01 DE FEBRERO DE 1973 .- Aprueba las bases de Política Económica del Gobierno Nacionalista, en los capítulos que cita.
DECRETO SUPREMO Nº 10714
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Supremo Gobierno, con el propósito de ejecutar un plan económico adecuado a las necesidades y posibilidades del país en forma coordinada y sostenida, en los diferentes campos de actividad, elaboró las bases de la “Política Económica del Gobierno Nacionalista”;
Que, este documento, preparado en dos partes, fue examinado por el Consejo Nacional de Economía y Planificación en forma exhaustiva, por lo que corresponde aprobarlo;
Que, la implementación de la Política Económica del Gobierno Nacionalista, debe estar a cargo de un equipo técnico encargado de elaborar los estudios, informes y proyectos legales correspondientes.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba los seis capítulos de la “Política Económica del Gobierno Nacionalista” en todo su contenido.
ARTÍCULO 2.- Créase la Comisión de Implementación de la Política Económica del Gobierno Nacionalista, dependiente del Consejo Nacional de Economía y Planificación y presidida por el señor Ministro Secretario General de la Presidencia de la República é integrada por los siguientes ciudadanos;
Lic. David Blanco Zabala; Lic. Jaime Gutiérrez Moscoso; Lic. Javier Gutiérrez Zalles; Lic. Mario Patton Martínez; Lic. Néstor Saenz Ossio; Lic. Luis Sanjinéz Uriarte; Lic. Marcelo Zalles Barriga; Ing. Carlos Alberto Zamora Piñeiro; Lic. Fernando Paz Valdivieso; Lic. Dick Oblitas Velarde y señor Adolfo Gutiérrez Rivero.
ARTÍCULO 3.- Esta Comisión en coordinación con los señores Ministros competentes, tendrá facultades para designar técnicos pertenecientes a reparticiones del Gobierno Central, Empresas Públicas é Instituciones Descentralizadas, encargadas de ejecutar algunos trabajos.
ARTÍCULO 4.- Las reparticiones del Gobierno Central y de Entidades Públicas y Mixtas proporcionarán obligatoriamente los datos que fueran requeridos por la “Comisión”.
Los señores Ministros en los Despachos correspondientes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un día del mes de febrero de mil novecientos setenta y tres años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Guillermo Fortún Suárez, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Guido Humerez Cabrera, Héctor Ormachea Peñaranda, Raúl Lema Patiño, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.