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Decreto Supremo10749 Vigente

Decreto Supremo N° 10749

Presidencia del Estado Plurinacional
1 de marzo de 1973

01 DE MARZO DE 1973 .- Autoriza al Banco del Estado otorgar aval a la Sociedad Aceitera del Oriente (SAO) para la provisión de maquinaria e instalaciones del consorcio Israelita HRS.

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Antigüedad
53 años

DECRETO SUPREMO Nº 10749

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, existe en el país un gran déficit de producción de aceite comestible, lo que origina una pérdida anual de divisas;

Que, siendo Bolivia un país productor de oleaginosas, corresponde acelerar su industrialización, no sólo para cubrir el mercado interno de aceite refinado; sino también para surtir las demandas del área andina que también muestra apreciable déficits del indicado producto;

Que, en el área de Santa Cruz, grandes cantidades de materia prima se queman o se destruyen anualmente debido a dificultades de exportación con grave pérdida para la economía nacional;

Que, conforme lo establece la Política Económica del Gobierno Nacionalista, corresponde al Estado incentivar el desarrollo industrial con referencia a aquellos rubros de producción en los que existe fuerte demanda del mercado nacional é internacional y, por otra parte, se posea la correspondiente materia prima;

260MANTENIMIENTO Y REPARACIONES169.400.-
261.5.1Edificios110.000.-
262.5.1Equipo59.400.-
270SERVICIOS PROFESIONALES Y COMERCIALES14.000.-
271.5.1Honorarios14.000.-
290OTROS SERVICIOS NO PERSONALES550.000.-
291.5.1Asignaciones Globales200.000.-
292.5.1Otros Servicios No Personales350.000.-
300MATERIALES Y SUMINISTROS577.700.-
310SUMINISTROS DE OFICINA Y PUBLICACIONES290.000.-
311.5.1Papelería130.000.-
312.5.1Publicaciones60.000.-
313.5.1Suministros Varios de Oficina100.000.-
320SUMINISTROS GENERALES82.200.-
321.5.1Materiales de Limpieza y Usos Domésticos34.000.-
322.5.1Vestuarios19.000.-
324.5.1Alimentos29.200.-
330SUMINISTROS PARA CONSTRUCCION Y MANTENIMIENTO181.000.-
331.5.1Lubricantes y Combustibles34.500.-
332.5.1Accesorios y Repuestos para Maq. y Equipo68.000.-
333.5.1Herramientas Menores3.000.-
334.5.1Productos Químicos y Conexos39.500.-
335.5.1Materiales para Construcción y Edificaciones36.000.-
340SUMINISTROS TECNICOS24.500.-
341.5.1Materiales y Artículos Médicos, Quirúrgicos de Laboratorio15.000.-
342.5.1Productos Farmacéuticos9.500.-

Que, el consorcio Israelita HLS Industrial Engineering Company Ltd – Eisenberg, sobre la base de los estudios de factibilidad correspondientes, ha ofrecido la concesión de un crédito por el sistema llave en mano para la instalación de un complejo industrial para la fabricación de aceite comestible y subproductos.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo ÚNICO

Autorizar al Banco del Estado para que otorgue a la Sociedad Aceitera del Oriente (SAO), un aval en favor del consorcio Israelita HLS Industrial Engineering Company Ltd., para la provisión de maquinaria, instalación y supervisión de una planta completa de extracción y refinación de aceite vegetal y jabones, con capacidad para procesar doscientas toneladas métricas al día de semilla de algodón u otras oleaginosas, de conformidad a los estudios de factibilidad y contrato de operaciones aprobado por la Secretaría del Consejo Nacional de Economía y Planificación CONEPLAN.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Secretaría del Consejo Nacional de Economía y Planificación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un días de mes de marzo de mil novecientos setenta y tres años.

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Guido Humerez Cabrera, Carlos Iturralde Ballivian.

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