objetivos del Ciclo Intermedio:
Son objetivos de la Educación de Nivel Medio:
Son objetivos de Nivel Medio Humanístico:
Son objetivos de Nivel Medio Profesional:
EDUCACION INDUSTRIAL DE
NIVEL MEDIO
Es objetivo de la Educación Industrial:
Formar técnicos en especialidades que satisfagan las necesidades de mano de obra calificada requerida por el Estado y la Sociedad, y que permita el beneficio personal de los educandos.
EDUCACION TECNICO VOCACIONAL
Es objetivo de la Educación Técnico Vocacional:
Formar técnicos medios para atender las fuentes de trabajo que demande el mercado ocupacional y la vida del hogar.
EDUCACION COMERCIAL DE
NIVEL MEDIO
Es objetivo de la Educación Comercial preparar elementos calificados para servir en la Administración comercial, industrial y bancaria.
EDUCACION ARTISTICA DE NIVEL MEDIO
Iniciar al educando en la investigación, interpretación y creación del acervo artístico-cultural de la Nación.
EDUCACION AGROPECUARIA DE
NIVEL MEDIO
Son objetivos de la Educación Agropecuaria:
EDUCACION DE NIVEL SUPERIOR
Son propósitos de este Nivel:
EDUCACIÓN NORMAL
Son sus objetivos:
EDUCACION INDUSTRIAL DE
NIVEL SUPERIOR
Son sus objetivos:
EDUCACION COMERCIAL DE NIVEL
SUPERIOR
Es objetivo de la Educación Comercial de Nivel Superior:
Formar técnicos de nivel superior para la dirección y administración de empresas públicas o privadas.
EDUCACION ARTISTICA MUSICAL
DE NIVEL SUPERIOR
Son sus objetivos:
EDUCACION EN ARTES PLASTICAS
DE NIVEL SUPERIOR
Son sus objetivos:
DE ADULTOS
Son sus objetivos:
Son objetivos de la Alfabetización y Educación Primaria Acelerada:
Son objetivos de la Educación Intermedia y Media Acelerada del Adulto.
Son objetivos del Instituto Boliviano de Aprendizaje;
EDUCATIVO
La organización del sistema educativo comprende cuatro grandes áreas:
La educación regular y sistemática, comprende tres Niveles: Primario, Medio y Superior.
El Nivel de Educación Primaria, tiene tres ciclos: Pre-Primario, Básico e Intermedio.
El Nivel de Educación Media tiene dos ciclos Común y Diferenciado.
El Nivel de Educación Superior tiene modalidades y ciclos especializados.
La Educación Primaria en los ciclos Básico é Intermedio tiene ocho grados y es obligatoria. El Estado, las empresas descentralizadas é industriales tienen, la obligación de sostener económicamente y de acuerdo a Ley, agencias educativas de este nivel.
El Ciclo Pre-Primario comprende dos secciones, optativas para niños de cuatro y cinco años de edad.
El Ciclo Básico comprende cinco grados obligatorios.
El Ciclo Intermedio comprende tres grados obligatorios
El Nivel de Educación Media es diversificado, con dos modalidades: Educación Humanística y Educación Técnico-Profesional.
En todos los grados y modalidades del Nivel de Educación Media, se mantienen un núcleo común de asignaturas humanístico-científicas, que garantiza las exigencias de la Educación Superior y facilita el tránsito de los alumnos de las agencias educativas de tipo humanístico a las agencias técnico-profesionales y viceversa.
Las agencias educativas de nivel medio humanístico como las de nivel Medio técnico-profesional tiene cuatro grados.
Aprobados los cuatro grados de este nivel se otorga el Diploma de Bachiller en Humanidades y a quienes hayan aprobado especialidades técnido-vocacionales el Título de Técnico Medio en Educación Industrial, Comercial, Artístico y Agropecuario.
El Nivel Medio de la Educación Humanística tiene dos ciclos: Común y Propedéutico:
Aprobados los cuatro grados de este nivel se otorga el Diploma de Bachiller en Humanidades.
PROFESIONAL
La Educación Técnico-Profesional es una de las modalidades del Nivel de Educación Media, con agencias educativas diferenciadas; forma bachilleres y gradúa profesionales de nivel medio.
La Educación Técnico-Profesional ofrece las asignaturas alternativas: Educación Industrial, Comercial, Artística, Agropecuaria y otras que se crearen de acuerdo con los Requerimientos del desarrollo económico del país.
Aprobados los cuatro grados de este nivel se otorga el Diploma de Bachiller y el Título de Técnico Medio en la Especialidad correspondiente.
La Educación Industrial es una modalidad de la educación de Nivel Medio con dos ciclos: Común y especializado, con alternativas diferenciadas y regionalizadas.
Aprobados el primero y segundo grados se otorga un certificado que lo habilita como Oficial en la especialidad de los estudios realizados.
Aprobados los cuatro grados se otorga el Diploma de Bachiller y el Título de Técnico Medio en las especialidades que se especifican: Fundición, Radio y T.V., Mecánica, Automecánica, Electricidad, Química Industrial, Refrigeración, Carpintería y otras.
La Educación Comercial es la modalidad de Nivel Medio con dos ciclos: Común y Diferenciado.
Aprobados el primero y segundo grados, se otorga el Certificado de Esteno-Dactilógrafo o Auxiliar de Oficinas.
Aprobados los cuatro grados, se otorga el Diploma de Bachiller y el Título de Técnico, Medio Administrativo o Comercial en diferentes especialidades.
VOCACIONAL
La Educación Técnico Vocacional es la modalidad de Nivel Medio con dos ciclos: Común y Diferenciado.
Aprobados el primero y segundo grados, se otorga el Certificado de Oficial en una de estas especialidades: Costura, Alimentación, Tejidos, Artesanías, Arte Decorativo y Belleza.
Aprobados los cuatro grados, se otorga el Diploma de Bachiller y Título de Técnico Medio en Costura, Alimentación Tejidos o Artesanías, Arte Decorativo y Belleza.
PLASTICAS
La Educación en Artes Plásticas es la modalidad de Nivel Medio con los ciclos: Común y Diferenciado.
Aprobados el primero y segundo grados, se otorga el Certificado de Oficial en Artes Plásticas.
Aprobados los cuatro grados, se otorga el Diploma de Bachiller y el Título de Técnico Medio en Artes Plásticas.
La Educación Musical y Artística, es la modalidad del Nivel Medio con dos ciclos: Común y Diferenciado.
Aprobados los cuatro grados, se otorga el Diploma de Bachiller en Humanidades y Artes.
AGROPECUARIA
La Educación Técnico-Agropecuaria, es la modalidad de Nivel Medio con dos ciclos: Común y Diferenciado.
Aprobados el primero y segundo grados se otorga el Certificado de Práctica en Tareas Agropecuarias.
Aprobados los cuatro grados, se otorga el Diploma de Bachiller y el Título de Técnico-Agropecuario a Nivel Medio.
La Educación de Adultos es el Parasistema que se estructura sobre la base de grados, ciclos y niveles acelerados.
BASICA ACELERADA
Los Centros Integrados de Alfabetización y Educación Básica Acelerada, constituyen una modalidad del Parasistema, con cinco grados de una duración de seis meses cada uno. Cada grado semestral es equivalente al grado similar de la educación regular.
ACELERADA
La Educación Intermedia Acelerada, es una modalidad del parasistema con una duración de dos semestres, estos son equivalentes a los tres grados del ciclo intermedio regular.
Los Centros de Educación Media Acelerada del Adulto, constituyen una modalidad del parasistema con dos ciclos: Común y Propedéutico de otros dos.
Aprobados los dos ciclos de esta modalidad, tanto por los alumnos inscritos en los centros como por los alumnos autodidactas que hayan presentado la solicitud correspondiente, recabada la autorización y aprobación los exámenes de suficiencia, se les otorga el Diploma de Bachiller en Humanidades por madurez y suficiencia.
DE APRENDIZAJE
La Educación de Mano de Obra Calificada, en una de las modalidades del Parasistema que se imparte a través del Instituto Boliviano de Aprendizaje en cursos que compatibilizan la complejidad de la especialidad con el tiempo destinado a su adquisición.
Aprobados los cursos de la especialidad, se otorga un Certificado que acredite el tipo de habilidades y destrezas adquiridas, sin perjuicio de los que por su parte otorga FOMO dependiente del Ministerio de Trabajo.
TITUTO TERCERO
DE LOS PLANES DE ESTUDIOS
Se denomina Plan de Estudios, al cuadro resultante; de la cuidadosa selección de las Asignaturas y Actividades, que han de contribuir, previa justificación de las cargas horarias semanales asignadas a cada nivel, ciclo y grado, a la consecución de los Grandes Objetivos del Sistema y con ellos el logro de las finalidades de la Educación.
La Educación Fiscal y Privada en sus Niveles Primario, Medio y Superior, con carácter obligatorio, se hallan regidos por los Planes de Estudios que forma parte en el presente Decreto.
La especificación de las cargas horarias semanales es por asignaturas para el primero y segundo grados de las escuelas urbanas (Anexos Nos. 1, 2, y 3) y para todos los grados de las escuelas rurales (Anexo N° 4) es indicativa, debiendo el maestro redistribuir el tiempo disponible de acuerdo con las necesidades regionales y la organización de las unidades didácticas que utiliza (Centros de Interés, Unidades de Trabajo, Proyecto, etc.).
Los Planes de Estudio de Nivel Medio conservan un núcleo común de asignaturas humanístico-científicas y un núcleo diferenciado de asignaturas y actividades técnico-vocacionales.
Los Planes de Estudio de Nivel Superior, consignarán asignaturas y especialidades que contribuyan de modo eficiente a la formación profesional en cada una de las especialidades.
DE NIVEL PRIMARIO
El Plan de Estudios del Ciclo Pre-Primario (Anexo N°1), se cumple en jornadas de cinco días, con cuatro períodos diarios, de una duración de cuarenta minutos cada uno.
El Plan de Estudios del Ciclo Básico Diurno Urbano (Anexo N° 2), se cumple en jornadas semanales de cinco días, con cinco períodos diarios en el primero y segundo grados; y, con seís períodos semanales, excepción del viernes, en el tercero, cuarto y quinto grados. La duración de cada período para las escuelas de horario contínuo, es de cuarenta y cinco minutos; para las escuelas de horario discontinuo (tres períodos en la mañana, dos y tres períodos en la tarde, respectivamente); la duración de cada período es, también, de cuarenta y cinco minutos.
El Plan de Estudios del Ciclo Básico Nocturno (Anexo N° 1), se cumple en jornadas semanales de cinco días, con cuatro períodos diarios de una duración de treinta y cinco minutos cada uno.
El Plan de Estudios del Ciclo Básico Rural (Anexo N° 4), tiene horario continuo y se cumple en jornadas semanales de cinco días, con seís períodos respectivamente, de cuarenta minutos cada uno.
El Plan de Estudios del Ciclo Intermedio Diurno Urbano (Anexo N° 5), se cumple en jornadas semanales de cinco días, con seís períodos diarios, excepción del día viernes para el primer grado que sólo tiene cinco períodos. La duración de cada período es de cuarenta minutos.
El Plan de Estudios del Ciclo Intermedio Nocturno (Anexo N° 6), se cumple en jornadas semanales de cinco días, con seís períodos diarios, excepción del día viernes para el primer grado, que sólo tiene cinco períodos. La duración de los períodos es de treinta y cinco minutos cada uno.
El Plan de Estudios del Ciclo Intermedio Rural (Anexo N° 7), tiene horario discontínuo y se cumple en jornadas semanales de cinco días, con seís períodos de cuarenta y cinco minutos cada uno.
NIVEL MEDIO
El Plan de Estudios de Nivel Medio Humanístico Diurno (Anexo N° 8), se cumple en jornadas semanales de seis días, con seis períodos diarios, excepción de los días jueves, viernes y sábado, para el primero y segundo grados que sólo tienen cinco períodos. La duración de cada período en los colegios de horario contínuo es de cuarenta minutos; en los colegios de horario discontínuo tres períodos en la mañana, dos y tres períodos en la tarde, respectivamente, es de cuarenta y cinco minutos.
El Plan de Estudios de Nivel Medio Humanístico de los Colegios Urbanos Nocturnos (Anexo Nº 9), se cumple en jornadas semanales de cinco días con seís períodos diarios en el primero y segundo grados; y, con seis períodos semanales, excepción de los días jueves y viernes que solo tienen cinco períodos, en el tercero y cuarto grados. La duración de cada período es de treinta y cinco minutos.
Los Planes de Estudios de Nivel Medio Técnico-Industrial, (Anexos Nos. 10, 11, 12, 13, 14, 15,16 y 17); tienen horario discontínuo y se cumplen en jornadas semanales de cinco días con ocho períodos diarios de cuarenta minutos cada uno.
El Plan de Estudios de Educación Comercial de Nivel Medio (Anexo Nº 18), se desarrolla en horario discontínuo y se cumple en jornadas semanales de cinco días, con ocho períodos diarios de cuarenta minutos cada uno.
El Plan de Estudios de la Educación Técnico-Vocacional (Anexos Nos. 19, 20, 21, y 22), tienen horario discontínuo y se cumple en jornadas de cinco días, con ocho períodos diarios de cuarenta minutos cada uno.
El Plan de Estudios de Artes Plásticas de Nivel Medio (Anexo Nº 23), se desarrolla en jornadas de cinco días, con ocho períodos diarios de cuarenta minutos cada uno.
El Plan de Estudios de la Educación Musical de Nivel Medio (Anexo Nº 24), tienen horario discontínuo y se cumple en jornadas de cinco días, con ocho períodos diarios de cuarenta minutos cada uno.
El Plan de Estudios de Nivel Medio Técnico-Agropecuario (Anexo Nº 25), se desarrolla en jornadas de cinco días, con períodos diarios de cuarenta minutos cada uno.
EDUCACION DE ADULTOS
El Plan de Estudios de los Centros Integrados de Alfabetización y Educación Básica Acelerada (Anexos Nº 26), es semestral y se cumple en jornadas semanales de cinco días con tres períodos diarios de cuarenta minutos cada uno; en el área rural se compatibiliza con la actividad ocupacional y abarca el número de horas que requiere el proceso económico alrededor del cual se realiza.
El Plan de Estudios del Ciclo Intermedio Acelerado Nocturno (Anexo Nº 27), es semestral y se cumple en jornadas semanales de cinco días con cuatro períodos diarios de cuarenta minutos cada uno.
El Plan de Estudios de Educación de Media Acelerada del Adulto, es semestral (Anexo Nº 29), y se cumple en jornadas semanales de cinco días con cuatro períodos diarios de cuarenta minutos cada uno.
El Plan de Estudios del Instituto Boliviano de Aprendizaje (Anexos Nos. 30 y 31), se cumple en trimestres y el número de estos está condicionado a la complejidad de la especialidad. Las jornadas de los estudios y de las prácticas son de cinco días semanales, con cuatro períodos diarios de cuarenta minutos cada uno.
APRENDIZAJE
Los nuevos Programas de Enseñanza, son los instrumentos que ponen en marcha la educación nacional, acompañan al desarrollo socio-económico del país, orientan el trabajo técnico-pedagógico de los maestros de todas las áreas, niveles, modalidades; ciclos y grados del sistema escolar, y garantizan la consecución de los Grandes Objetivos y las Finalidades de la Educación.
Son flexibles y su interpretación, práctica y aplicación, consultan las deferencias geo-culturales, las fuentes de producción y el grado de desarrollo regional, mantienen su valor normativo y universal en el conocimiento biosicológico del educando y su equilibrio con las exigencias y necesidades sociales.
Reflejan de modo directolos objetivos de los fines de la educación é inspiran efectiva y constantemente la labor del maestro cualquiera sea el medio en que trabaja.
Mantienen un núcleo de contenidos programáticos d las asignaturas instrumentales y de las humanístico-científicas que garantiza la unidad del sistema y la calidad de la educación, a la que tienen derechos todos los bolivianos de los fines de la educación sin discriminación alguna.
Son únicos para las áreas urbana y rural y se adaptan a las exigencias del medio en que son desarrollados
Contribuyen a la integridad nacional y al ejercicio consciente del sistema democrático.
Obedecen a las técnicas modernas que orientan los procesos de su elaboración científica.
Su revisión, consecuencia del avance de la ciencia y de la tecnología, es permanente y todos los maestros de la República tienen la obligación de hacer llegar sus observaciones y sugerencias sobre los programas vigentes a la Dirección General de Educación.
Quedan aprobados por el presente Decreto, los Programas elaborados por los Organismos Técnicos del Ministerio de Educación y Cultura, Los Programas revisados serán aprobados mediante Resolución Ministerial.
CUERPO DE OBJETIVOS ESTRUCTURA,
PLANES Y PROGRAMAS
Las unidades educativas fiscales, privadas y descentralizadas están sometidas y se rigen por el Cuerpo de Objetivos, Estructura, Planes y Programas oficialmente aprobados.
Los establecimientos privados de nivel medio, además del bachillerato humanístico, con carácter general tienen la obligación de organizar talleres que permitan la formación técnico-profesional.
El uso de los libros de texto, publicados por el Ministerio de Educación, tienen carácter obligatorio por todas las agencias educativas del país.
DE LOS PROGRAMAS
Anualmente y durante el período de vacaciones se dictarán cursos de reactualización docente para la aplicación de los programas.
Y DIPLOMAS
Los certificados de curso y grado llevarán la firma del Director del Establecimiento, Supervisor y Director Distrital. Los certificados de grado de los estudiantes que prosigan estudios en el extranjero, serán legalizados de acuerdo a Ley.
Los Certificados a que aluden los Artículos 45, 48, 51, 54 y 59, serán extendidos a nombre del Ministerio, por la Dirección Distrital de Educación.
Los títulos profesionales de Nivel Medio del Sistema serán otorgados por el Ministerio de Educación.
Los Diplomas de Bachiller serán extendidos por la Universidad Boliviana.
La estructura, los planes de estudio y los programas de la Educación de Nivel Superior, serán oficializados por disposiciones expresas.
Mientras los Institutos y Escuelas Normales forman los maestros especializados en Educación del Ciclo Intermedio, el primer grado de este ciclo estará a cargo de maestros normalistas de Ecuación Primaria; el segundo y tercer grado serán atendidos por profesionales normalistas de Educación Media.
Hasta que se disponga de los maestros normalistas especialmente preparados y la infraestructura que permita poner en práctica el Plan de Estudios de los Centros Integrados de Alfabetización y Educación Básica Acelerada, en las áreas urbanas, se mantiene en vigencia el Plan de Estudios utilizados en este sector.
Quedan derogadas las disposiciones legales contrarias al presente Decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Educación y Cultura, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un día del mes de febrero de mil novecientos setenta y tres años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Guillermo Fortún Suárez, Carlos Valverde Barbery, Germán Ascárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Guido Humerez Cabrera, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.