12 DE MARZO DE 1973 .- Abroga el D.S. Nº 08944 de 2-X-69, quedando en vigencia el DL. Nº 07312 de 9-IX-65., elevado a Ley N9 371, en 22-XII-67., así como su procedimiento aprobado por DS. Nº 08266 de 21-II-68., sobre la Ley de Seguridad del Estado.
DECRETO SUPREMO Nº 10763
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Estado debe disponer de los mecanismos legales indispensables para regular la convivencia social de la Nación, en función del orden institucional y la paz pública que se requieren para consolidar el proceso de desarrollo, evitando todo acto de arbitrariedad.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Abrógase el D.S. Nº 08944 de 2 de octubre de 1969, quedando en consecuencia vigente el D.L. Nº 07312 de 9 de septiembre de 1965, elevado a Ley Nº 374 en 22 de diciembre de 1967, así como su Procedimiento aprobado mediante D.S. Nº 08266 de 21 de febrero de 1968.
El Ministro de Estado en el Despacho del Interior, Migración y Justicia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de marzo de mil novecientos setenta y tres años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Alfredo Arce Carpio, Guido Humérez Cabrera, Alfredo Bocangel Peñaranda.