06 DE ABRIL DE 1973 .- Aprueba la adjudicación en favor de las firmas asociadas De Leuw Cather Canada Ltda., y Prudencio Claros y Asociados Ltda. para la construcción de los caminos que indica.
DECRETO SUPREMO N° 10787
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
VISTOS:
La Convocatoria a Propuestas efectuada por el Servicio Nacional de Caminos, para los estudios de factibilidad y diseño final de la carretera La Paz - Puerto Salinas, el Acta de apertura y todos los documentos pertinentes;
CONSIDERANDO:
Que, cumpliendo las formalidades establecidas por Ley y publicada la Convocatoria a Propuestas, se llevó a cabo la reunión de la Junta de Selección del Servicio Nacional de Caminos, en fecha 10 de octubre de 1972, la que procedió a la apertura de Propuestas, presentadas por seis firmas Consultoras Nacionales asociadas con Empresas extranjeras designándose la Comisión Calificadora;
Que, en fecha 9 de Noviembre de 1972, la mencionada Junta consideró y aprobó el Informe de la Comisión Técnica Calificadora, acordando a primera prelación en favor de las firmas asociadas “De Leuw, Cather Canadá Ltd.” y “Prudencio Claros y Asociados Ltda.”
Que, en fecha 22 de diciembre de 1972, la Junta de Selección del Servicio Nacional de Caminos, aprobó el informe de la Comisión Técnica negociadora adjudicando la propuesta en favor de las firmas asociadas “De Leuw Cather Canadá Ltd.” y “Prudencio Claros y Asociados Ltda.”
Que, corresponde al Supremo Gobierno aprobar la adjudicación efectuada por la Junta de Selección del Servicio Nacional de Caminos conforme a lo dispuesto por el Artículo 20 del Decreto Supremo N° 10418 de 18 de agosto de 1972.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Junta de Selección del Servicio Nacional de Caminos en su reunión de 22 de diciembre de 1972, para la realización de estudios de factibilidad y diseño final de la carretera La Paz- Puerto Salinas y sus ramales a San Borja, Reyes y Rurrenabaque, en favor de las firmas asociadas “De Leuw, Cather Canadá Ltd.” y “Prudencio Claros y Asociados Ltd.”, por la suma de dos millones ocho mil novecientos dólares canadienses ($usc. 2.008.900.-).
ARTÍCULO 2.- Apruébase el texto del contrato a suscribirse entre el Gobierno y las mencionadas firmas Consultoras Asociadas.
ARTÍCULO 3.- Autorízase a los señores Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Ministro de Finanzas, Contraloría General de la República, Fiscal de Gobierno y Director del Servicio Nacional de Caminos, en representación del Estado, suscribir el respectivo contrato con los personeros de las Emppresas Asociadas adjudicatarias y sea con las formalidades y seguridades prescritas por Ley.
Es dado, en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de abril de mil novecientos setenta y tres años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Guillermo Céspedes Rivera, Min. RR.EE. a.i., Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Guillermo Fortún Suárez, Min. Planificación a.i., Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Jaime Tapia Alipaz, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Héctor Ormachea Peñaranda, Min. Energía e Hidrocarburos a.i., Raúl Lema Patiño, Guido Humérez Cabrera, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.