17 DE ABRIL DE 1973 .- Libérase al Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, del pago de derechos arancelarios, impuesto adicional, recargo del 1% creado por el Decreto Supremo Nº 08004 de 19 de mayo de 1967.
DECRETO SUPREMO Nº 10816
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, dentro de las funciones específicas del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, se encuentra la protección a la mujer y, como esta Secretaría de Estado no cuenta con fondos para la construcción de un albergue que sirva para su rehabilitación, ha visto por conveniente adquirir un vehículo que será entregado a la Lotería Nacional de Beneficencia y Salubridad, para su respectivo sorteo, de manera que las utilidades que eventualmente pudieran obtenerse sean en su integridad, destinadas a la edificación del mencionado albergue;
Que, es obligación del Supremo Gobierno coadyuvar a este loable propósito, para que, dentro de un corto plazo la construcción del albergue de rehabilitación de la mujer, sea una realidad.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Libérase al Ministerio de Previsión Social y Salud Pública, del pago de derechos arancelarios, impuesto adicional, recargo del 1% creado por el Decreto Supremo Nº 08004 de 19 de mayo de 1967, excepto el uso de timbres del 5% sobre el monto liberado establecido por el D.S. Nº 08200 y la tasa de servicios prestados que deberán ser tributados en la proporción de sólo el 2%, a la adquisición de un automóvil marca "Chevrolet", modelo 1972, tipo Malibú Sedán, color azúl de cuatro puertas.
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Finanzas, deberá expedir la resolución liberatoria respectiva, de los gravámenes aduaneros, de su importación a la presentación de la documentación aduanera original debidamente legalizada en el país de origen y, endosada por Walter Flores Escobar.
El señor Ministro de Finanzas queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de abril de mil novecientos setenta y tres años.
FDO GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Luis Bedregal Rodo, Julio Prado Salmón, Germán Azcárraga Jiménez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Raúl Lema Patiño, Héctor Ormachea Peñaranda, Guillermo Fortún Suárez, Guido Humérez Cabrera, Alfredo Arce Carpio, Carlos Iturralde Ballivian.